Acreditación de Programas de Doctorado

Programa ACREDITA

Es la evaluación también llamada expost. Los títulos universitarios deben someterse periódicamente a la renovación de su acreditación por el Consejo de Universidades, bien dentro de la renovación de la acreditación institucional de centros, bien como un procedimiento que requiere la evaluación de cada título por la agencia de calidad, en el caso de centros no acreditados institucionalmente. ANECA lleva a cabo esta valoración a través del programa ACREDITA.

El programa ACREDITA tiene como objetivo la evaluación de los títulos universitarios oficiales para la renovación de su acreditación. Esta evaluación se realiza de manera cíclica y tiene un doble objetivo: comprobar si el título se está llevando a cabo de acuerdo con los objetivos establecidos en su proyecto inicial (por el cual obtuvo la condición de título oficial) y comprobar si sus resultados son adecuados y contribuyen a la formación de los estudiantes y a la consecución, por tanto, de los objetivos previstos. El resultado de este proceso de evaluación es un informe final, en términos favorables o desfavorables, a la renovación de la acreditación.

Periodicidad

¿CUÁNDO DEBE UN TÍTULO DE DOCTORADO RENOVAR SU ACREDITACIÓN?

Los centros universitarios que no estén acreditados institucionalmente deberán renovar la acreditación de sus títulos universitarios oficiales de acuerdo con el procedimiento que cada Comunidad Autónoma establezca en relación con las universidades de su ámbito competencial, que será resuelta por el Consejo de Universidades a partir del informe preceptivo y vinculante de la agencia de calidad correspondiente, en el plazo máximo de seis años, desde la fecha de inicio del programa de Doctorado o de renovación de la acreditación anterior.

Documentos de apoyo y herramientas

Esta es la documentación de referencia del programa ACREDITA DOCTORADO para las universidades solicitantes de la renovación de la acreditación, para las personas que evalúan, así como para el resto de colectivos interesados en el mismo

Documentación del programa:

  • Guía de Autoevaluación.  Aspectos básicos que conforman el proceso de evaluación para la renovación de la acreditación (objetivos, alcance, proceso y modelo de evaluación) y orientarlas durante el desarrollo del proceso de autoevaluación y en la realización del informe de autoevaluación fruto de dicho proceso.
  • Guía de Evaluación Externa. Apectos básicos que conforman el proceso de evaluación para la renovación de la acreditación (objetivos, alcance, proceso y modelo de evaluación) y orientarles durante el desarrollo del proceso de evaluación externa y en la realización de los diferentes informes fruto de dicho proceso.
  • Guía para la Elaboración de un Plan de Mejoras. Documento de apoyo a las instituciones universitarias en la elaboración de un plan de mejoras, una vez realizado un proceso de evaluación.
  • Decálogo de Visitas Virtuales. Guía para el correcto funcionamiento y desarrollo de las visitas virtuales a los Programas de Doctorado en proceso de evaluación para la renovación de su acreditación.

Otros documentos:

  • Protocolo de Evaluación para el Seguimiento y la Renovación de la Acreditación de los Programas de DoctoradoIdentifica los criterios comunes de actuación definidos por las Agencias de Evaluación pertenecientes a la Red Española de Agencias de Calidad (REACU) con el fin de llevar a cabo el seguimiento y acreditación de las enseñanzas oficiales de doctorado.
  • Alineación de los Criterios establecidos por ANECA. Muestra la alineación de los criterios establecidos por ANECA en el modelo de evaluación para la renovación de la acreditación de las enseñanzas oficiales de doctorado con los Criterios y Directrices para el Aseguramiento de Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (ESG) aprobados por la Conferencia de Ministros en mayo de 2015 y con los Criterios y Directrices de evaluación en el seguimiento y acreditación de títulos oficiales de doctorado aprobado por la Red Española de Agencias de Calidad Universitaria (REACU).

Informes de evaluación

El objeto de ANECA es la promoción y el aseguramiento de la calidad del Sistema de Educación Superior en España. Para dar cumplimiento a este encargo asignado a la Agencia, en el ámbito de la evaluación de enseñanzas oficiales se ha creado el buscador de informes de evaluación de títulos oficiales. A través de este buscador, ANECA facilita a todos los grupos de interés, y en especial al estudiantado, toda la información sobre los títulos oficiales de grado, máster y doctorado sobre los que ANECA ha realizado informes de evaluación.

Pautas generales de los procesos

Las fases del proceso de evaluación desde que una universidad solicita la renovación de la acreditación de un título universitario oficial hasta la remisión, al Consejo de Universidades, del informe final de renovación de acreditación elaborado por ANECA son las siguientes:

  • La universidad indica anualmente a ANECA los títulos desea someter el proceso de renovación de acreditación y se establece, de manera conjunta entre ANECA y la universidad, un calendario para la evaluación del título teniendo en cuenta los plazos establecidos en la normativa vigente.
  • Para cada título, la universidad elabora un informe de autoevaluación de con los criterios y directrices del modelo de acreditación y aporta las evidencias en las que sustenta sus valoraciones. ANECA ha elaborado la Guía de Autoevaluación del programa ACREDITA con el objeto de orientar a las universidades en la elaboración de este informe de autoevaluación que, una vez elaborado, deben entregar en plazos a través de la Aplicación informática para la presentación de solicitudes del programa ACREDITA.
  • ANECA constituye un panel de expertos que realizará el estudio del informe de autoevaluación y del resto de información de la que dispone ANECA. La Agencia realiza una visita a la universidad en la que mantiene audiencias con diferentes colectivos y elabora un informe del panel de expertos.
  • Tras la visita, ANECA envía a la universidad evaluada un certificado de realización de la misma que ha de ser presentado por la universidad ante la Comunidad Autónoma encargada de la autorización de los títulos. La Comunidad Autónoma, en función de su normativa, tramitará la solicitud de renovación de los títulos que determine a ANECA.
  • A través de la Comisión de Acreditación, ANECA evalúa el título teniendo en cuenta el informe de autoevaluación presentado por la universidad, el informe del panel de expertos y el resto de información que en ANECA consta sobre el título. ANECA emitirá a la universidad un informe provisional de evaluación para la renovación de acreditación en términos favorables o con aspectos que deben ser necesariamente modificados a fin de la obtención de un informe en términos favorables. El informe podrá incluir recomendaciones para la mejora del título.
  • Las universidades disponen de un plazo de 20 días hábiles para aceptar el informe provisional de acreditación o establecer alegaciones y/o plan de mejoras. Una vez concluido el plazo, la Comisión de Acreditación, analiza la documentación disponible del título y procede a la emisión del informe final de evaluación para de renovación de acreditación, en términos favorables o desfavorables.
  • ANECA envía el informe al Consejo de Universidades, encargado de emitir la resolución favorable o desfavorable de renovación de acreditación. La universidad y la Comunidad Autónoma son informadas del contenido de dicho informe.

Contra la resolución de verificación, la Universidad podrá recurrir ante la Presidencia del Consejo de Universidades en el plazo de un mes desde su notificación. En el caso de ser admitida a trámite la reclamación, ésta será valorada por una comisión designada al efecto por dicho órgano. La comisión examinará el expediente relativo al título para velar por las garantías establecidas y podrá ratificar la resolución o, en su caso, aceptar la reclamación y remitirla a  ANECA.

La Comisión de Asesoramiento para la Evaluación de Enseñanzas e Instituciones de ANECA es la encargada de revisar el expediente remitido por el Consejo de Universidades y remitirá el correspondiente informe en el plazo máximo de un mes. Recibido el informe, el Consejo de Universidades emitirá la resolución definitiva

 

Enlace Web ANECA para ACREDITA del Doctorado

Correo electrónico de ANECA para consultas: doctorado@aneca.es