REVISTA ELECTRÓNICA DE ESTUDIOS FILOLÓGICOS


AUTORIDAD Y CAMBIO LINGÜÍSTICO EN LA TRADUCCIÓN INSTITUCIONAL*

 

 

F. JAVIER MUÑOZ MARTÍN

(Unidad Española de Traducción, Servicio Lingüístico, Consejo de la Unión Europea

Bruselas, Bélgica)

 

MARÍA VALDIVIESO BLANCO

(Unidad Española de Traducción, Servicio Lingüístico, Consejo de la Unión Europea

Bruselas, Bélgica)

 

 RESUMEN

 

El criterio de autoridad es uno de los factores que determinan el uso y la norma lingüísticos, por lo que contribuye también a la evolución de la lengua. La traducción, resultado de un contexto sociopolítico y lingüístico concreto, incide a su vez en éste aportando su propio discurso. Para indagar en esa incidencia es útil analizar las relaciones entre traducción, como caso especial de contacto de lenguas, y autoridad lingüística. La situación actual de hegemonía del inglés refuerza el efecto de atracción que ejerce la lengua inicial en el acto de traducir. Tras pasar revista a los conceptos fundamentales y a los condicionantes específicos de la traducción institucional, se advierte del riesgo de que el traductor otorgue al inglés, como lengua inicial, una función de autoridad efectiva. Se propugna que el propio traductor asuma el papel que le compete como autoridad y cogestor del cambio lingüístico, para que su labor revitalice y enriquezca la lengua, contribuyendo a hacer de ella un instrumento de comunicación adaptado a las necesidades de hoy.

Palabras clave: autoridad, creación léxica, terminología, lenguas en contacto, neologismo, organización internacional, traducción institucional, instituciones comunitarias.


 

 ABSTRACT

 

The authority principle is one of the key factors shaping language usage and standards, and thereby influencing language evolution. Translation arises from a specific societal, political and language context, and has in turn a bearing on this very context through its own discourse. In order to make out that influence, an analysis of the relationship between translation –as a particular case of language contact– and language authority can be useful. Current hegemony of English is reinforcing the attraction power that source language usually has in the act of translating. We review basic concepts and specific conditions that are at work in institutional translation. We then warn of the danger for the translator to confer effectively an authoritative role to English as source language. We believe that translators should take on an authority role and responsibility for language change. By doing so, they would be able to renew and enrich their own language, contributing to turn it into a communication tool adapted to today's needs.


 

 

 

«El traductor suele ser un personaje apocado.

Por timidez ha escogido tal ocupación, la mínima»

José Ortega y Gasset: Miseria y esplendor de la traducción (1959)

 

«…y, como sabéis, la lengua castellana nunca ha tenido quien escriva en ella con tanto cuidado y miramiento quanto sería menester para que hombre, quiriendo o dar cuenta de lo que scrive diferente de los otros, o reformar los abusos que ay oy en ella, se pudiesse aprovechar de su autoridad»

Juan de Valdés: Diálogo de la lengua (1535)

 

 

1. Introducción. Objetivo y presupuestos

 

1.1. La traducción, objeto y agente social

 

La traducción institucional, como actividad y como producto, se inscribe en un contexto social concreto, determinado por coordenadas lingüísticas, políticas, culturales y económicas particulares, tiene un significado en la historia. La reflexión que aquí proponemos parte de este presupuesto, interesándose especialmente por la relación que se establece entre la tarea del traductor y el concepto de autoridad en la lengua dentro del proceso de cambio lingüístico. Esta relación puede mostrarnos el hilo conductor que, desde el contexto histórico, pasa por el traductor y su actividad, atraviesa el texto traducido y vuelve, con la traducción como objeto cultural, social y político, a ese contexto del que parte. Se trata de indagar en los elementos que contribuyen a trazar esta doble trayectoria en el momento actual y, así, de ver los aportes que recibe el traductor institucional y los que él mismo hace a la sociedad con su tarea.

 

 

1.2. El cambio lingüístico como desviación consensuada

 

      El cambio es consustancial a la lengua. Por definición, «un cambio lingüístico empieza y se desarrolla siempre como "desplazamiento" de una norma» (Coseriu 1988: 140)[1]. Podría decirse que es la desviación de la norma en una masa crítica de hablantes que lo asienta, dando lugar a una nueva norma: «la correction d'une époque ne fait souvent que consacrer les incorrections de l'époque précédente» (Ducrot 1995: 312). Cuando se consuma, el hablante individual no tiene más remedio que acatar la nueva norma establecida por el colectivo de hablantes. Por ejemplo, independientemente del juicio que le merezca la incorporación a su lengua de un neologismo concreto, ha de aceptarlo desde el momento en que pasa a formar parte del acervo lingüístico común.

 

      Nos proponemos a continuación analizar el papel de la traducción y del traductor en el cambio lingüístico. Partimos de la base de que no todo cambio consumado en una lengua ha llegado a tal situación por procedimientos técnicamente correctos. Llamamos correcto a lo que se atiene a la pauta existente en la lengua, es decir, a la norma. Así, consideramos legítimo emitir juicios de valor sobre los fenómenos lingüísticos, y nosotros lo hacemos aquí en concreto sobre los actos de traducción.

 

      Partimos asimismo de la idea de que el cambio lingüístico no ha de ser incontrolado ni producto de actos irreflexivos, al menos por lo que toca a los propios profesionales del lenguaje, y máxime en registros y campos temáticos marcados por la formalidad y por la necesidad de permanencia, como son el lenguaje legislativo y el administrativo, característicos de la traducción institucional. Si al traducir un término de la lengua inicial se introduce en la final un elemento (material o funcional) ajeno a la idiosincrasia de ésta que supone cierta alteración de su sistema, el traductor tiene que estar seguro de que ha hecho uso de todos los recursos (lingüísticos, documentales, imaginativos...) que tiene a su alcance para evitarlo y de que la distorsión resultante violenta el sistema lo menos posible. Porque, al introducirlo mediante su acto traductor, ha contribuido –por poco que sea– a constituir la masa crítica de hablantes que un día podría terminar por dar carta de naturaleza en la lengua al elemento extraño.

 

      En este trabajo nos centramos fundamentalmente en los aspectos léxicos (incluida la neología), con referencias esporádicas a otros como la morfología o la morfosintaxis.

 

 

1.3. La norma, punto de partida y freno del cambio lingüístico

 

      La norma es el anclaje que da continuidad y cohesión a la lengua, preservando su utilidad como instrumento de comunicación. Hay dos formas de entenderla. Desde la perspectiva prescriptiva («normativa») reinante hasta el siglo XVIII, se trata de un imperativo de uso (corrección) que tiende a ser único y a no admitir la variación, una especie de ideal al que se adscriben connotaciones sociales positivas. Por el contrario, desde el punto de vista descriptivo que comienza a cobrar vigencia en la lingüística desde el siglo XIX, la norma es lo «normal», es decir, bien el conjunto de rasgos distintivos que caracterizan una lengua determinada, bien el uso lingüístico que viene configurado por una pauta de frecuencia (lo habitual). En este caso, el criterio aplicado es meramente estadístico, «democrático», por así decirlo: norma es lo que la mayoría de los hablantes suele utilizar con mayor frecuencia, independientemente de su supuesta bondad o calidad frente a otras variantes. Sería un mínimo común denominador, una abstracción de las hablas individuales.

 

      Todo hablante goza de cierto margen para apartarse de la norma, entendida en cualquiera de los dos sentidos, sin perder capacidad comunicativa (es bien sabido que hay incluso construcciones agramaticales que permiten la comunicación). Pero ese margen no es ilimitado: el límite viene dado por la necesidad de comprensión del mensaje. «Les langues changent sans cesse et ne peuvent fonctionner qu'en ne changeant pas» (Bally, citado en Coseriu 1988: 11). Además, pese a las recientes tendencias de la lingüística teórica de nuestro tiempo, la mayoría de los hablantes concibe y acepta cierta noción de corrección lingüística aunque a la hora de la verdad no la aplique personalmente de manera sistemática: «The attitudes of linguists (…) have little or no effect on the general public, who continue to look to dictionaries, grammars and handbooks as authorities on 'correct' usage» (Milroy y Milroy 1991: 6). Según Pascual y Prieto (1998: 1.5), «forma parte de la competencia lingüística de los hablantes de una lengua su capacidad para decidir qué es más correcto, prestigioso, adecuado y apropiado para sus enunciados (…) si es cierto que el propósito primario de la lingüística es explicar la competencia lingüística, ¿por qué  han de olvidarse esos parámetros en la descripción de las lenguas? (…) La sociolingüística moderna nos ha mostrado cómo también forma parte de la lingüística científica el estudio de las valoraciones sociales».

 

      La observancia de una norma no tiene tampoco igual importancia en todos los registros. Un registro formal, obviamente, admite mucha menos variación (sincronía) o cambio (diacronía). A fortiori, el registro administrativo-jurídico-legislativo que caracteriza la traducción comunitaria: «It is (…) lawyers, administrators and scientists, who require the most rigid forms of standardisation. A legal document (unlike a novel or poem) must be drawn up in such a way that it cannot be subject to varying interpretations, and the terms used must have precise meanings. Similarly, technical terminology in scientific disciplines must be precise» (Milroy y Milroy 1991: 43).

 

 

2. Autoridad y vacilación por interferencia. Factores de vacilación

 

      El hablante suele recurrir a la autoridad como complemento o sustituto de la norma, cuando su competencia desconoce un aspecto determinado de la misma o cuando la norma no está asentada o no contempla un caso concreto; es decir, en caso de vacilación. Ésta puede estar causada, entre otros factores, por:

(1) el contacto de lenguas: la interferencia de una lengua tiende a perturbar el sistema de la otra; el contacto puede ser:

      (a) ambiental: por coincidencia territorial de las lenguas o por influencia cultural

      (b) orgánico: conversión de un mensaje de un código a otro; en la traducción, las lenguas se conectan a través de la bisagra del mensaje

(2) la neología: la necesidad de introducir nuevos términos en una lengua de resultas de la creación o importación de conceptos nuevos lleva a terrenos desconocidos, por definición inciertos, en los que hay que aplicar por abstracción o analogía la mecánica subyacente a la norma.

 

 

2.1. El contacto universal. Interferencia lingüística

 

        Hay contacto de lenguas «cuando dos lenguas comparten, por determinadas circunstancias, un mismo territorio durante un período de tiempo lo suficientemente prolongado como para que haya fenómenos lingüísticos que interfieran en las estructuras de las lenguas» (Medina 1997: 65). Hoy día, la globalización ha provocado la compresión, hasta llegar a la elisión virtual, del espacio mundial. El inglés es el vehículo de esta globalización. En consecuencia, el planeta es en gran medida ese territorio único de confrontación de cada una de las lenguas con el inglés, que impregna o penetra en todos los subespacios, cuando no los ocupa. Su influjo es omnipresente y se manifiesta en una gran variedad de situaciones de «diglosia amplia» (de lenguas diferentes, sociolectos distintos, registros diversos, según el concepto de J. A. Fishman) (Gimeno 2003: 39).

 

      Una definición de contacto de lenguas que puede resultarnos más pertinente, por hacer abstracción de la dimensión espacial, sería la de Weinreich (1970: 1): «Two or more languages will be said to be in contact if they are used alternately by the same persons. The language-using individuals are thus the locus of the contact». Es decir, que el espacio de contacto es aquí el propio hablante. Él será asimismo el crisol en el que se produce la inevitable interferencia. «Those instances of deviation from the norms of either language which occur in the speech of bilinguals as a result of their familiarity with more than one language, i.e. as a result of language contact, will be referred to as interference phenomena (…) The term interference implies the rearrangement of patterns that result from the introduction of foreign elements…» (Ibid.). Como veremos más adelante (v. § 2.3 y 2.4), de la actitud que tenga el hablante ante el lenguaje y de su competencia lingüística dependerá su reacción ante esta interferencia.

 

 

2.1.1.  El inglés, lengua hipercentral

 

        Podemos representar la situación lingüística actual del mundo con una estructura tridimensional y piramidal: «En partant du principe que les langues sont liées entre elles par des bilingues, et que les systèmes de bilinguisme sont hiérarchisés, déterminés par des rapports de force (...), nous parvenons à une représentation des rapports entre les langues du monde en termes de gravitations étagées autour de langues pivots de niveaux différents. Nous avons ainsi une langue hypercentrale, l’anglais, pivot de l’ensemble du système, dont les locuteurs manifestent une forte tendance au monolinguisme. Autour de cette langue hypercentrale gravitent une dizaine de langues supercentrales (espagnol, français, hindi, arabe malais...), dont les locuteurs, lorsqu’ils acquièrent une seconde langue, apprennent soit l’anglais soit une autre langue supercentrale. Elles sont à leur tour pivots de la gravitation de cent à deux cents langues centrales autour desquelles gravitent cinq à six mille langues périphériques» (Calvet 2002: 26-27).

 

        Recordemos algunos aspectos de lo que este modelo gravitacional representa. Hoy día, la ciencia y la técnica se expresan mayoritariamente en inglés. Nadie puede aspirar a mantener una actividad mundialmente relevante en estos campos al margen de esta lengua. Lenguajes especializados, teorías científicas, producción conceptual, publicaciones, revistas, manuales, docencia, comunicación entre especialistas, etc. son esferas en las que el inglés es abrumadoramente la lengua hegemónica. Otro tanto puede decirse de las relaciones políticas y comerciales internacionales, los medios de comunicación, la publicidad, la cultura, el cine, etc. Las doctrinas políticas que aspiran a una proyección internacional se producen, expresan, debaten y combaten sobre todo en inglés. Las agencias de prensa que suministran información en inglés son insoslayables. Las innovaciones publicitarias, los programas de televisión y los modelos culturales se difunden en ese idioma; «…the prestige language functions as the mediator of modernism (…) as the 'window on the world'» (Kahane 1986: 497).

 

 

2.1.2.  El inglés, sustrato y superestrato

 

      Esta situación responde, fundamentalmente, a la hegemonía y al dinamismo de los Estados Unidos, pero aquí hay que señalar algo importante y es que, cada vez más, en cualquiera de los campos citados la lingua franca es el inglés aunque su objeto no proceda de un país anglófono. No sólo los científicos tienen que publicar en inglés si quieren ser leídos, es que, por ejemplo, para aumentar las posibilidades de competir en el mercado internacional con el cine estadounidense, empieza a haber ya producciones y coproducciones de países no anglófonos comercializadas directamente en esa lengua.

 

      Un aspecto que interesa aquí de esta situación es que «el número de usuarios del inglés que no lo tienen como lengua materna supera al número de quienes nacieron hablando inglés» (Mendiluce 2003: 255). Este extenso bilingüismo de grado variado da lugar a una compleja interacción de fuerzas, de la que vamos a destacar tres consecuencias:

 

1. La «diversificación dialectal» del inglés (Ibid.) por efecto de su expansión geográfica y del contacto con otras lenguas: «The dominant language (…) may become a new language with its own system, yet may integrate features of the native language usually subsumed as substratum influence» (Kahane 1986: 501).

 

2. La internacionalización del inglés, es decir, la integración expresiva de un número cada vez mayor de hablantes, ya sean nativos o no, con la consiguiente tendencia a la convergencia de distintas visiones del mundo[2].

 

3. La transformación de otras lenguas por influencia del inglés: «Alternatively, the dominant language functions as a superstratum, and as such inflicts changes on the native language» (Ibid.: 501).

 

Estos tres fenómenos suponen, por un lado, la exposición de un número creciente de hablantes al contacto con el inglés y, por otro, la creación de sociolectos, lo que tiene singular importancia al estudiar el contexto de las organizaciones internacionales.

 

 

2.2.   Algunas consecuencias en la lengua. La neología

     

      En el campo léxico, la internacionalización del inglés y su influencia como superestrato se manifiestan en la importación de conceptos, y con ellos de términos, creados en el mundo anglosajón. Por ejemplo:

 

-    «Internacionalismos», «palabras de origen extranjero, las cuales son propias de las principales lenguas mundiales [y] expresan conceptos básicos de la economía y de la política, de la ciencia y de la técnica, de la cultura y del arte, y de la vida cotidiana. Los internacionalismos son casi siempre generalmente comprendidos y muy usados (...) se distinguen en las diversas lenguas gracias a particularidades específicas, aunque poco relevantes, de tipo fonético, ortográfico y morfológico (Iskos y Lenkowa, citado por Gómez Capuz 1998: 80).

-    Términos científicos y técnicos, que suelen ser obra de los especialistas y no de los traductores y que abarcan desde los tecnicismos circunscritos a un campo determinado hasta los que se difunden y generalizan con rapidez como chip, mobile phone, personal computer (PC), airbag, e-mail...

-    Términos de la empresa, el comercio, las finanzas: entrepreneurship, corporative, outsourcing, proactive, e-commerce...

-    Términos y expresiones de las ciencias sociales: globalization, mainstreaming, empowerment, gender (issues, violence...), outreach, governance, privacy...

-    Términos de diversos campos como la cooperación para el desarrollo (NGO, ownership, counterpart...) o la política (failed state, rogue state, employability...).

 

 

2.3.   La reacción del hablante ante la interferencia

 

      En una situación de contacto de lenguas son posibles varias reacciones. Tenemos el caso del bilingüe no especialista de la lengua, es decir, el que la utiliza como mero instrumento y carece de interés por la observación o el estudio de ella. Su sensibilidad ante la interferencia lingüística es reducida, como lo es en consecuencia su capacidad de percepción de la misma y por tanto sus mecanismos de resistencia. Constituye una vía de  penetración y establecimiento del influjo de la lengua extranjera: «In language, we find interference phenomena which, having frequently occurred in the speech of bilinguals, have become habitualized and established (…) then this borrowed element can be considered, from the descriptive viewpoint, to have become a part of language X» (Weinreich 1970: 11).

 

      Esta categoría de hablante es propensa a absorber e interiorizar con facilidad estructuras y vocablos de la lengua extranjera. Aquí encontramos grupos de hablantes que, debido a su actividad profesional, se encuentran especialmente expuestos al contacto con el inglés, que utilizan ampliamente como lingua franca: «il n’est pas de collectivité scientifique, économique, industrielle qui ne soit aujourd’hui en contact avec l’anglais ou ses traductions transcodées. Ces cercles restreints de spécialistes, sachant fort bien de quoi ils parlent, ne s’intéressent guère à la pureté de leur langue et ne se rendent pas compte de l’effet dévastateur que leur étrange parler finit par avoir sur des tiers auxquels il n’apporte qu’une compréhension approximative et des idées nébuleuses» (Lederer 2002: 291).

 

      Al estar expuestos a la interferencia en primera línea, son ellos, a menudo y al mismo tiempo, la fuente, los primeros receptores y los principales difusores de ideas y conceptos, neologismos y usos lingüísticos de moda, es decir, son mediadores lingüísticos que contribuyen, de modo a veces decisivo, a conformar visiones del mundo. Creemos que este lenguaje funciona en nuestras sociedades como lo que Pierre Bourdieu denomina «discours légitime», es decir aquél que es «dominant et méconnu comme tel, c’est-à-dire tacitement reconnu» (1984: 110). Y esto ocurre al principio en esa koiné que comparten, el inglés, para pasar luego a sus respectivos idiomas, frecuentemente a través de traducciones[3].

 

    Otro caso de contacto sería de tipo indirecto, el que afecta al hablante que no habla inglés pero que utiliza una lengua ya impregnada de su influjo a través de la prensa, internet, la publicidad, el uso de otros hablantes que sí saben inglés, etc. Sería, en el caso de España, la mayoría de la población. El desconocimiento del origen de la interferencia hace que, aunque tuviera ciertos mecanismos de resistencia, a este hablante le resulte más difícil identificarla y por tanto resistirse a ella. Eso sí, encontrará extraños algunos fenómenos que perciba, pero los asumirá como propios con bastante facilidad puesto que no tiene forma de distinguirlos de los fenómenos endógenos de cambio lingüístico.

 

 

2.4.   La traducción como caso de contacto de lenguas

 

      Ya Mounin llamó al traductor «bilingue professionnel». La traducción es, en efecto, un caso especial de contacto de lenguas, y ello por dos motivos. En primer lugar, «bilingue par définition, le traducteur est bien (…) le lieu d'un contact entre deux (…) langues employées alternativement par le même individu» (Mounin 1963: 4). Sólo por este hecho, el traductor ya se ve sometido a la interferencia de una de las lenguas en la otra. Al utilizar la lengua extranjera, por ejemplo, lo hará con interferencias de la suya materna.

 

      En segundo lugar, al traducir el contacto se establece de otro modo. La influencia la ejerce la lengua inicial en la final. La traducción consiste precisamente en convertir un mensaje de un código a otro. Por obra de la interferencia, el mensaje arrastra «adherencias formales» del código inicial y las estampa en el final, alterándolo en consecuencia. El mensaje es así bisagra entre las lenguas, la interfaz sustancial de dos elementos formales.

 

      En la afirmación de Mounin hay, sin embargo, un elemento clave, y es la palabra «profesional». El traductor es, en efecto, un profesional de la lengua, a diferencia de los otros dos tipos de hablantes que hemos visto en el apartado 2.3. Esto quiere decir que se le supone dotado de mecanismos interiorizados, de técnicas de reconocimiento de la interferencia y de resistencia a ella: «La traduction, bien qu'étant une situation non contestable de contact de langues, en serait décrite comme le cas-limite: celui, statistiquement très rare, où la résistance aux conséquences habituelles du bilinguisme est la plus consciente et la plus organisée; le cas où le locuteur bilingue lutte consciemment contre toute déviation de la norme linguistique, contre toute interférence» (Ibid.: 5).

 

      Curiosamente, el propio autor reconoce, por otra parte, que esta competencia lingüística específica no hace al traductor inmune ante la interferencia: «…l'influence de la langue qu'il traduit sur la langue dans laquelle il traduit peut être décelée par des interférences particulières, qui, dans ce cas précis, sont des erreurs ou fautes de traduction, ou bien des comportements linguistiques très marqués chez les traducteurs: le goût des néologismes étrangers, la tendance aux emprunts, aux calques…» (Ibid.: 4). Más adelante veremos lo que esto supone en el caso particular de la traducción institucional.

 

 

3. Autoridad-poder y autoridad-crédito: de tutela a modelo

 

      Hemos visto que la autoridad es la referencia a la que acude el hablante cuando vacila sobre la norma que ha de aplicar en un caso concreto. El concepto de autoridad en el ámbito de la lengua tiene que ver con la realización de un sistema de valores. Está relacionado con la búsqueda de calidad o excelencia, concretada en la observancia de la norma (es decir, la corrección). A los efectos que aquí nos interesan, el término «autoridad» entraña dos acepciones posibles (DRAE 2001): (1) «Poder que gobierna o ejerce el mando, de hecho o derecho; (2) Prestigio y crédito que se reconoce a una persona o institución por su legitimidad o por su calidad y competencia en alguna materia». El peso de la primera de estas acepciones suele hacerse sentir en la segunda, impregnándola de cierta negatividad. En efecto, «autoridad» se asocia fácilmente a «autoritario», adjetivo aplicado a regímenes políticos y actitudes personales definidos por el ejercicio arbitrario del poder, cosa que proscriben nuestras sociedades occidentales, democráticas e igualitarias, al menos en teoría.

 

        Pero la lengua pertenece a la comunidad hablante soberana. Es decir, que no hay autoridad lingüística efectiva si el hablante no la reconoce. Por ello, la primera acepción tiene en este campo una vigencia muy limitada, si bien existe. La actividad traductora, de hecho, puede contemplarse dentro de un marco de relaciones de poder: «Reconocer que detrás del uso del lenguaje existe siempre una estructura de poder va a ponernos en guardia ante una posible interferencia de nuestro propio discurso como traductores que, asimismo, ejercemos cierto grado de poder o control a través del lenguaje o somos el vehículo del poder de las instituciones para las que trabajamos» (Carbonell 1999: 218). En el terreno de la traducción institucional se concreta esta visión de modo significativo. Como más adelante veremos, los usos oficiales vigentes en los textos comunitarios y el hecho de que estos textos constituyan con frecuencia legislación son manifestaciones de una autoridad institucional más o menos efectiva.

 

        Ahora bien, el que nuestras sociedades modernas sean refractarias al poder arbitrario no significa que haya desaparecido totalmente la necesidad de referentes o modelos. En medio de la ebullición y transformación constante de la lengua, ningún hablante puede hacer por sí mismo el seguimiento cabal de todos los fenómenos ni discernir con precisión las pautas generales que conforman su propio código lingüístico. Por eso, y pese a que los estudiosos de la lengua apenas presten atención al tema de la autoridad[4], el hablante acude a publicaciones y al criterio de otros hablantes cuyo dominio lingüístico reconoce: escritores e intelectuales, pero también políticos, la prensa, etc. En España, sin ir más lejos, proliferan actualmente las gramáticas, libros de estilo, diccionarios de uso, de dudas y dificultades o de falsos amigos, alegatos sobre el idioma, etc. Y no se trata en modo alguno de obras restringidas al mundo de los estudiosos de la lengua, sino que están dirigidas al gran público. Lo cual no quiere decir que ese gran público las interiorice, ni tan siquiera las lea, pero sí las compra, y esto es prueba de una actitud de interés indiscutible.

 

      En otro orden de cosas, el fenómeno Internet ilustra de forma patente esta necesidad de asideros, de criterios de selección y orientación. Es lo que se ha dado en llamar «filtros». «Toute l'histoire de la culture a été celle d'une mise en place de filtres (…) les filtres auxquels nous nous référons résultent de la confiance que nous avons mise dans la dite "communauté des savants"» (Eco 2002). En este siglo XXI, el concepto de autoridad lingüística se asimilaría también a puntos de referencia determinados libremente por el hablante en su búsqueda de orientación. «Une autorité qui filtre ne s'appelle pas "censeur" mais conseiller» (Eco 2002). La evolución de la lingüística prescriptiva hacia la descriptiva (v. § 1.3), por otra parte, sustenta esta nueva concepción de la autoridad, al depositar en la comunidad hablante la prerrogativa del establecimiento de la norma.

 

 

3.1. El prestigio, fundamento de la autoridad-crédito

 

        Como acabamos de ver, el concepto determinante para establecer una fuente de autoridad en la segunda acepción es el prestigio, el crédito. Según David Crystal (citado en Pascual y Prieto 1998: 1.7), «'Prestige' is a social concept, whereby some people have high standing in the eyes of others, whether this derives from social class, material success, political strength, popular acclaim, or educational background. The English that these people choose to use will, by this fact, become the standard within their community».

 

      Según Moreno Fernández (1990: 169 y 173-4), pese a que el concepto de prestigio se ha utilizado con frecuencia para explicar numerosos fenómenos lingüísticos (por ejemplo, en los trabajos de Labov), apenas se ha estudiado en sí ni se ha definido con rigor. Él mismo hace un intento de definición: «El prestigio puede ser considerado bien como una conducta, bien como una actitud, es decir, (…) es algo que se tiene, pero también que se concede. Podemos definir el prestigio como un proceso de concesión de estima y respeto hacia individuos o grupos que reúnen ciertas características y que lleva a la imitación de las conductas y creencias de esos individuos o grupos» (Ibid.: 187). El prestigio conferido es lo que fundamenta, justifica, la autoridad-crédito; el poseído, en cambio, deriva de la autoridad-poder. Y entre las conductas imitadas se encuentra, obviamente, la lengua.

 

 

3.2. Factores y sujetos de prestigio. Lenguas de prestigio

 

      En la práctica, el prestigio suele asociarse a personas, grupos o entes. Pero «de igual forma que hay individuos, grupos o clases prestigiosas, existen usos lingüísticos prestigiosos, al margen de los hablantes de los que procedan» (Ibid.: 182). Otras veces, serán prestigiosos precisamente los usos de los hablantes prestigiados.

 

      Entre los factores principales que determinan el prestigio podemos contar el nivel social, económico o cultural, las relaciones de poder, la función profesional o social, la moda, etc.[5] Con frecuencia, desde un planteamiento prescriptivo, un uso lingüístico prestigiado presupone la observancia de la norma, pero no siempre es así: «son usos prestigiosos aquellos que se ajustan a la norma (…) entre determinados grupos sociales puede ser prestigiosa la norma particular que se separe sistemáticamente de la norma general» (Ibid.: 183). Tenemos aquí la distinción sociolingüística entre prestigio abierto y prestigio encubierto, asociado éste a usos heterodoxos, pero que puede igualmente ser generador de autoridad. «El "prestigio encubierto", [según Labov y otros], puede definirse como el conjunto de valores ocultos que se asocian a usos lingüísticos que no se ajustan a la norma, o que pertenecen a una variedad no estándar…» (Ibid.: 186). Se trata en principio de variantes estigmatizadas, pero el concepto puede ampliarse a pautas de desviación de la norma que están marcadas por los factores típicos de prestigio.

 

        Un caso particular sería la atribución de prestigio a la interferencia producida por una lengua extranjera, interferencia que se asume e integra más o menos conscientemente en el uso lingüístico por emulación del colectivo de hablantes de la lengua prestigiada. Este modelo explicaría en parte el influjo actual del inglés en todas aquellas otras lenguas con las que se encuentra en contacto: «Il apparaît que l'intégrité des deux structures a plus de chances d'être préservée quand les deux langues en contact sont égales ou comparables en fait de prestige…» (Martinet, citado por Mounin 1963: 5).

 

 

3.3. Fuentes habituales de autoridad lingüística

 

      Las fuentes de autoridad a las que suele recurrir el hablante se pueden clasificar, según la distinción que acabamos de establecer (v. § 3), en:

 

(1) autoridad-poder: tienen asignada formalmente una función prescriptiva en el campo lingüístico, o bien ostentan un poder institucional de otro tipo que puede llegar a cubrir lo lingüístico: academias de la lengua, comisiones de nomenclatura e institutos de normalización, poderes públicos, diccionarios de autoridad...

 

(2)   autoridad-crédito: se hacen acreedoras de la confianza del hablante debido al crédito que les atribuye: diccionarios de uso, escritores reconocidos, medios de comunicación, clase política, redes sociales, profesionales especialistas, internet...

 

      Estos dos grupos no son estancos, ya que rara vez el ejercicio de la autoridad-poder es absoluto y que pueden producirse deslizamientos en función de la evolución del contexto social: «…la frontera nunca nítida entre lo aceptable y lo condenable se ha hecho borrosa y favorece cada vez más la propagación de usos vitandos, facilitados por el prestigio (?), ajeno a la autoridad lingüística, de los héroes del balón, del ruedo, de la raqueta, del puñetazo o del desfalco» (Lorenzo 1999: 9-10).

 

 

4. Algunos principios para traducir sin traducir

 

4.1. La mejor traducción, el original

 

      La reacción que un traductor ha de tener ante la interferencia producida por la lengua inicial ha sido objeto de opiniones variadas a lo largo de la historia de la traducción. La respuesta que se dé a esta cuestión constituye el llamado «propósito del traductor». Por ejemplo, la célebre alternativa formulada hace dos siglos por Schleiermacher (2000: 47) sobre los caminos que puede emprender el verdadero traductor, «o bien el traductor deja al escritor lo más tranquilo posible y hace que el lector vaya a su encuentro, o bien deja lo más tranquilo posible al lector y hace que vaya a su encuentro el escritor», invita ya abiertamente con su primera opción a la tranquilidad, no sólo del escritor, sino también del traductor, si éste considera oportuno adentrarse por ese camino. Ortega recoge el testigo de Schleiermacher cuando escribe «es cosa clara que el público de un país no agradece una traducción hecha en el estilo de su propia lengua. Para esto tiene de sobra con la producción de los autores indígenas. Lo que agradece es lo inverso: que llevando al extremo de lo inteligible las posibilidades de su lengua, transparezcan en ella los modos de hablar propios al autor traducido» (Ortega y Gasset 1959: 161)[6].

 

      Esta opción, en efecto, puede resultar plenamente válida cuando se pretenda reflejar una realidad cultural muy específica. Por ejemplo, en el «Règlement taurin de l’Union des Villes Taurines de France» encontramos lo siguiente: «Article 26 – Les Toreros des catégories suivantes: matadors de torosmatadors de novillos avec picadorsmatadors de novillos sans picadorsrejoneadors  banderilleros et picadors de nationalité étrangère devront obligatoirement justifier de leur inscription au "Registro General de Profesionales Taurinos" espagnol (...) (1993: 26). No cabe duda, sin embargo, de que éste es un caso muy particular cuya motivación difícilmente podría hacerse extensiva a muchos otros ámbitos menos idiosincráticos que la corrida de toros, aunque de hecho suele ocurrir así con frecuencia.

 

      En cualquier caso, lo que se pone de manifiesto es que una duda siempre latente a la hora de traducir es si la traducción ideal no sería la no traducción. El texto original tiene una inercia intrínseca, una tendencia inmanente a permanecer tal cual, por eso cuesta traducirlo. Hay en él una «atracción fatal». Si se produce vacilación, el traductor está expuesto a la tentación de pensar que, cualquiera que sea la relación entre significante y significado en la lengua inicial, lo que menor riesgo de error presenta es mantener el significante, o al menos aproximarse a él formalmente. Si uno se aleja de la forma, se aleja también del significado. Es la idea de que un concepto seguramente se debe decir de igual manera o al menos de manera parecida en una y otra lengua, o en varias en paralelo, de manera que «sepamos bien de qué estamos hablando». Ésta es la razón principal de la aparición de numerosos préstamos y calcos y la razón de ser de muchos internacionalismos, por ejemplo. En sí es un fenómeno general, que no requiere en absoluto ningún estatuto de prestigio en la lengua inicial.

 

 

4.2. Familiaridades etimológicas

 

a) Cuando lengua inicial y lengua final tienen raíces comunes (en grado variado), la importación, en principio, resulta más aceptable si en el «étimo inmediato» (Pratt 1980) se reconoce un «étimo último» (Ibid.) de una raíz que compartan ambas lenguas. Es el caso de numerosos préstamos y calcos cuyo étimo inmediato es una voz extranjera (privacy, syndrome, relevant, directive) de raíz latina o griega –étimo último. Por cierto, que el propio Pratt ya advertía de una frecuente confusión: «al afirmar los etimólogos y lexicógrafos que tal o cual palabra proviene del latín o griego, dan a entender que ha sido la lengua española responsable de la acuñación (...) Ahora bien, la omisión masiva del étimo inmediato en el caso de la inmensa mayoría de "cultismos", "latinismos" y "neologismos" no hace más que distorsionar la historia léxica del español moderno» (Ibid.: 45).

b) Cuando se trata de lenguas que están etimológicamente alejadas, la posibilidad de aplicación del principio anterior es más remota. La importación suele requerir entonces otros factores coadyuvantes, por ejemplo, responder a una necesidad terminológica en un campo científico o técnico o referirse a un concepto conocido ya por una masa crítica de hablantes de la lengua final (v. § 4.4).

 

 

4.3. Cuando lo difícil es traducir

 

      Es una obviedad que el grado de dificultad de la traducción es un factor de aceptación del préstamo o del calco. En efecto, ¿qué posibilidades tienen de pugnar arriesgadas traducciones de counterpart (en cooperación para el desarrollo), parténariat, proactive y otras tantas de difícil solución traductiva con las respectivas contraparte, partenariado, proactivo, etc. que pueden adquirir pronto el carácter de acuñaciones, ya sea en medios de especialistas, ya sea en el hablante medio?

 

 

4.4. El principio del fenómeno cultural

 

      La importación de un término, sobre todo como préstamo, puede requerir que los hablantes que entran en contacto con el término constituyan una masa crítica conocedora del referente. Se trata de un fenómeno cultural, de contacto de culturas. Aunque en Italia meridional se comiera pizza desde tiempo atrás, sólo cuando a partir de los años 70 un gran número de españoles, y no únicamente los viajeros a Italia, entran en contacto con esa variedad de cocina importada, el préstamo adquiere carta de naturaleza en el español peninsular. Por la misma época también hacía tiempo que los japoneses comían sushi, sin embargo este término no entra en el uso lingüístico español hasta los años 90, por idéntica razón.

 

 

4.5. Lengua dominante, lengua de prestigio

 

      El prestigio facilita y potencia la aplicación de los factores anteriores. Aunque ya se ha tratado aquí desde distintos ángulos, cabe reiterar cómo en este caso el traductor se ve arrastrado por una corriente general de aceptación y conocimiento de la lengua inicial prestigiada que se da en la sociedad y en la lengua final. Y ya hemos visto cómo el prestigio genera autoridad. Decisiones que, de tratarse de una lengua inicial minoritaria, lejana o poco conocida en su sociedad, serían meramente técnicas y neutras, al traducir desde el inglés hoy día se convierten en una toma de posición frente a esa corriente general. Un complemento de este factor es el valor o efecto de jerga que a menudo contribuye a la importación de extranjerismos. En un momento determinado de la interferencia, el empleo por una minoría de mediadores lingüísticos (v. § 2.3) de términos en inglés tiene en sí un efecto prestigioso, de iniciados, análogo al de toda jerga de grupo, que induce al mimetismo de los demás. El resultado de todo esto es que, al menos aparentemente, cuanto más se conoce la lengua de prestigio, menos falta hace traducir.

 

 

5.  El traductor, agente y gestor del cambio lingüístico

 

      El traductor institucional está inmerso como todos los demás hablantes en el continuo fluir que es el cambio lingüístico. Ante cualquier acto de traducción, él ha de comenzar por situarse respecto de la norma vigente, evaluando en qué momento del devenir se encuentra un fenómeno lingüístico determinado. Desde una perspectiva diacrónica, un esquema simplificado del cambio lingüístico podría ser el siguiente:

 

(0) Fase de estabilidad. El sistema de la lengua no sufre ningún cambio.

(1) Fase incipiente. Comienza a producirse el cambio, con las primeras vacilaciones.

(2) Fase de transición y consolidación. El cambio sigue adelante hasta ser aceptado por el uso.

(3) Fase de afincamiento. El cambio ha entrado en el uso y es ya la nueva norma. El sistema de la lengua se ha reorganizado y vuelve a estar, en cuanto al fenómeno referido, en fase de estabilidad.

 

Al buscar soluciones de traducción, el traductor tiene que efectuar un corte sincrónico en este esquema, para lo cual necesita hacerse una serie de preguntas:

-           ¿Está aceptada en la lengua final la solución que propone (fase 0), es decir, pertenece al sistema de dicha lengua?

Si su solución supone un cambio:

-           ¿Puede considerarse una novedad (fase 1)?

-           ¿Es un cambio ya extendido aunque todavía no esté plenamente aceptado (fase 2)?

-           ¿Es un cambio aceptado ya (fase 3)?

 

Si ha escogido una solución que se inscribe en las fases de inestabilidad, tendrá que saber qué razones lo llevan a contribuir o a abstenerse de contribuir a ese cambio incipiente o avanzado, tal vez a iniciarlo él mismo. El traductor se halla ante la necesidad de evaluar el alcance de la implantación del cambio en ese momento, es decir, hasta qué punto puede considerarse que se ha convertido en norma –o uso de una masa crítica de hablantes–, o hasta qué punto sigue existiendo margen para proponer a la comunidad hablante una opción que estime más adecuada. Veamos algún ejemplo.

 

Export Control Act (Fase 0)

Traducir hoy act, en ese sintagma, por acto se consideraría sin más un error, un fallo profesional, por tres razones:

1.       Acto no tiene en español el significado de ley que tiene act en este contexto.

2.       No hay un uso en ese sentido, ni siquiera incipiente o minoritario, que merezca tenerse en cuenta.

3.       No tiene justificación iniciar un cambio (fase 1) depositando en acto lo que sería un nuevo significado que, en español actual está plenamente expresado por ley.

 

Arrest = detener/detención (Fase 1)

Arrestar. En la disciplina militar, significa imponer un castigo de privación de libertad por breve tiempo. / Arresto. En la disciplina militar, situación de arrestado. En la justicia ordinaria, pena de reclusión breve, impuesta por un juez.

      Estamos ante un término propio de un lenguaje especializado, pero que tiene una utilización en el discurso común. En los medios de comunicación españoles se va extendiendo desde hace tal vez diez o quince años el empleo de arrestar y arresto como sinónimos respectivos de detener y detención. Es un caso típico de interferencia –por cierto, del inglés y del francés– por paronimia, con introducción de confusión y ambigüedad donde no las había. Arresto sería, así, tanto detención (practicada por la policía), como sanción militar (impuesta por un superior jerárquico) y sanción penal (dictada por un juez).

 

      ¿Qué análisis hará el traductor? ¿Considerará que se trata de un cambio en fase incipiente o en fase de transición y consolidación? ¿Y cuáles serán sus razones para contribuir al cambio traduciendo arrest por arrestar o para no hacerlo, optando así por la traducción aún normativa detener?

 

      Urge (verbo) (Fase 2)

      El calco urgir, con un uso transitivo, en lugar de instar, pedir con urgencia, con insistencia, etc. es también reciente. En 1992, el DRAE no lo reconocía. En cambio, la edición de 2001 ya recoge urgir como transitivo con el sentido de «pedir o exigir algo con urgencia o apremio».

      El traductor debe juzgar entonces si él por su parte acepta la autoridad de la RAE, es decir, si da por concluido y asumible el cambio[7].

 

      Este análisis por parte del profesional de la traducción es fundamental, claro está, en lo que atañe a tecnicismos y neologismos, pero no debería serlo menos en casos mucho más triviales de vocablos que no suponen novedad alguna y que por toda tarjeta de presentación lo único que ofrecen es proceder de una lengua de prestigio y ser fáciles para el préstamo o calco. He aquí algunos ejemplos frecuentes en la actualidad, con los términos y expresiones a los que desplazan: desarrollo(s) (por novedades, acontecimientos, evolución), consistente (por coherente, consecuente), corporación (por empresa/sociedad anónima), evidencia (por prueba), ignorar (por hacer caso omiso, no hacer caso, ningunear), oficial de policía (por policía, agente/funcionario de policía), relevante (por pertinente, que hace al caso), estar/llegar en tiempo/en hora (por llegar a tiempo/con puntualidad), en: «las ciudades en Irak» (por de: «las ciudades de Iraq»).

 

      La lista real está en expansión y la tendencia de las importaciones permite afirmar que, actualmente, el hablante español cada vez distingue peor a los «falsos amigos» de los auténticos. Cuando estos cambios sucesivos o acumulados alteran la norma introduciendo contradicción o incompatibilidad, y descabalando así un sistema antes más o menos coherente sin que de ello resulte una nueva coherencia interna, la función comunicativa queda en entredicho. Pero la cuestión, desde el punto de vista que queremos resaltar, es la siguiente: ¿No es así que la competencia lingüística del traductor le permite precisamente hacer esa distinción fundamental y responder con solvencia a este tipo de interferencia? ¿Podemos conformarnos los traductores profesionales con reaccionar ante la poderosa atracción de la lengua inicial como lo haríamos probablemente si no fuéramos especialistas del lenguaje ni de la traducción?

 

El traductor institucional, como todo hablante, tiende a respetar la norma en su discurso a fin de preservar la inteligibilidad del mensaje. En su caso, sin embargo, el respeto de la norma se impone con mayor peso por varios motivos: lo que maneja es la lengua escrita, más normalizada y estática que la hablada; el registro de los textos que traduce es formal, lo que como ya hemos visto (v. § 1.3) requiere mayor estabilidad sincrónica (menor variación) y diacrónica (menor cambio). Si el traductor está manejando conceptos jurídicos, no puede dar rienda suelta a su imaginación ni servirse de la variación estilística como haría en otros tipos de discurso; si está hablando de una directiva europea, no puede llamarla de otro modo para cambiar, y lo que hoy es una directiva en principio lo seguirá siendo mañana, etc. Es decir, que la actitud que le impone su tarea en relación con el cambio lingüístico es una actitud conservadora; ¡lo cual no quiere decir, ni mucho menos, inmovilista ni timorata!

 

 

6.  Traducción institucional e interferencia lingüística

 

      Todas estas tendencias subyacentes en las relaciones entre lenguas conforman un paisaje en el que se mueve de modo particular el traductor institucional. Por un efecto multiplicador, el conjunto de todas ellas es mayor que la suma de las partes. Muchas veces están tan confundidas en el paisaje, tan presentes, que no se manifiestan, paradójicamente. El traductor, sin embargo, tiene que conocer estos factores que lo condicionan, estar permanentemente alerta a lo que está pasando a su alrededor. A modo de instrumento para la reflexión, exponemos a continuación una serie de ejemplos de los condicionantes a los que está sometido, las actitudes que marcan su respuesta ante ellos, las fuentes de autoridad a las que recurre y las consecuencias que de todo ello se derivan, reflejándose en las traducciones que produce. Se trata de una panorámica indicativa, de una categorización no homogénea ni exhaustiva, sino más bien impresionista. Aunque los ejemplos están clasificados en categorías determinadas, a cada fenómeno de traducción le afectan a menudo varios factores simultáneamente.

 

      Un breve inciso para dilucidar lo que supone el propósito del traductor. A diferencia de lo que, según hemos visto (v. § 5.1), se entendía por traducción en épocas anteriores, o como opción de traducción aún a mediados del siglo XX (es decir, la traducción transparente que propugnaba Ortega), nuestro traductor entiende su tarea como transposición de un mensaje dado de un código lingüístico a otro, insertándolo y adaptándolo a este nuevo código respetándolo lo más posible (sin dejar por ello de ser fiel al contenido del mensaje). Esto es de gran importancia para analizar lo que en realidad hace, puesto que si su propósito declarado fuese otro, otros tendrían que ser los criterios para enjuiciar los resultados de su actividad.

 

 

6.1. La integración expresiva

 

6.1.1.  La reducción de los idiomas de trabajo

 

      Hemos hablado anteriormente (v. § 2.1) de la integración expresiva que se produce por el efecto unificador del inglés en las lenguas con las que entra en contacto. En las organizaciones internacionales este fenómeno cristaliza de dos maneras distintas:

 

        Una tendencia a reducir los idiomas de trabajo. Huelga decir que la reducción se hace universalmente en favor del inglés, acentuando si cabe su hegemonía. Naturalmente, muchas de estas organizaciones nacieron ya con un régimen lingüístico reducido. En otras, si no oficialmente al menos de hecho, el inglés se constituye en lingua franca. Así, por ejemplo, en las Naciones Unidas, con sus seis lenguas oficiales, «le pourcentage des documents originaux rédigés en anglais tourne autour de 95%» (Calvet 2002: 151). En la OMC, la OMS, el FMI, el Banco Mundial, etc. las estadísticas son aún más favorables al empleo del inglés. El caso de la Unión Europea es sintomático de esta evolución. Proclamada inicialmente –y no revocada oficialmente– la doctrina del multilingüismo, el hecho es que el abanico de idiomas empleados habitualmente se va reduciendo cada vez más, salvo para la publicación oficial de legislación. El número de documentos originales redactados en inglés aumenta sin cesar. La multiplicación de lenguas oficiales debida a las recientes ampliaciones no hace sino acelerar esta tendencia. Tendencia que, tarde o temprano, exigirá una definición política, pues llegará a haber un abismo entre el principio de la paridad de las lenguas oficiales de la Unión y el tratamiento y el uso de dichas lenguas en la práctica.

 

 

6.1.2.  La paridad de las lenguas

 

De hecho, en un plano general, esta paridad se convierte en la traducción comunitaria en excusa coadyuvante de la integración expresiva. Se trata del hecho de que todas las versiones lingüísticas de un acto legislativo comunitario tienen el mismo valor jurídico, no existiendo en este sentido distinción alguna entre texto original y textos traducidos. Así, se observa una marcada aversión a alejarse formalmente del texto original, por temor a que el texto traducido «diga otra cosa», confundiéndose el alejamiento formal con el sustancial. De nuevo, preservando el significante se espera preservar también el significado. Este fenómeno, que afecta marcadamente a los redactores de los textos, se comunica asimismo a los traductores. Una vez más, es la lengua original la que impone su autoridad.

 

 

6.1.3.  El eurolecto

 

      El entorno multilingüe en el que suelen operar las organizaciones internacionales tiende a crear sociolectos que reducen el margen de maniobra del traductor: «Les institutions internationales où se rencontrent le français et l’anglais sont un lieu privilégié pour la création d’hybrides; d’usage facile pour ceux qui, plongés dans la même atmosphère, connaissent les deux langues, leur diffusion hors de leur milieu d’origine est regrettable» (Lederer, 2002 : 291). Por ejemplo, lo que algunos han dado en llamar eurolecto (y otros, con menos generosidad, jerga comunitaria), además de una terminología propia, necesaria, acuñada o preferida, recoge rasgos del discurso político-técnico imperante, en gran medida procedentes del inglés. Por eso, en los textos de la UE abundan por ejemplo los anglicismos léxicos (consistente, relevante, ignorar) o de frecuencia (acceder a, considerar, cooperar, estar disponible).

 

      El pasado hegemónico del francés en la UE ha dejado también su huella. Tenemos, por ejemplo, la política agrícola común, expresión que por figurar en los Tratados (donde con toda probabilidad era un calco de politique agricole commune) ha condicionado el uso institucional hasta el punto de que el adjetivo agrario, tan español él, está poco menos que proscrito. En un plano morfosintáctico, también parecen provenir del francés sintagmas como de la pesca, de Estado, de trabajo, que en español se expresarían más naturalmente como pesquero, estatal, laboral (puntoycoma 1997: n.º 46, p. 1).

 

      Otra particularidad del eurolecto es la profusión de siglas y acrónimos. Resultado de la influencia del lenguaje técnico y científico tanto como del uso propio del inglés, crean un efecto de opacidad en todas las lenguas y de artificio en español. FEDER, Coreper, ACP, CITES, BEI, NACE... Con gran frecuencia, además, se mantiene en español la sigla original, acentuándose así la ininteligibilidad. Muchas veces resulta posible aplicar procedimientos de estilo más españoles para atenuar el efecto de repetición (uso de deícticos o del núcleo del sintagma, por ejemplo: el Fondo, dicho Comité, este acuerdo...), pero con gran frecuencia se impone el formato original.

 

      Para no olvidar el aspecto sintáctico, citaremos el orden de las palabras y el uso de la voz pasiva. El orden sujeto-verbo-complementos supone un calco frecuente, más acorde con la rigidez exigida por el inglés o el francés que con la mayor flexibilidad propia del español. «Una ficha bibliográfica figura al final de la obra» encabezó durante años –espejo de la versión francesa– las publicaciones de la UE, antes de ser felizmente sustituida por «Al final de la obra figura una ficha bibliográfica». La proliferación de la pasiva, que el español tolera bien en un registro formal, resulta aun así excesiva (tanto el francés como el inglés la utilizan con naturalidad en cualquier registro), y se podría evitar frecuentemente mediante el modo impersonal, la pasiva refleja o la anáfora.

 

 

6.2. El marco jurídico

 

      La UE opera en un marco jurídico que constituye también un condicionante lingüístico y una fuente de autoridad para sus traductores. En efecto, si un término ya está utilizado, o a fortiori definido, en un acto legislativo, en cualquier otro acto que lo modifique o complete ulteriormente hay que utilizar el mismo[8]. Por ejemplo, la expresión nuevo entrante que figura definida en la Directiva 2003/87/CE para traducir new entrant, imposibilita que en una ulterior modificación de la misma directiva se traduzca, por ejemplo, nuevo participante (como se había hecho ya, efectivamente, en el Reglamento (CEE) n.º 95/93, de tema diferente). De aquí que sea crucial el momento primero de la importación del término. En un caso así, la fuerza jurídica del texto legislativo existente ejerce el mismo efecto acuñador que la masa crítica en la lengua «civil».

 

      Esto ocurre con el propio derecho comunitario (desde los Tratados fundacionales hasta la última directiva), pero también con el nacional y con el internacional. Cualquier término o concepto que contenga la legislación española es una referencia imprescindible, aunque no siempre preceptiva. Resultan problemáticos los casos en que esta legislación incorpora conceptos, crea organismos o adopta convenios en aplicación del ordenamiento comunitario y lo hace con una terminología distinta de la utilizada en el texto comunitario.

 

      Del mismo modo, es aconsejable retomar los términos –y con ellos, los conceptos– sancionados por el derecho internacional cuando se trata de elaborar legislación que se va a inscribir en ese mismo marco jurídico. Así, el castizo principio de cautela incluido en los Tratados comunitarios podría plantear un problema de coherencia con un derecho medioambiental internacional (por ejemplo, el Programa 21 y la Declaración de Río) que utilizan precaución o prevención (calco obvio, aunque totalmente aceptable, de precaution(ary)).

 

 

6.3. La neología

 

      Como ya hemos visto (v. § 2), uno de los principales factores de vacilación lingüística lo constituye la neología. Por su situación de primera línea (a menudo se enfrenta al nuevo término o concepto en la fase 1), el traductor se ve obligado con frecuencia a tomar posición. Es un momento muy propicio para la innovación reflexionada. Es cierto que el significado, uso, connotaciones, etc. del término original pueden no estar aún perfilados y ello dificulta las cosas, pero es el momento idóneo para realizar una intervención temprana.

 

      Un ámbito de actividad de la UE es la reglamentación técnica de numerosos ámbitos. Aquí el traductor institucional cuenta, como competidores o colaboradores según los casos, con los especialistas del ramo. Cuando éstos se le adelantan, como ocurre con frecuencia (por ejemplo, en el caso de traceability, que dio trazabilidad, o bien el de síndrome respiratorio agudo severo (SRAS), OMG, etc.), hacen primar su competencia técnica y con demasiada frecuencia acuñan términos que «cojean» desde el punto de vista lingüístico. Ya hemos hecho referencia a la problemática que plantea el lenguaje técnico y científico, así como el contacto insuficiente entre traductores y profesionales de esos campos.

 

      Por otra parte, la propia temática de los textos de una organización internacional como la UE es particularmente propicia a la aparición de un tipo concreto de neologismo. En efecto, el fuerte contenido político de sus actividades y la omnipresencia de la actualidad internacional hacen que aparezcan con frecuencia conceptos nuevos que reflejan nuevas realidades políticas e ideológicas. Expresiones como green line, Third Way, Quartett, rogue state, weapons of mass destruction, Road Map, governance, truth commission, etc., conforman un lenguaje político plagado de consignas y de etiquetas de conveniencia. Una insuficiente reflexión –que a veces resulta inevitable–, junto con un planteamiento poco concertado de estos problemas ocasiona por lo general cierta proliferación de soluciones igualmente buenas o malas, pero que enturbian la comunicación de la información. El caso de rogue states es bastante ilustrativo. Las traducciones constituyen una plétora confusa: estados bandidos, estados bellacos, estados bribones, estados canallas, estados criminales, estados delincuentes, estados gamberros, estados granujas, estados ilegales, estados irresponsables, estados parias, estados pícaros, estados piratas, estados rufianes, estados truhanes, estados terroristas, estados tramposos, estados villano, estados canallas... (Solà 2001: 4). Hay que reconocer que se trata de una expresión de difícil traducción, y que entre las propuestas hay varias perfectamente aceptables. Es de lamentar, sin embargo, que no se haya conseguido una convergencia unificadora. Esto se debe, quizás, a una falta de coordinación voluntarista en el mundo de la traducción institucional y en el del periodismo, donde no existe autoridad reconocida que pudiera hacer una propuesta definitiva.

      Así ocurre que una lengua puede adquirir un atraso crónico en la creación neológica: «La lengua inglesa produce anualmente miles de neologismos (unos 25 000, de los cuales quedan en los diccionarios de inglés alrededor de 8 000). Se necesita correr mucho para alcanzar a esa proliferación de palabras nuevas, y lo cierto es que siempre existe un considerable retraso para encontrar términos adecuados, no sólo en español sino en otras lenguas» (Segura 2001).

 

 

6.4. El aporte del especialista

 

      Los especialistas –delegados y técnicos nacionales– que participan en la elaboración legislativa junto con los funcionarios comunitarios competentes condicionan también la dimensión lingüística de los textos resultantes. En una organización con tal variedad de competencias como la UE los traductores rara vez son especialistas en un campo concreto, por lo que las sugerencias de los técnicos de las distintas delegaciones ofrecen una aportación fundamental en la traducción de textos técnicos. En consecuencia, el traductor necesita una comunicación suficiente con los expertos nacionales (Muñoz y Valdivieso 2002)[9]. Los servicios de traducción, y sobre todo los juristas lingüistas, son de algún modo los notarios lingüísticos que «certifican» la equivalencia de las distintas versiones respecto del original. Por eso, tras recibir y estudiar toda sugerencia o propuesta procedente del plano nacional, les compete decidir. Otro tanto puede decirse de los contactos con los especialistas ajenos al entorno comunitario de creación legislativa, es decir, el mundo profesional y universitario.

 

      Hay que decir, sin embargo, que con frecuencia se observa que la competencia técnica del especialista no va aparejada a la competencia lingüística. Efectivamente, ya hemos visto que estos mediadores lingüísticos son muy permeables a la interferencia y, mientras que su aportación en cuanto al fondo es inapreciable, en la forma suelen ofrecer sugerencias excesivamente tributarias de la lengua original[10]. Está en la mano del traductor, obviamente, distinguir entre ambas competencias y, respetando la técnica del especialista temático, ejercer la suya propia de especialista lingüístico.

 

      Un caso particular en este sentido lo constituyen los términos utilizados en textos técnicos o científicos que, sin embargo, en la lengua original pertenecen al léxico general. El especialista que carece del dominio suficiente de dicha lengua puede conocer el término sólo en relación con su campo profesional y creer así, equivocadamente, que se trata de un tecnicismo. Es así como empezó a imponerse disruptor endocrino para endocrine disruptor (del Cerro 1999: 11). El traductor sí que puede teóricamente identificar el término como lo que es y traducirlo por otro general en español. Ahora bien, pueden ocurrir dos cosas. La primera, que el traductor generalista se sienta intimidado por un término que dentro de un contexto técnico se le hace opaco (pese a que lo conoce en la lengua general, puede desconocer su significado preciso en el lenguaje técnico). En ese caso, ante la duda, lo menos arriesgado siempre se considera el préstamo o el calco. Después de todo, el traductor puede pensar que lo más probable es que los especialistas destinatarios del texto, familiarizados con los temas de que trata, conozcan muy bien el significado del término opaco o confuso y hasta se encuentren más a gusto con que se deje en el idioma original. La segunda posibilidad es que el mundo profesional ya lleve tiempo utilizando el préstamo o calco y el traductor concluya que está acuñado como norma. Entonces habrá de rendirse a la evidencia y utilizarlo él también. Por el contrario, si el problema se descubre a tiempo, un diálogo con los especialistas puede llevar a que el traductor comprenda mejor el concepto que expresa el término, perdiéndole así el miedo y atreviéndose a traducirlo según su competencia. También puede llevar a sensibilizar a los especialistas de que el término no tiene por qué traducirse con un tecnicismo, y a difundir entre ellos uno más adecuado.

 

 

6.5. La traducción como acto administrativo

 

Aparte de la dimensión consuetudinaria del eurolecto, ocurre ocasionalmente que la autoridad administrativa establece un uso oficial determinado, que será así de obligado cumplimiento para el traductor. Listas de topónimos, códigos de países, orden protocolario de enumeración… Estos usos pueden estar recogidos en libros de estilo, guías de redacción, etc.

 

Otro ejemplo de convergencia inducida es el caso de ciertos programas, organismos, etc. a los que se da una denominación única en todas las lenguas oficiales, con el fin de conseguir una especie de logo multilingüe que sea transparente. Tenemos así PHARE, Regio, Leonardo, EuropeAid, Erasmus, e-Europa, etc. De nuevo, la mejor traducción es la que no lo es. En este caso, el traductor se ve con frecuencia abocado al préstamo, puesto que el paralelismo formal puede haberse decidido ya previamente, antes de que el texto llegue a sus manos, ya en la fase de la concepción del programa. En el caso del euro, el Consejo de la UE decidió[11] expresamente no sólo un nombre único en todas las lenguas oficiales para la unidad monetaria europea sino también para su fracción, el cent (si bien para ésta admitía dobletes nacionales).

 

Casos similares se dan, claro está, en otras organizaciones. Por ejemplo, en el Consejo de Europa, cuyas lenguas oficiales son el inglés y el francés, un determinado documento normalizado en el que se consignan cursos, títulos y conocimientos de idiomas, se denomina «portfolio of languages/des langues». El término portfolio se ha mantenido, así sin traducir, entre otros idiomas, en español.

 

Ni qué decir tiene que las lenguas elegidas para estas etiquetas son las principales lenguas de redacción, antes el francés y hoy el inglés. Aquí se da la paradoja de que el término «traducido» al español, por ejemplo, puede resultar más comprensible para el hablante inglés que para el español, pese a que en teoría es para éste para quien se traduce... Cabe mencionar en este sentido un atenuante, y es el esfuerzo que se hace ocasionalmente por que la denominación común sea en una lingua franca más neutra, el latín o el griego (Eureka), o bien consista en un nombre propio (Galileo, Sócrates), que siempre resulta más neutro respecto de una lengua particular y del que no se espera una traducción (González 1994: 2).

 

 

6.6. La premura. El imperativo del plazo

 

      Un tipo de condicionante que no por prosaico tiene menos peso son las servidumbres administrativas, como por ejemplo los plazos. En un contexto que, según venimos trazando, tiende a favorecer la infratraducción, el uso de préstamos y calcos, la premura con la que a menudo ha de trabajar el traductor es un factor que alimenta esa corriente. En efecto, ante un término especializado, nuevo o que, por otros motivos, ocasiona vacilación, cuando no es posible documentarse lo suficiente, investigar una duda, o bien reflexionar y sopesar posibles soluciones, contrastándolas con otras opiniones, siempre será un recurso mantenerse formalmente lo más cercano posible al original.

 

 

6.7. Una norma lingüística única

 

      Citaremos, para mantener cierto optimismo, un problema que puede existir en otras organizaciones internacionales para el español y en la UE para otras lenguas, pero que no se da en la UE para el español. Se trata de la existencia de varias normas lingüísticas distintas porque la lengua se hable en varios países. En efecto, en las Naciones Unidas la diversidad de normas para el español (variedad peninsular o de los diversos países latinoamericanos) requiere la consensuación de una variedad neutra más o menos artificial (puesto que no corresponde a la norma de ningún lugar concreto). Ocurre lo mismo en la UE con el alemán de Alemania y el de Austria, con el francés de Francia, Bélgica y Luxemburgo, con el inglés de Irlanda y el de Inglaterra. Para el español, sin embargo, la norma es única y ello facilita un aspecto de la tarea del traductor.

 

 

6.8. La acumulación

 

Los fenómenos a los que hemos pasado revista, que responden como hemos dicho a un conjunto de factores de influencia, pueden tener al igual que éstos un efecto acumulativo cuyo resultado son textos que, en casos extremos, difícilmente pueden considerarse homologables como textos «en español», ya que presentan demasiadas características propias de otra lengua. No es sólo que sean textos de jerga científica, técnica, jurídica o administrativa, o que pertenezcan a un sociolecto como el de la Unión Europea, las Naciones Unidas o el Fondo Monetario Internacional. También resultan extraños y difícilmente alcanzan la calidad de redacción imprescindible para una buena comprensión. Las instituciones de la Unión Europea, por ejemplo, tratan de reflejar la doctrina de la transparencia política con instrucciones sobre la «calidad de la redacción» de los textos comunitarios, pero, como en ellas apenas se alude a las traducciones y éstas se ven a menudo arrastradas por la corriente de influencias que estamos tratando aquí, el resultado no siempre es todo lo satisfactorio que podría.

 

 

7.  Posibles pistas de cambio

 

      Hemos analizado los parámetros teóricos que conforman la relación entre interferencia, cambio lingüístico y traducción institucional. Así, hemos determinado algunos de los influjos lingüísticos y extralingüísticos a los que está sometido el traductor en su tarea. Nos hemos preguntado si, como traductores institucionales, estamos desempeñando plenamente nuestro papel de profesionales de la resistencia a la interferencia, de cogestores del cambio lingüístico. Cuando se achaca al español un inmovilismo neológico[12], por ejemplo, tenemos que plantearnos si nuestra actuación está a la altura de las necesidades del momento. Máxime cuando una lengua que es tributaria de la creación neológica de la lengua hegemónica va perdiendo irremediablemente vitalidad en este sentido, con lo que la función creadora recae con más peso si cabe en el traductor.

 

      En nuestra opinión, no puede decirse que nuestros textos presenten una calidad inferior (en el sentido de la claudicación ante la interferencia) a la de tantos otros ámbitos actuales. Pero es innegable que, como traductores, se nos supone una función y unos mecanismos de resistencia que no se les suponen al periodista, al político o al científico. Los factores que inducen al préstamo y al calco (atracción fatal, familiaridad etimológica, hegemonía del inglés...) se potencian cuanto menos «impulso traductivo» se dé en la operación de traducir. Por ello, en nuestros textos la claudicación, si bien se explica, no tanto se justifica. Pensamos que con demasiada frecuencia el traductor institucional se deja arrastrar innecesariamente por la fuerza del original inglés, es decir, confiere a éste como lengua una autoridad que a él lo discapacita de facto.

 

      Y, simplemente, no tiene por qué ser así. Podemos imbuirnos de forma más deliberada de una autoridad que estamos capacitados para ejercer, por una parte como profesionales competentes, y por otra, como creadores de discurso oficial (político y legislativo) que, en varios sentidos, se impone de hecho al ciudadano-hablante. Podemos también asumir una actitud más voluntarista en la gestión del cambio lingüístico. Esto se manifestaría en dos niveles:

 

-    En la lengua general, dando preferencia siempre que sea posible a formas idiosincráticas, aun cuando no deriven naturalmente de la que encontramos en el original; recordando, así, aquellas parcelas de nuestro acervo lingüístico que van quedando abandonadas con el tiempo porque no se corresponden exactamente con nada en la lengua de prestigio.

 

-    En la neología, mediante un esfuerzo decidido y renovado de auténtica creación, aprovechando los recursos intrínsecos de la lengua en lugar de ceder sin más al préstamo y al calco. En concreto, merece la pena:

. ahondar en los procedimientos de creación y derivación léxicas naturales al español

. realizar una prospección en acervos léxicos que hoy por hoy no se explotan lo suficiente, como son el del pasado (palabras de los últimos dos siglos, por ejemplo, que pueden haber quedado arrinconadas en el uso y por ello se podrían revitalizar fácilmente[13]) y el de las hablas latinoamericanas (que con frecuencia han preservado palabras perdidas en la Península o han osado variaciones desconocidas entre nosotros, como la cada vez más aceptada ningunear).

 

Este segundo aspecto se concretaría, en el campo de la traducción institucional, en:

 

-    Una labor resuelta y organizada de reflexión ad hoc (es decir, fuera de los circuitos organizativos de la traducción inmediata y de las servidumbres que éstos imponen); parte de esta labor consistiría en la potenciación de los servicios de terminología como receptáculo y cauce de los esfuerzos de los traductores.

-    Un debate y un diálogo permanentes entre personas e instituciones interesadas y competentes (traductores y especialistas, organizaciones internacionales y nacionales…).

-    Una actividad amplia de difusión de las conclusiones del debate, a fin de promover su implantación y evitar así la proliferación de variantes superfluas.

 

Todo ello podría tomar la forma de foros institucionales de reflexión y debate.

 

 

8.  Conclusión

 

      En ese movimiento de ida y vuelta que supone la traducción institucional respecto de su contexto sociolingüístico, merece la pena plantearse cuál es la aportación que inevitablemente realiza a la lengua actual, en la que va depositando su caudal. ¿Será éste limo fertilizante, o más bien arenas movedizas?

 

      Hemos visto el efecto multiplicador que tienen en la lengua las distintas manifestaciones de la influencia de la lengua inicial, a fortiori cuando es hegemónica, en la final: ambigüedad léxica (sinonimias o polisemias inducidas), simplificaciones innecesarias, distorsión de las relaciones internas de oposición, alud de términos técnicos... Todas estas interferencias acumuladas, legitimadas por su asociación con el uso prestigiado de la lengua dominante, pueden provocar en un texto un síndrome que dificulte su comprensión. El hablante medio, que desconoce los mecanismos internos del nuevo sistema y por tanto no puede servirse de ellos, queda así desposeído de su propio instrumento de expresión y de comunicación. Ahora bien, esto tiene unas consecuencias nada triviales cuando sucede en relación con textos legislativos, elaborados por un servicio público y dirigidos al ciudadano. Contra lo que se afirma frecuentemente, estos cambios no siempre se producen para racionalizar el sistema o para cubrir una necesidad expresiva. Responden muy a menudo a una simple necesidad subjetiva de manifestar la conexión con el grupo prestigiado; otras veces, a una mera dejación ante la corriente imperante.

 

      Esto, en cuanto a la estabilidad de la lengua imprescindible para mantener la función comunicativa. Pero, además, toda lengua precisa de un mínimo de vitalidad creativa para estar en el mundo, para adaptarse a las nuevas realidades (progreso técnico y científico, globalización, actualidad política...) que van surgiendo. Es esta vitalidad lo que permite una creación neológica adecuada a las nuevas necesidades y acorde con la idiosincrasia de la lengua[14].

 

      Así pues, podríamos decir que dos guías fundamentales para evaluar la aportación que está realizando la traducción institucional a la lengua de la que bebe, dentro de su proceso de cambio continuo, serían:

-    la búsqueda de la inteligibilidad, la claridad y la precisión, en beneficio del destinatario del mensaje

-    la constitución de un vocabulario adaptado a las realidades del momento.

 

      La importante función que ha tenido históricamente el traductor como mediador interlingüístico y, por ende intercultural, adquiere hoy día especial relieve. Aun a riesgo de caer en el tópico, lo cierto es que nos parece que la traducción está en una encrucijada. En ella confluyen poderosas fuerzas que la pueden bien desvirtuar y postergar, o bien vigorizar e impulsar. Los extraordinarios avances técnicos facilitan como nunca la tarea del traductor, pero también la pueden condicionar con sus servidumbres, convirtiéndolo en un mero escribano autómata a poco que haya perdido el norte de su verdadera función.

 

      Los traductores institucionales debemos ser plenamente conscientes de la gran fragilidad de esta posición, pero también del enorme potencial positivo que ofrece. Ante las fuertes presiones que pesan sobre nuestra labor en el mundo globalizado de hoy, el punto de anclaje más sólido y más flexible a la vez es la recuperación de la propia esencia y dignidad de nuestra labor, lejos de complejos y derrotismos tan frecuentes como injustificados.

 

      Si sabemos mantener una actitud de adaptación activa y discriminante ante el cambio, podremos contribuir a dejar en él nuestra impronta, a ejercer nuestra parte de autoridad-crédito, encauzándolo de manera que enriquezca la lengua y que el ciudadano pueda disponer de ella como el instrumento imprescindible para estar con peso propio en el mundo de hoy.

 

 

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*  La exposición de hechos y opiniones que hacen los autores en la presente comunicación es a título personal y no coincide necesariamente con la posición oficial de las instituciones de la UE. Versión electrónica supervisada por los autores del texto publicado en las Actas del II Congreso Internacional “El Español, lengua de traducción”, de P. Hernúñez y L. González (coords.), Comisión Europea, Toledo, 2004, págs. 445-480. http://www.esletra.org/Toledo/html/contribuciones/munoz-valdivieso.htm  

[1]  «El cambio lingüístico tiene su origen en el diálogo: en el paso de modos lingüísticos del hablar de un interlocutor al saber del otro. Todo aquello en que lo hablado por el hablante -en cuanto modo lingüístico- se aleja de los modelos existentes en la lengua por la que se se establece el coloquio, puede llamarse innovación. Y la aceptación de una innovación, por parte del oyente, como modelo para ulteriores expresiones, puede llamarse adopción» (Coseriu 1988: 78).

[2] Este fenómeno, por cierto, no es sino una repetición de otros de nuestra historia anterior: «[the] function of the various prestige languages in the standardization of our Western languages (…) The shared experience of successive superstrata welded Western civilization (…) into a community of linguistic culture which shared a style of writing, a body of new words coming with new things, an abstract lexicon, and a manner of metaphoric expression» (Kahane 1986: 504-5).

[3]  Según recoge Calvet (2002: 135) citando a Heilbron, con datos aún de 1978, aproximadamente el 40% de las obras traducidas en el mundo lo son del inglés. Siguen el francés, alemán y ruso con un 10% a 12%. Es lógico pensar que la proporción del inglés haya aumentado desde entonces, como también que, en determinados campos, esa cifra sea muy superior, hasta acercarse en algunos casos al 100%.

[4]  «…the attitudes to language expressed by many people are prescriptive, whereas scholars usually take the view that linguistics is a descriptive 'science' which has no place for value-judgments» (Milroy y Milroy 1991: 11).

[5]  Moreno (1990: 187-200), a partir de un estudio de campo realizado en varios entornos españoles, delimita algunos de los factores que generan prestigio lingüístico entre los hablantes: la corrección, la eficacia comunicativa, la cultura y el mundo intelectual, la formación superior, la clase política; el prestigio en general vendría dado por la categoría social, el éxito profesional y hasta las cualidades morales… Observa que los hablantes, «afirmativamente con toda contundencia» desean hablar como las personas que según ellos hablan bien.

[6]  De hecho, parece que en épocas históricas anteriores fue así como se concebía la traducción: «[in the Twelfth Century Renaissance] Translation from Greek and Arabic into Latin (…) rested on the conviction that only strictest literalness, verbum in verbum, could do justice to the text» (Kahane 1986: 497).

[7]  Un aspecto que, de paso, merece reflexión es la actitud de la RAE en el proceso de cambio. En este sentido, ha sido objeto de críticas por parte de quienes la consideran excesivamente tolerante hacia la importación de anglicismos: «Creemos que compete al DRAE, como diccionario selectivo, no aceptar estas nuevas variantes, sino dejarlas «en capilla», señalándolas con letra cursiva y seguidamente explicando la razón o razones por las cuales no son recomendables, aunque hayan adquirido uso difundido. Creemos que la RAE no debe hoy día omitir una mínima indicación de sus preferencias (...) Lo que se necesita son indicaciones orientadoras cada vez que empiece a difundirse en el mundo hispánico un anglicismo innecesario» (Segura 2003: 57-58). Es decir, que la RAE estaría haciendo dejación de su papel de máxima autoridad lingüística institucional, limitándose a registrar el uso con excesivo apresuramiento.

[8]  El condicionamiento se da en distintos grados, desde un acto legislativo que modifica o desarrolla otro cuya terminología ha de respetar, hasta la existencia del mismo concepto en actos del mismo o distinto ámbito, no necesariamente vinculados entre sí jurídicamente.

[9]  Cabe puntualizar aquí que el traductor comunitario es un funcionario estatutariamente independiente de cualquier gobierno nacional y por tanto sólo se debe a su institución. Así pues, únicamente está obligado a seguir las preferencias de una delegación nacional cuando la institución las hace suyas oficialmente (lo que sucede sólo de forma muy excepcional). De otro modo, se transmiten como sugerencias sobre las que el traductor decide según su propio criterio técnico.

[10]  Hasta el punto de que la sugerencia sea en la lengua original. Esto no sólo sucede en  la UE: «Consultado el experto o científico correspondiente, hemos recibido la recomendación de conservarlo en inglés y nos hemos dado cuenta de su sorpresa ante nuestra insistencia por encontrar la versión española adecuada» (Álvarez Borge 2002: 139).

[11]  Reglamento (CE) n.º 974/98 del Consejo, de 3 de mayo de 1998, sobre la introducción del euro (DO L 139/98, p. 1).

[12]  «Esta impresión de acuñación masiva autónoma de formas neológicas es totalmente errónea. Hay muchas pruebas (...) que apoyan la opinión de que en los doscientos últimos años el español apenas ha acuñado una voz nueva, ni ex nihilo (...), ni de palabras existentes, por muy polémica que resulte esta afirmación. Lo que sí ha hecho es copiar y adaptar neologismos extranjeros, anglicismos en la época de la posguerra, y galicismos en los dos siglos anteriores» (Pratt 1980: 45).

[13]  Es esto lo que se ha hecho con el vocablo gobernanza, cuya revitalización hay que agradecer al esfuerzo conjunto de Amadeu Solà y de la Real Academia, que recogió su propuesta.

[14]  Véanse, en este sentido, el concepto de «elaboration of function» y el derivado de «elaboration of vocabulary», Milroy y Milroy 1991: 32-33). Curiosamente, por la misma necesidad y el mismo proceso pasó el propio inglés desde que empezó a cobrar fuerza frente al francés del conquistador, hacia el siglo XIV y aún en el XVI.