Lucha contra el fraude

El compromiso contra el fraude establecido por la Comisión Europea indica:

Todos los actores intervinientes en la gestión de los Fondos Europeos, entre ellos los beneficiarios de las ayudas, deben comprometerse a una tolerancia cero frente al fraude. En el documento EGESIF 14-0021-00 (“Evaluación del riesgo de fraude y medidas efectivas y proporcionadas contra el fraude”) se explica la herramienta de autoevaluación del riesgo de fraude propuesta por la CE, junto con instrucciones detalladas, para evaluar el impacto y la probabilidad de que los riesgos de fraude común ocurran.

Asimismo, se indican los controles de mitigación recomendados. Todos los beneficiarios deben tener una política de lucha contra el fraude, a través de la que comuniquen  su voluntad de luchar contra el fraude, con el objetivo de desarrollar de una cultura contra el fraude (Código de Conducta; Declaración Institucional), dando visibilidad a la lucha contra el fraude y estableciendo canales de denuncias para sospechas contra el fraude (buzones de denuncias).

Por último, cooperar con el resto de actores implicados en la lucha contra el fraude:

La Universidad de Murcia pone a disposición los siguientes instrumentos para la lucha contra el fraude:

Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea podrá poner dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado por medios electrónicos o a través del canal habilitado por dicho Servicio en la dirección web:

Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General del Estado

Así mismo, también podrán ser puestos en conocimiento de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) cuando afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.

Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)

Es responsabilidad de todos identificar cualquier práctica que se aleje de un comportamiento ético en el uso de los fondos públicos. Por ello, cualquier persona que quiera notificar un hecho, circunstancia o cualquier tipo de comportamiento cuestionable que pueda considerarse como un incumplimiento de las normas (irregularidad) o una acción deliberada de fraude, puede hacerlo de manera anónima y sin trámite alguno, facilitando la información lo más precisa y detallada posible y aportando documentación si dispone de ella.

Los hechos deben ser descritos de forma objetiva, incluyendo si fuese posible, información comprobable, como, por ejemplo: referencia del proyecto, importes, fechas etc., debiendo indicar si se ha comunicado el hecho a otras autoridades.

El tratamiento de los datos personales se debe ajustar a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Para información complementaria, se recomienda consultar la Página web de la DG FONDOS.