Ayudas a empresas

null Ayudas a proyectos de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera (PERTE-DI)

Descripción General

Esta actuación persigue el objetivo de impulsar la descarbonización de los procesos productivos de la industria manufacturera en España. Se financiarán proyectos tractores que consistirán en uno o varios proyectos primarios conducentes a la descarbonización de una única instalación industrial en operación.

Régimen de concesión

El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será el de concurrencia no competitiva. El procedimiento de comprobación y selección se determinará por riguroso orden de presentación de las solicitudes. 2

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias:

  • Las sociedades mercantiles estatales que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia que realicen alguna actividad industrial. Deben haber desarrollado actividades industriales, al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de solicitud.
  • Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado a).

Requisitos

Cada solicitud presentada, independientemente de la modalidad de solicitud elegida (individual o en agrupación), se estructurará en un único proyecto tractor.

Un proyecto tractor deberá contener, al menos, un proyecto primario de estas líneas:

  • 1ª Reducción de emisiones directas de la instalación (excluyendo el subtipo d) Captura, almacenamiento y uso del carbono).
  • 2ª Mejora sustancial de la eficiencia energética para el ahorro de energía eléctrica.

Únicamente se admitirán las solicitudes que reúnan, entre otros, los requisitos siguientes:

  • El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto tractor será de 1.000.000 €.
  • El cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo», en base a la memoria de evaluación sustantiva de cada proyecto primario.
  • La finalización del proyecto tendrá como límite máximo 31 de marzo de 2026.
  • El proyecto tractor debe cumplir con el requisito de contribución climática de un 40%, establecido en el anexo IV.

Descripción General: Líneas de actuación y líneas de ayuda

Se financiarán las actuaciones industriales que se enmarquen en alguna de las siguientes líneas de actuación:

  1. Reducción de emisiones directas de la instalación, que se podrá dirigir a:
  2. Mejora sustancial de la eficiencia energética por el ahorro de energía eléctrica.
  3. Instalaciones de energías renovables para autoconsumo en los procesos productivos de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización.
  4. I+D+i para impulsar la descarbonización de la instalación principal del proyecto tractor.

Cada uno de los proyectos primarios que compongan el proyecto tractor se enmarcará dentro de una de las líneas de ayudas siguientes, y dentro, de cada línea, únicamente en una de sus tipologías:

  1. Línea de Investigación industrial y desarrollo experimental.
  • Proyectos de investigación industrial
  • Proyectos de desarrollo experimental
  • Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o a proyectos de desarrollo experimental
  1. Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos.
  • Proyectos de innovación en materia de organización
  • Proyectos de innovación en materia de procesos
  1. Línea de ayudas a la inversión para la protección del medioambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:
  • Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador, siempre que permitan a la entidad incrementar en nivel de protección del medioambiente y descarbonización, con carácter general.
  • Inversiones destinadas a la captura de carbono de procesos industriales.
  1. Línea de ayudas a la inversión en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador.
  2. Línea de ayudas de inversiones para la promoción de la energía procedente de energías renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales.
  3. Estudios ambientales.
  4. Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYMES.

Conceptos de gasto financiable

  1. Línea INVESTIGACIÓN y DESARROLLO EXPERIMENTAL
  • Gastos de personal.
  • Gastos de instrumental y material inventariable.
  • Gastos de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada.
  • Gastos del Informe de certificación de proyectos de investigación y desarrollo emitidos por una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación.
  • Gastos relativos a consultoría, destinados de manera exclusiva al proyecto, para los desarrollos conceptuales de I+D.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales

2. Línea INVESTIGACIÓN y DESARROLLO EXPERIMENTAL

  • Gastos de personal.
  • Gastos de instrumental y material inventariable.
  • Gastos de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada.
  • Gastos del Informe de certificación de proyectos de investigación y desarrollo emitidos por una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales.
  1. Línea para la PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE Y LA DESCARBONIZACIÓN INDUSTRIAL

Se podrán financiar las siguientes partidas de gastos de acuerdo con las condiciones descritas en este apartado:

  • Aparatos y equipos de producción.
  • Edificación e instalaciones.
  • Activos inmateriales. Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
  • Colaboraciones externas.
  • Los costes de los estudios medioambientales o auditorías energéticas.
  1. Línea de INVERSIONES PARA LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA CON CARÁCTER INNOVADOR
  •  Los gastos en instalaciones y equipos si podrán suponer más del 70 por ciento del gasto financiable del proyecto primario, con el límite del 90% del mismo.
  • No se concederán ayudas en esta línea en caso de que las inversiones se realicen para que las empresas se adecuen a normas de la Unión Europea ya adoptadas pero que no estén aún en vigor, excepto si la inversión para la cual se conceda la ayuda se realiza y se termina al menos dieciocho meses antes de la fecha de entrada en vigor de la norma en cuestión.

Financiación

Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria podrán tener la forma de préstamo reembolsable, la forma de subvención o ser una combinación de ambas.

La concesión de la ayuda queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe la última solicitud de ayuda que totalice el importe asignado a la convocatoria. No obstante lo anterior, con posterioridad a ese momento, y hasta el fin del plazo de presentación de solicitudes, podrán seguir registrándose solicitudes que pasarán a formar parte de una lista de espera y serán verificadas por riguroso orden de entrada

Plazo de presentación

Del 24 de enero al 17 de abril de 2024 a las 24:00 (hora oficial española)

Más información

Orden de bases

Convocatoria

Guías y modelos

Página web de la ayuda

Preguntas frecuentes