null Ayudas INFO para el apoyo a las empresas innovadoras con potencial tecnológico y escalables

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Actuación

El presente programa tiene como objeto el fomento de la creación, puesta en marcha y consolidación en la Región de Murcia de Empresas Innovadoras con Potencial Tecnológico y Escalables, prestando cobertura a las necesidades de funcionamiento y desarrollo de estas empresas desde su creación hasta su consolidación.

Beneficiarios

  • Pequeñas empresas
  • Empresa no cotizada
  • Que desarrollen las actividades subvencionadas dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
  • Cuya actividad se enmarque en los ámbitos considerados prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS3MUR - www.ris3mur.es)
  • Que sean Empresas Innovadoras con potencial Tecnológico y Escalables, en una de las siguientes categorías: Empresas de Base Tecnológica, Empresas Innovadoras en Tecnología y Empresas con Modelo de Negocio innovador y escalable.

Se considerarán EMPRESA DE BASE TECNOLÓGICA aquella que cumpla al menos seis (6) de los siguientes requisitos, y obligatoriamente los señalados en f), g) y h), y EMPRESA INNOVADORA EN TECNOLOGÍA: aquella que cumpla al menos tres (3) de los siguientes requisitos:

  1. Que operen en sectores de alta tecnología.
  2. Que conviertan el conocimiento tecnológico en nuevos productos o procesos para su introducción en el mercado.
  3. Que desarrollen su actividad mediante procesos con gran carga innovadora, o produzcan productos o servicios nuevos e innovadores.
  4. Que tengan capacidad generadora de tecnología poniendo en valor el conocimiento científico y tecnológico.
  5. Que exista una participación activa en su desarrollo de personal científico y tecnológico altamente cualificado.
  6. Que desarrollen productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
  7. Que basen su actividad en el dominio intensivo del conocimiento científico y tecnológico, no bastando la mera adquisición y explotación de tecnología, y sea éste una ventaja competitiva clave.
  8. Que tengan relaciones o vínculos con entidades públicas o privadas que desarrollen actividades de investigación (universidades, centros de innovación y tecnología, empresas de base tecnológica, etc.).

Requisitos

  • Los gastos subvencionables comprenderán los realizados entre el 1 de enero, o en su caso, desde la fecha de constitución (para empresa constituidas en el ejercicio de la convocatoria) hasta el 31 de diciembre del ejercicio de la correspondiente convocatoria, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 20.2.
  • El plazo máximo de realización del proyecto subvencionado comprenderá del 1 de enero del 2021, o en su caso, desde la fecha de constitución (para empresas constituidas en 2021) hasta el 31 de diciembre del 2021.
  • La ejecución de los gastos no deberá estar finalizada antes de la fecha de presentación de la solicitud.

Presupuesto de la convocatoria

2.000.000,00 euros

Características de la ayuda

La cuantía máxima de subvención será del 70% de los costes elegibles aprobados, que dependerá del año de constitución de la empresa y de la categoría del solicitante, y no podrá exceder de 50.000 euros para las Empresas con Modelo de Negocio Innovador y Escalable y de 70.000 euros para las Empresas de Base Tecnológica y Empresas Innovadoras en Tecnología:

Anualidad de constitución de la empresa  2017   2018   2019   2020   2021 
Empresa Base Tecnológica  50%  55%  60%  65%  70%
Empresa Innovadora en Tecnología  40%  45%  50%  55%  60%
Empresa con Modelo de Negocio Innovador y Escalable  30%  35%  40%  45%  50%

 

En aquellos casos en los que se cumpla la condición de Spin Off se incrementará la intensidad mostrada en la tabla anterior en un porcentaje adicional del 10%.

Costes elegibles

  • Los costes salariales directos de personal (salario bruto más cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la empresa), todo ello incrementado en un 15% correspondiente a la imputación de costes indirectos del beneficiario.
  • Gastos de colaboraciones externas directamente relacionadas con la actividad principal de la empresa. El importe máximo subvencionable de este coste no podrá exceder de 40.000 euros.
  • Costes de inversión en activos materiales nuevos relativos a bienes de equipo necesarios para la actividad productiva de la empresa y para la ejecución de las actividades propias de I+D
  • Costes de inversiones inmateriales relativas a licencias de software vinculadas con la actividad de la empresa.

Plazo de presentación de solicitudes

Desde el 6 de septiembre de 2021 hasta las 24 horas del día 5 de octubre de 2021.

Solicitud

Sede electrónica

Más información

Convocatoria