Admisión por traslado - Estudios universitarios extranjeros parciales o totales

Quienes pueden solicitar la admisión por traslado

Estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación, para continuar las mismas enseñanzas o equivalentes en la Universidad de Murcia.

Requisitos

  • Podrán solicitar su admisión aquellos estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación, para continuar las mismas enseñanzas o equivalentes en la Universidad de Murcia, a los que les sean reconocidos un mínimo de 30 créditos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del R.D. 412/2014.

Los/las estudiantes que no cumplan el requisito señalado en el apartado anterior, podrán solicitar plaza en la titulación correspondiente, formalizando la preinscripción y siguiendo el procedimiento general de admisión establecido en la normativa vigente.

Oferta de plazas

  • Estudiantes con estudios universitarios oficiales extranjeros: el 1% del total de las plazas ofrecidas por la titulación para estudiantes de nuevo ingreso.
TITULACIÓN NUEVO INGRESO ALUMNOS NACIONALES (1%)
BIOLOGÍA 90 1
BIOTECNOLOGÍA 60 1
C. AMBIENTALES 60 1

 

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de la solicitud con los correspondientes documentos anexados será del 15 de mayo al 20 de julio, de cada año. 

Finalizado el plazo no se admitirá ningún otro documento que no figure junto a la solicitud.

Una   vez   firmada   y   abonada   la    tarifa    que    corresponda,    si    se quisiera    renunciar de forma expresa a tomar parte en dicho procedimiento con derecho a la devolución de la tarifa, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes de forma telemática mediante presentación de instancia básica en el Registro electrónico de la Universidad de Murcia indicando el IBAN de la cuenta bancaria en la que solicita se realice dicha devolución.

Documentación

Con la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación requerida para la solicitud de convalidación de estudios universitarios extranjeros, recogida en las normas de matrícula de la Universidad de Murcia:

  • Impreso de solicitud de admisión por trasladoNo es necesario en caso de la presentación de la solicitud a través de mi campus.

  • Documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante: DNI, pasaporte, NIE, etc...

  • Certificación académica personal expedida por la universidad de procedencia de los estudios realizados por el/la solicitante para su obtención, en la que consten, entre otros extremos, las asignaturas cursadas y la carga horaria de cada una de ellas. No se admitirá borrador de la certificación académica o similar, siendo indiferente que la universidad de origen lo haya emitido o no dentro del plazo de presentación de solicitudes. Únicamente se valorarán las certificaciones académicas emitidas dentro del plazo de presentación de solicitudes.

  • Programas o guías de las asignaturas superadas, donde consten contenido y amplitud, debidamente autentificadas por el centro correspondiente. 

  • Plan de estudios de la titulación cursada por el/la solicitante en que conste la duración de los estudios en años académicos y las asignaturas que lo integran, autenticado - sellado o firmado - por la Universidad de origen.

  • Documento oficial que acredite que la universidad de origen está autorizada o reconocida en el sistema de educación superior del país correspondiente

  • Documento de equivalencia de notas medias de los estudios universitarios realizados en centros extranjeros, expedido por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte.

  • Traducción oficial, en su caso

  • Justificante de haber abonado la tarifa administrativa por estudio de expediente por reconocimiento de créditos y convalidaciones. Puede efectuar el pago en el portal GURUM de la Universidad de Murcia con el cocepto "Estudio Expediente Reconocimiento. de créditos y convalidaciones. Resto de instituciones".

Todos los documentos que se aporten a estos procedimientos, deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate, legalizados y traducidos al castellano, en su caso

Lugar de presentación

  • En Mi campus. Acceso con: certificado electrónicocl@ve o cuenta UMEsta será la opción preferente de presentación.
  • Si no fuera posible, según el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la solucitud podrá presentarse:
    • En el Registro electrónico de la Universidad de Murcia, mediante el procedimiento "Admisión con estudios universitarios oficiales iniciados" así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la citada Ley.
    • En las oficinas de asistencia en materia de registros de cualquiera de la Administración General del Estado, administraciones de las comunidades autónomas, entidades que integran la administración local y el sector público institucional.
    • En la Secretaría del Centro con cita previa.
    • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. Ha de enviarse a la siguiente dirección: Secretaría . Facultad de Biología, Campus de Espinardo. Universidad de Murcia. CP 30100 Murcia (España)
    • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Resolución

Las solicitudes serán resueltas por el Rector, quien podrá delegar en el Decano/a.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se dictará resolución provisional de admitidos antes del 15 de septiembre.

Los/las solicitantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la citada resolución para presentar las alegaciones o reclamaciones que estimen oportuno. Las peticiones se realizarán mediante presentación de instancia básica en el Registro electrónico de la Universidad de Murcia dirigida al centro al que esté adscrita la titulación cuya admisión se solicita.

Examinadas y atendidas, en su caso, las alegaciones a que se refiere el apartado anterior, se dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de admitidos

Las resoluciones, tanto provisional como definitiva, serán notificadas a los interesados de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas. A estos efectos, la publicación de las listas de admitidos y excluidos en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia, tendrá carácter de notificación a los interesados de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.a) de la citada Ley.

Matrícula

En caso de admisión, el/la estudiante deberá formalizar la matrícula en la titulación correspondiente de esta Universidad, y para el curso académico para el que haya sido admitido. La matrícula se realizará en la Secretaría del Centro, solicitando cita previa

El estudiantado admitido en la Universidad de Murcia, a través de este procedimiento, tendrá acceso a las enseñanzas oficiales desde que formalice la matrícula, pero teniendo en cuenta que se incorpora en el momento en el que se encuentre el curso académico, sin posibilidad de que se retrotraigan las clases teóricas, las clases prácticas o cualquier otro derecho.

Si el/la solicitante no llegara a formalizar su matrícula, quedará sin efecto la admisión y autorización de matrícula correspondiente, dando traslado de dicha actuación al interesado para su conocimiento.

Normativa