null Jornadas extraordinarias

Fecha de notificación: 21/06/2012

Estimado/a compañero/a:

Al objeto de facilitar a los miembros del PAS con jornada extraordinaria, así como alternativas para el cumplimiento de jornada y horario, cuando por razones de austeridad, el Centro, edificio o unidad en el que se presten servicios, permanezca cerrado, en jornada de tarde (singularmente durante la segunda quincena del próximo mes de julio), lo que puede suponer en algún caso dificultad para cumplir, en sesión de tarde, con los requerimientos de la jornada extraordinaria, teniendo en cuenta lo previsto en el apartado 4.4.6 del documento sobre "jornadas y horarios del PAS" y en la Circular de esta Gerencia 1/2000, se comunica:

  1. Con carácter general, el periodo de horario reducido es el comprendido entre los días 1 de julio y 15 de septiembre.
  2. En dicho periodo, se minora la jornada, en cómputo semanal, en cinco horas (una menos día).
  3. Se reduce a una tarde la exigencia de las jornadas extraordinarias.

Por ello, si en la segunda quincena de julio, permanece cerrado el centro, edificio o unidad, se podrá completar la jornada extraordinaria, durante la primera quincena de julio, realizando dos tardes cada semana.

En cualquier caso, en dicha segunda quincena, se dispondrá de intervalo horario suficiente en el que completar jornada durante la mañana.

Ref: 148/2012