Matrícula de segundo curso de Grado en adelante

Los estudiantes que quieran matricularse en el mismo título, deberán realizar su matrícula de forma telemática en el portal web automatrícula.

La realización de la matrícula de forma telématica supone la formalización de una matrícula definitiva.

Antes de hacer automatrícula es muy recomendable que tengas en cuenta la normativa universitaria, grupos, horarios, tu disponibilidad de tiempo real para dedicar al estudio.

Plazo general de matrícula: del 17 de julio al 5 de septiembre.

  • Documentación acreditativa de gratuidad, deducción o bonificación

Si es beneficiario de alguna deducción o exención de pago de los precios públicos de su matrícula, deberá aportar la documentación que lo justifique. Se entenderá otorgado su consentimiento para la consulta en las plataformas digitales, para las relativas a "Familia Numerosa" y "Discapacidad". En caso contrario, el interesado deberá aportar la información y adjuntar copia digitalizada de los documentos, en vigor, que acredite la condición o condiciones para las deducciones propuestas. 

No se solicitará la documentación en aquellos casos en que el Centro disponga ya en el expediente informático del estudiante de constancia documental en vigor que acredite la gratuidad, deducción o bonificación. En estos casos, se informará en el proceso de esta circunstancia. 

El estudiante es responsable de los datos y documentos anexados. La Universidad efectuará las comprobaciones que correspondan, pudiendo requerir los documentos originales acreditativos de cualquier gratuidad, deducción o bonificación aplicada. En el caso de que no se aporte la documentación correspondiente a las posibles gratuidades o bonificaciones indicadas por el mismo al formalizar la matrícula, o que la aportada no acredite suficientemente las mismas, se entenderá que la matrícula es definitiva, si bien se procederá por parte de la Secretaría del Centro correspondiente a practicar una nueva liquidación ajustada a las condiciones realmente acreditadas o a modificar la forma de pago, en su caso. 

  • Mandado de domiciliación bancaria, en su caso.

En el caso en el que modifique la cuenta de domiciliación o sea la primera vez que utiliza esta forma de pago en los estudios en los que está matriculado deberá cumplimentar, descargar y firmar manuscritamente (el titular de la cuenta en la que se domicilia el pago) el modelo de mandato u orden de domiciliación, que desde automatrícula podrá obtener en el siguiente enlace: GURUM.

Este mandato u orden de domiciliación, una vez cumplimentado y firmado, deberás entregarlo en la Secretaría de tu Centro, a la mayor brevedad posible, para que tu matrícula pueda ser validada con estas condiciones.

El estudiante no tiene que entregar documentación alguna en la Secretaría de su Centro, ni el resguardo de matrícula, que obtendrá sellado por la Secretaría General de la Universidad (salvo lo indicado para la orden de domiciliación, en su caso).

 

Deberás matricularte de las asignaturas de los cursos inferiores con prioridad a las de los cursos superiores, pudiendo dejar sin matricular un número de créditos igual o inferior a 18 ECTS.

  •  Mínimo de créditos a matricular: 18 ECTS.
  •  Máximo de créditos a matricular: 72 ECTS.

Los estudiantes previamente matriculados en el periodo ordinario de matrícula, podrán acogerse a un periodo extraordinario para ampliación de matrícula y deberá realizarse de forma telemática a través del portal web automatricula, sujeto a las siguientes condiciones:

•    De aquellas asignaturas repetidas en las que se hubiera matriculado en cursos anteriores.
•    De un máximo de cinco asignaturas del segundo cuatrimestre cuando se trate de asignaturas matriculadas por primera vez.
•    Asignaturas pertenecientes a títulos en proceso de extinción, que no vayan a tener docencia en el curso siguiente de acuerdo con el ritmo normal de extinción.
•    Además, podrán matricularse en este periodo de todas aquellas asignaturas de 2º cuatrimestre cuya matrícula no fue posible en el periodo ordinario de matrícula por estar afectadas por incompatibilidad y ahora ya no estén en estas circunstancias.

En todo caso, los estudiantes a los que les sea de aplicación el Reglamento de Progresión y Permanencia de la Universidad de Murcia (matriculados por primera vez en un Título de Grado a partir del curso 2012/2013), deberán respetar el número máximo de créditos a matricular, establecido en el citado Reglamento:

  • Máximo de créditos a matricular: 72 ECTS.

El plazo para efectuar la ampliación de matrícula será del 10 al 29 de enero de 2024.

La matrícula del TFG se llevará a cabo en los mismos plazos y de la misma forma que el resto de asignaturas de la titulación.

Podrás matricularse del TFG cuando te queden un máximo de 72 créditos ECTS para finalizar la titulación. Deberás matricularte simultáneamente de todos los créditos que te resten para finalizar. (Excepcionalmente se podrá solicitar al Decano/Director del Centro, autorización para no realizar matrícula de un máximo de 6 créditos optativos, cuando el estudiante pretenda realizar actividades susceptibles de reconocimiento e incorporación al expediente como créditos CRAU)

Realizada la presentación y defensa del TFG, serás calificado por el tribunal y/o tutor o tutora, solamente cuando hayas aprobado las restantes asignaturas del plan de estudios en ese curso académico o en el siguiente. En caso contrario, deberás proceder a una nueva matriculación, presentación y defensa del TFG.

Cuando el trabajo haya sido presentado y defendido pero, como consecuencia de lo indicado en el apartado anterior, no haya podido ser calificado en ninguna convocatoria del curso académico, podrás realizar una nueva matrícula del TFG y proceder a la calificación de la misma en el curso inmediatamente siguiente, y por una única vez, sin coste económico adicional. En caso contrario será necesaria una nueva matriculación, a la que se dará el tratamiento de tercera matrícula.

Si una vez calificado obtuvieses la calificación de suspenso, procederá una nueva matriculación. 

Durante el plazo de automatrícula puedes modificar la matrícula tantas veces como sea necesario. Una vez finalizado, debes tener en cuenta lo previsto en las normas de matrícula para bajas y anulaciones de matrícula:

  • Baja total o parcial de matrícula con devolución del pago realizado. Las solicitudes de bajas de matrícula se formalizarán y resolverán en el portal habilitado al efecto siempre que se soliciten hasta el 30 de septiembre. En caso de haber pagado la matrícula se procederá a la devolución del importe.
El derecho a devolución de los precios públicos afectará a todos los importes abonados con la excepción de los abonados en concepto de formalización de dicha matrícula, los precios públicos por servicios administrativos universitarios.

Después de esta fecha no procederá la baja de matrícula salvo por causas sobrevenidas debidamente justificadas (enfermedad, intervención quirúrgica, fallecimiento o enfermedad grave de familiares en primer grado de consanguineidad, incorporación al mercado de trabajo por exigencias derivadas de empeoramiento de la situación económica familiar, etc.), procediendo únicamente la anulación de matrícula.

  • Anulación total o parcial de matrícula, deberá ser solicitada, en todo caso, hasta el 16 de octubre del año académico en curso.
    Lleva consigo la obligatoriedad de abonar el 50% de los derechos académicos correspondientes más los derechos de secretaría. 
Si has solicitado beca, debes renunciar primero a ella en la Sección de Becas de la Universidad.

Quienes se matriculen de segundo curso de grado en adelante deberán abonar las tarifas correspondientes por los conceptos de: 

  • derechos académicos 
  • gestión anual de expediente académico 
  • seguro escolar, en su caso 
  • y, seguro obligatorio de accidentes de la Universidad de Murcia.

Quienes realicen su matrícula en el plazo previsto deberán realizar pago inicial en concepto de formalización de dicha matrícula de los precios públicos por servicios administrativos universitarios, con arreglo al procedimiento establecido en la matrícula, a cuenta del importe total de los correspondientes precios públicos una vez aprobadas las respectivas tarifas. Dicho pago se realizará on-line en el momento de formalizar la automatrícula. En el caso de que se acredite alguna bonificación o exención aplicable, la Universidad procederá de oficio a la devolución de la cantidad que corresponda.

Si es beneficiario de alguna deducción o exención de pago de los precios públicos de su matrícula, deberá aportar la documentación que lo justifique. Se entenderá otorgado su consentimiento para la consulta en las plataformas digitales, para las relativas a "Familia Numerosa","Discapacidad" e "Ingreso Mínimo Vital". En caso contrario, el interesado deberá aportar la información y adjuntar copia digitalizada de los documentos, en vigor, que acredite la condición o condiciones para las deducciones propuestas.

Debes tener en cuenta el incremento de precios por crédito matriculado en segunda y sucesivas matrículas:

  • 1ª Matrícula: 16,78 €
  • 2ª Matrícula: 33,56 €
  • 3ª Matrícula: 72,71 €
  • 4ª Matrícula: 100,68 €

Si va a solicitar beca, puede formalizar su matrícula en la Universidad sin el previo pago de los precios públicos por servicios académicos, excepto los precios correspondientes a gastos de secretaría.

Calcular matrícula en este enlace.

Mantenimiento de precios públicos por causas sobrevenidas

Los estudiantes de la Universidad de Murcia que, en el último curso académico matriculado, no hayan podido superar asignaturas por causas sobrevenidas debidamente justificadas (contagios, enfermedad, intervención quirúrgica, fallecimiento o enfermedad grave de familiares en primer grado de consanguineidad, incorporación al mercado de trabajo por exigencias derivadas de empeoramiento de la situación económica familiar, entre otras) que hayan afectado a su rendimiento académico y determinado en la práctica la imposibilidad de superar asignaturas, podrán presentar solicitud para que se les mantengan en el curso académico 2023/2024 los precios de matrícula correspondientes al último curso matriculado y no los que le corresponderían si se tratase de una sucesiva matrícula de las asignaturas afectadas.

Bonificación por asignaturas repetidas del segundo cuatrimestre matriculadas y superadas en el primer cuatrimestre

El alumnado que estando matriculado en segunda o ulterior matrícula y superen en la convocatoria del primer cuatrimestre las pruebas conducentes a la obtención de los créditos de una asignatura del segundo cuatrimestre, tendrá derecho a una bonificación como máximo del 50 por 100 del precio de la correspondiente matrícula. Dicha bonificación se materializará como devolución de un importe igual a su cuantía que se hará efectivo antes del 30 de junio del año de que se trate.

La bonificación de referencia no se aplicará a los créditos superados por asignaturas obligatorias de tipo práctico, asignaturas optativas con todos sus créditos prácticos, ni a trabajos de fin de grado.

Forma de pago:

1) Mediante domiciliación bancaria, de la siguiente manera:

  • Recibo único (100% de derechos académicos, más los derechos de Secretaría no abonados). Será cargado en cuenta bancaria entre los días 1 y 15 de septiembre de 2023.
  • En ocho plazos, que serán ingresados, en iguales cuantías de derechos académicos, en las siguientes fechas:

•    el primero, entre los días 1 y 15 de septiembre de 2023;
•    el segundo, entre los días 1 y 10 de octubre de 2023;
•    el tercero, entre los días 1 y 10 de noviembre de 2023;
•    el cuarto, entre los días 1 y 10 de diciembre de 2023;
•    el quinto, entre los días 1 y 15 de enero de 2024;
•    el sexto, entre los días 1 y 10 de febrero de 2024,
•    el séptimo, entre los días 1 y 10 de marzo de 2024, y
•    el octavo, entre los días 1 y 10 de abril de 2024.

  • En dos pagos para finalización de estudios en convocatoria de febrero, que serán ingresados, en iguales cuantías, en las siguientes fechas:

•    1° Plazo: Será cargado en cuenta bancaria entre los días 1 y 15 de septiembre.
•    2º Plazo: Será cargado en cuenta bancaria entre los días 1 y 10 de octubre.

- El primero de los pagos incluirá, además, el total de los derechos de secretaría que correspondan, en su caso.

- En el caso de que el estudiante formalice matrícula con posterioridad a las fechas de los envíos establecidos, el importe de la misma se dividirá entre los plazos que aún quedan por enviar.

- Cuando se produzca el impago de alguno de los plazos se considerarán vencidos los plazos restantes, exigiéndose el pago de la totalidad de la deuda en un plazo de 10 días.

- El impago total o parcial de los derechos académicos correspondientes supondrá la anulación de oficio de la matrícula.

2) Sin domiciliar

  • En un único pago al formalizar la matrícula, haciéndolo efectivo en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día de formalización de la matrícula.

Domiciliación del pago

En el caso en el que modifique la cuenta de domiciliación o sea la primera vez que utiliza esta forma de pago en los estudios en los que está matriculado deberá cumplimentar, descargar y firmar manuscritamente (el titular de la cuenta en la que se domicilia el pago) el modelo de mandato u orden de domiciliación, que desde automatrícula podrá obtener en el siguiente enlace: GURUM.

Este mandato u orden de domiciliación, una vez cumplimentado y firmado, deberás entregarlo en la Secretaría de tu Centro, a la mayor brevedad posible, para que tu matrícula pueda ser validada con estas condiciones.

En cambio, si desea la domiciliación del recibo de su matrícula o el pago fraccionado en la misma cuenta, no tendrá que aportar documentación complementaria, solamente deberá comprobar que el número de cuenta IBAN es correcto.

Que hacer después de finalizar la realización de la matrícula

No tienes que entregar documentación alguna en la Secretaría, ni el resguardo de matrícula, que obtendrás sellado por la Secretaría General de la Universidad (salvo lo indicado para la orden de domiciliación, en su caso).

Podrás de imprimir y guardar el resguardo de la misma. Revisar las asignaturas matriculadas, precio, forma de pago y si se han aplicaco correctamentamente las gratuidades y bonificaciones, en su caso.