Comisión académica del Máster Universitario en Ciencias Forenses

Descripción

Para procurar la mejor coordinación y seguimiento de la docencia de las enseñanzas del Título de Máster Universitario en Ciencias Forenses se dispondrá de la Comisión Académica de Máster con el objetivo de evitar solapamientos o lagunas de contenidos, así como de vigilar el cumplimiento de los cronogramas y demás funciones en consonancia con el Sistema de Aseguramiento Interno de la Calidad de la Facultad de Biología (SAIC-FB), tal y como se expone en la sección 9 de este documento.

De acuerdo con el artículo 16 del Reglamento por el que se regulan los Estudios Universitarios Oficiales de Máster y de Doctorado de la Universidad de Murcia:

  1. Los títulos de Máster Universitario deberán tener una Comisión Académica, que constará de un máximo de diez miembros, más un representante del Centro. Excepcionalmente se podrá admitir otra composición en títulos cuyas características, dimensiones o complejidad así lo requieran. En el caso de másteres adscritos a una escuela doctoral, la composición académica se atendrá a lo que regule el reglamento interno de la Escuela.
  2. En la composición de las Comisiones Académicas se buscará la representación adecuada, procurando la participación proporcional de los distintos departamentos o centros que interviene en el plan de estudios.
  3. Todos los miembros de esta comisión deberán impartir docencia en el título, tener dedicación a tiempo completo y vinculación permanente con la Universidad de Murcia.
  4. La Comisión Académica deberá elegir de entre sus miembros a un coordinador. El coordinador del título de máster universitario ejercerá sus funciones por un período de cuatro años.

Funciones del Coordinador

  1. Actuar en representación de la Comisión Académica.
  2. Informar a los Departamentos y presentar al Centro la planificación del plan de estudios del máster.
  3. Presidir la Comisión Académica.
  4. Elaborar el informe preceptivo sobre las solicitudes de autorización de matrícula en los casos que se requiera según el presente Reglamento.
  5. Hacer llegar al Centro, dentro de los plazos establecidos, la propuesta de estudiantes admitidos en un título de Máster.
  6. Coordinar el desarrollo del título y el seguimiento del mismo.
  7. Coordinar los procesos de garantía de la calidad del título.
  8. Someter al Centro, dentro de los plazos establecidos y siempre con anterioridad al inicio del curso académico correspondiente, las modificaciones en la oferta docente, estructura o profesorado aprobadas por la Comisión Académica.
  9. Coordinar la elaboración de las guías docentes.
  10. Comunicar al Centro las resoluciones de la Comisión Académica sobre el reconocimiento de créditos cursados en otros estudios universitarios o por actividad profesional.
  11. Difundir entre el profesorado del Máster Universitario cualquier información relativa a la gestión académica del mismo.
  12. Realizar las funciones que en calidad de coordinador le sean atribuidas por las diferentes convocatorias de subvenciones y ayudas.
  13. Aquellas otras funciones que le asignen los órganos competentes.

Funciones de la comisión académica

  1. Asistir al coordinador en las labores de gestión.
  2. Aprobar la selección del alumnado.
  3. Establecer criterios homogéneos de evaluación y resolver conflictos que pudieran surgir al respecto.
  4. Proponer los tribunales que habrán de juzgar los Trabajos de Fin de Máster elaborados en el programa.
  5. Aprobar, con anterioridad al inicio del curso académico correspondiente y dentro de los plazos que se establezcan, las modificaciones en la oferta docente, profesorado o estructura del programa de estudios que se estimen oportunas.
  6. Establecer criterios homogéneos de elaboración de las guías docentes.
  7. Establecer los criterios para la utilización de los recursos económicos para la financiación de los estudios de Máster, según el caso, dentro de las directrices fijadas por la Universidad.
  8. Resolver de las solicitudes de reconocimiento de créditos cursados en otros estudios universitarios o por actividad profesional.
  9. Nombrar las subcomisiones que la propia Comisión Académica estime oportunas para el óptimo funcionamiento de la oferta de estudios de máster. Las actividades y propuestas de estas subcomisiones deberán estar sujetas a la aprobación de la Comisión Académica.
  10. Aquéllas otras que les asignen los órganos competentes.

Miembros

  1. Mª Isabel Arnaldos Sanabria, Facultad de Biología, Coordinadora
  2. María Asunción Alías Linares, Facultad de Química
  3. Natalia Campillo Seva Fernández, Facultad de Química
  4. Antonio Juan García Fernández, Facultad de Veterinaria
  5. María Dolores García García, Facultad de Biología
  6. José Ramón Hoyos Barceló, Vocal, Facultad de Informática
  7. Bartolomé Llor Esteban, Facultad de Enfermería
  8. María Dolores Pérez Cárceles, Facultad de Medicina
  9. Rafael Rabadán Anta, Facultad de Psicología
  10. Caridad Rosique Jiménez, representante del Centro (Facultad de Biología, Vicedecana de Sostenibilidad y Calidad)
  11. José Antonio Ruiz Hernández, Vocal, PSILEG, representante de empresa o institución de Prácticas Externas
  12. Julio Sigüenza López, Facultad de Derecho
  13. Representante de estudiantes de primer curso (Cristina Marina Gálvez Solanas)
  14. Representante de estudiantes segundo curso (Belén Gómez Peñalver)

Actas

Puede visualizar las actas de las distintas reuniones de la Comisión Académica del máster si tiene los permisos necesarios.