Transferencia y divulgación científica

Convocatorias y Actividades de Transferencia

null Convocatoria proyectos de colaboración público-privada 2023

logoObjetivo

Convocatoria destinada a financiar proyectos de desarrollo experimental en colaboración entre empresas y organismos de investigación, que permitan avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnologías, productos y servicios, de carácter interdisciplinar, para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tecnológicos y de innovación de las empresas y en el mercado.

Beneficiarios

  • Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Asociaciones empresariales sectoriales.
  • Universidades públicas y privadas.
  • Organismos Públicos de Investigación.
  • Centros privados de I+D+i.
  • Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica.
  • Institutos de investigación sanitaria.

Prioridades temáticas

  • Salud.
  • Cultura, creatividad y sociedad inclusiva.
  • Seguridad para la sociedad.
  • Mundo digital, industria, espacio y defensa.
  • Clima, energía y movilidad.
  • Alimentación, bioeconomía, recursos naturales y medio ambiente.

Presupuesto de la convocatoria

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 320.000.000 de euros. El presupuesto mínimo por proyecto será de 400.000 euros, siendo el máximo de 15 millones de euros.

Características de los proyectos

Duración.

Los proyectos tendrán una duración de tres años. La fecha de inicio deberá ser posterior a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y estar comprendida a lo largo del año 2024.

Participación:

  • El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa. Actuará como solicitante de la ayuda y como interlocutor único con el órgano concedente. 
  • Se podrá nombrar coordinador técnico del proyecto a otra de las entidades participantes.
  • El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público o privado.
  • La participación mínima por entidad será del 10 % del presupuesto total del proyecto.
  • La suma de los % de participación empresarias (empresas + asociaciones empresariales sectoriales) deberá constituir un mínimo de 51% del presupuesto, sin que ninguna entidad corra con más del 70% del presupuesto del proyecto.
  • Los organismos de investigación tendrán derecho a publicar los resultados derivados directamente de la investigación realizada por ellos.
  • No es necesario la formalización de un Acuerdo de Consorcio, aunque si es recomendable.

Tipo de Incentivo e Intensidad de las ayudas

  1. Las entidades pertenecientes al sector público y los organismos de investigación privados recibirán las ayudas en la modalidad de subvención, anticipo reembolsable FEDER o una combinación de ambas de hasta el 100%.
  1. Las empresas pertenecientes al sector privado y las asociaciones empresariales sectoriales solo podrán obtener ayuda en forma de préstamo de hasta el 95%, salvo para los costes de nuevas contrataciones de personal doctorado*.
  1. Para las empresas del sector público, cualquiera que sea su tamaño, la intensidad de ayuda máxima será del 40 %.

* En el caso de que la ayuda se destine a cubrir el gasto de la entidad para nuevas contrataciones, con carácter indefinido, de investigadores con el grado de doctor destinados a la ejecución del proyecto, esta será en forma de subvención. La retribución mínima a recibir por esas personas contratadas, e indicada en su contrato, será de 28.000 euros brutos anuales.

La intensidad de ayuda máxima para las empresas dependerá de su tamaño:

  • Pequeñas empresas: 60 %.
  • Medianas empresas: 50 %.
  • Grandes empresas: 40%.

Características del préstamo:

  • Tipo de interés: 0%
  • Plazo fijo de carencia: 3 años.
  • Plazo máximo de devolución: 7 años.
  • Plazo máximo de amortización: 10 años.
  • Las entidades beneficiarias estarán exentas de la presentación de garantías salvo cuando su cuantía en préstamo sea superior a 2.000.000 de euros por proyecto. En estos casos las garantías se constituirán por el importe de la ayuda concedida.

Características de los anticipos reembolsables:

  • Plazo máximo de amortización: 2 años
  • Tipo de interés: 0%
  • La financiación que el FEDER aporta en esta convocatoria a cada proyecto seleccionado representará como máximo el 85% del coste elegible.

En todas las modalidades las ayudas se abonarán de forma anticipada.

Gastos elegibles

Costes directos:

  • Costes de personal de grupos de cotización 1, 2 y 3.
  • Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero («leasing»), mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales, como instrumental, equipamiento científico-técnico e informático y otros elementos necesarios para la actuación.
  • Gasto derivado del informe realizado por un auditor de cuentas con un límite máximo de 2.500€ por beneficiario.
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  • Costes de solicitud de patentes generadas por el proyecto (excepto para grandes empresas).
  • Costes de consultoría de gestión y justificación del proyecto. (solo para el líder de la agrupación, y con un máximo de 20.000 euros).
  • Contratos y asistencias técnicas, que no constituyan en sí mismas parte de la actividad subvencionada y que por lo tanto no son susceptibles de subcontratación.
  • Subcontratación de actividades del proyecto que no puedan ser realizadas por el beneficiario y que así se acredite en la memoria de solicitud. No podrá ser superior al 50% del presupuesto del participante.
  • Viajes.

Costes indirectos:

Para los organismos de investigación se calcularán como un porcentaje fijo del 25% sobre los gastos directos del proyecto, sin necesidad de aportar justificantes. Para las empresas y asociaciones empresariales los costes indirectos se calcularán como un porcentaje fijo del 20 %.

Para los centros de investigación:

  • Las ayudas concedidas seguirán la modalidad de costes marginales.
  • Serán financiables los costes de adquisición de aparatos y equipos nuevos siempre que se dediquen en exclusiva al proyecto y su vida útil se agote durante el periodo de ejecución del mismo.
  • No serán financiables los costes del personal propio financiados con cargo al capítulo I “Gastos de Personal” del organismo o entidad.

Aunque no sean financiables, los costes de personal propio deberán incluirse obligatoriamente en el presupuesto del proyecto.

No serán subvencionables los siguientes costes:

  • Dispositivos y licencias informáticas de uso genérico.
  • Gastos difusión de resultados.
  • Asistencia a congresos o jornadas.
  • Publicaciones.
  • Suscripciones a publicaciones o revistas científicas.
  • Estudios de mercado o de viabilidad.
  • Costes de adquisición, mantenimiento o estudio de patentes.
  • Gastos de solicitud de patentes generadas por grandes empresas.

Plazo presentación de solicitudes

El plazo permanecerá abierto desde el 30 de enero de 2024 hasta el día 20 de febrero de 2024.

 

Convocatoria

Orden de bases

Web de la ayuda

Ficha resumen

Divulgación Científica UMU

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