Presentación de la Asesoría Jurídica

La Asesoría Jurídica es la unidad a la que corresponde la dirección, coordinación y desarrollo de los servicios de asistencia jurídica y la representación y defensa en juicios de la Universidad de Murcia.

Funciones de la Asesoría Jurídica:

  • Señaladas, fundamentalmente, en el artículo 22 de los Estatutos de la UMU y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Asesoría Jurídica (aprobado por Junta de Gobierno de 18 de julio de 1996).

La Asesoría Jurídica es la unidad a la que corresponde la dirección, coordinación y desarrollo de los servicios de asistencia jurídica de la Universidad de Murcia, comprensiva, sin perjuicio de otras, de las siguientes funciones esenciales:

  • Representación y defensa de la Universidad de Murcia, ante cualesquiera administraciones y ante cualesquiera órdenes jurisdiccionales, al amparo de lo dispuesto en la LOPJ y en la disposición adicional tercera de la Ley 34/2006, de 30 de octubre.
  • Asesoramiento en derecho de la Universidad de Murcia, de la administración universitaria y de los órganos de la misma, a través de informes y dictámenes a favor del Consejo Social, del Consejo de Gobierno, del Rector, de los Vicerrectores, del Secretario General y del Gerente.
  • Emisión de informes, en particular, en los siguientes supuestos:
  • Proyectos de disposiciones de carácter general que han de someterse a la aprobación del Consejo de Gobierno.
  • Propuesta de resolución de recursos administrativos competencia del Rector, del Consejo de Gobierno y del Consejo Social.
  • Propuesta de resolución de reclamaciones administrativas previas a la vía civil o a la vía social.
  • Expedientes de revisión de disposiciones nulas y de actos nulos o anulables.
  • Pliegos de cláusulas administrativas de contratos administrativos.
  • Restantes asuntos para los que venga exigido por disposiciones normativas.
  • Propuestas de convenios a suscribir por la Universidad de Murcia.
  • Expedientes de creación de empresas de base tecnológica.
  • Asesoramiento jurídico de órganos colegiados, cuando así es requerido o preceptivamente: Mesa de Contratación, Comisión de Reclamaciones, etc.
  • Bastanteo de poderes.