null Ayudas para Proyectos de Desarrollo Tecnológico en Salud del ISCIII (DTS)

Convocatoria de Ayudas para Proyectos de Desarrollo Tecnológico en Salud del ISCIII (DTS)

Entidad convocante

Instituto de Salud Carlos III

Objeto

El Instituto de Salud Carlos ha publicado la Acción Estratégica en Salud 2023, entre cuyas modalidades se encuentran los Proyectos de Desarrollo Tecnológico en Salud, con el objetivo de promover la innovación en los centros asistenciales del SNS y la transferencia de soluciones innovadoras, así como la generación de beneficios para la comunidad, permitiendo al mismo tiempo establecer alianzas entre entidades de investigación y empresas del sector farmacéutico, biotecnológico y de tecnologías médicas y sanitarias.

Beneficiarios 

Entre otros beneficiarios de estas ayudas, como los institutos de investigación sanitaria y las entidades e instituciones sanitarias públicas, se encuentran las Universidades.1

Plazo de presentación

Plazo de presentación ISCII desde el 06/02/2024 hasta el 05/03/2024

Proyectos financiables

Se financiarán proyectos de carácter aplicado para incrementar el grado de madurez de su desarrollo tecnológico en alguna de las siguientes modalidades:

  • Pruebas de concepto.
    • Proyectos enfocados a la validación de ideas, de calidad contrastada, que tengan por objetivo alcanzar un valor de 3 o 4 en término de madurez tecnológica (TRL). Es decir, que persigan el desarrollo y validación de la idea a nivel de laboratorio.
    • Duración 2 años.
  • Proyectos de Validación tecnológica de prototipos:
    • Proyectos, de calidad contrastada, que partiendo de una idea previamente validada persigan alcanzar un TRL de 5 o 6. Es decir, validación en un entorno relevante.
    • Duración 3 años.

Los proyectos podrán presentarse como proyectos individuales o como proyectos coordinados, en ambos casos con un solo IP por proyecto o subproyecto.

Obligatorio

La vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y sus resultados, sin que la participación suponga ningún tipo de ayuda directa, por lo que los miembros del equipo de investigación no deberán tener vinculación con las mismas a nivel de propiedad, accionariado o participación en sus órganos de dirección.

Conceptos financiables

Material inventariable, fungible y demás gastos complementarios como utilización de servicios centrales, colaboraciones externas, asistencia técnica, gastos externos de consultoría y servicios relacionados con los proyectos. Gastos de publicación y difusión de resultados. Los viajes necesarios para la realización del proyecto y para la difusión de resultados, así como la inscripción en congresos de los miembros del equipo y del personal técnico contratado.

Quedan excluidos los gastos de personal, los consumibles de informática y reprografía, el material de oficina, las cuotas a sociedades científicas y las suscripciones a publicaciones. No se contemplan como conceptos subvencionables el mantenimiento de los derechos de propiedad industrial y/o intelectual. De igual manera, quedan excluidos los gastos asociados a cualquier tipo de actividad asistencial. Tampoco son financiables los gastos de comidas y atenciones de carácter protocolario ni el mantenimiento de los derechos de propiedad industrial y/o intelectual. El importe en concepto de costes indirectos se recogerá en la resolución de concesión.

Requisitos

Equipo investigador

Los investigadores principales deberán tener formalizada la vinculación funcionarial, estatutaria, laboral con el centro solicitante, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo de presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión.

Resto de miembros del equipo

Deberán tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades solicitantes, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión. El personal vinculado con entidades sin domicilio social en España no podrá superar el 25% del total de miembros del equipo.

Compatibilidad

  • Los investigadores principales y los colaboradores no podrán figurar en más de una solicitud de esta actuación.
  • No podrán participar los investigadores principales y los colaboradores de proyectos de desarrollo tecnológico en salud concedidos y en ejecución de la convocatoria AES 2023, independientemente de la modalidad del proyecto solicitado.
  • Los investigadores principales y los colaboradores de esta actuación no podrán figurar en una solicitud de proyectos de investigación clínica independiente.
  • Ni el investigador principal ni los colaboradores de esta actuación podrán figurar en los equipos de proyectos financiados en ejecución de los Proyectos de investigación clínica independiente de las convocatorias 2021, 2022 y 2023.

 El número máximo de solicitudes será el siguiente:

  • Dos solicitudes en el caso de los IIS.
  • Para los organismos públicos de investigación, definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, con centros en tres o más Comunidades Autónomas, unasolicitud por Comunidad Autónoma en la que se encuentren presentes.
  • Una solicitud para el resto de entidades, incluidas las universidades, atendiendo al centro solicitante.
  • En todos los casos el número máximo de solicitudes a esta actuación lo será independientemente del tipo y de la modalidad del proyecto.
  • En el caso de los IIS, el número de solicitudes comprende todas aquellas que se presenten con un Investigador Principal adscrito al IIS. Quedan exceptuadas las solicitudes presentadas a través del CIBER, de forma que, si un investigador adscrito a un IIS y al CIBER solicita un proyecto a través del CIBER como entidad beneficiaria, está no se incluirá en el número máximo de solicitudes de su IIS.

Documentación

Las solicitudes deberán ir acompañadas del formulario de solicitud, la memoria del proyecto de investigación en castellano o en inglés empleando el modelo normalizado para esta convocatoria, así mismo se deberá aportar el Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII), generado de forma automática desde el editor CVN o desde cualquier institución certificada que ofrezca el servicio.

Declaración de interés empresarial (DIE): Será obligatorio presentar la documentación que acredite la colaboración y vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y resultados del proyecto, así como el interés de dichas entidades en colaborar en el proyecto en actividades complementarias no financiadas con la subvención solicitada. Este documento incorporará información sobre los recursos económicos aportados al proyecto por parte de dichas entidades y la vinculación, si la hubiera, de estas entidades con proyectos financiados por el CDTI. En los proyectos coordinados se deberá cumplimentar, además, el informe de coordinación en modelo normalizado.

Evaluación

A. Valoración del equipo de investigación: hasta 30 puntos.

B. Valoración del proyecto: hasta 70 puntos.

Más información

Solicitudes (isciii.es)

Convocatoria

Web de la ayuda

Preguntas frecuentes