null Gerencia Informa 10/2004: Resoluciones de Ayudas Sociales y Becas de Estudio para el personal de nuestra universidad

Fecha: 28-05-2004

En la Mesa de Universidad celebrada el pasado día 20 de mayo actual se negociaron y aprobaron los temas que se especifican seguidamente y que han dado lugar a las siguientes Resoluciones rectorales:

Resolución nº 160/2004, por la que se aprueban las normas de concesión de ayudas sociales al personal de nuestra Universidad.

Como novedades más destacadas se pueden señalar las siguientes:

  • la asistencia a las sesiones de la Comisión de Ayudas de un asesor sanitario cualificado.
  • el automatismo en la concesión de las ayudas por "férula de descarga", "mantenedor de espacios", "intervenciones quirúrgicas para corregir defectos visuales" y "tratamiento de logopedia", sin que sea preciso que sean estudiadas previamente por la citada Comisión.
  • la no necesidad de presentar el Libro de Familia, cuando los datos ya consten en la Administración universitaria.
  • el establecimiento de un anticipo reintegrable de carácter excepcional, en caso de enfermedad grave que precise ayuda económica urgente, compatible con los anticipos normales, por un importe máximo de 1.800 euros.

Resolución nº 161/2004, por la que se determinan las modalidades, cuantías y umbrales de las ayudas sociales al personal de nuestra Universidad.

La novedad más destacable consiste en el redondeo de los importes en euros completos, sin decimales ni referencia a las pesetas, así como en la incorporación de los importes y límites de las ayudas por "férula de descarga", "mantenedor de espacios", "intervenciones quirúrgicas para corregir defectos visuales" y "tratamiento de logopedia".

IMPORTANTE: Ambas Resoluciones entrarán en vigor el 1 de junio de 2004.

Resolución nº 162/2004, por la que se convocan becas de estudio en Centros universitarios para el personal de la Universidad de Murcia, para el curso 2004/2005

Las principales novedades son:

  • inclusión de los estudios en la UNED para el personal de la Universidad de Murcia (no los beneficiarios).
  • inclusión de los gastos de 2ª matrícula en los estudios en otras Universidades (incluida UNED), igualmente para el personal de la Universidad de Murcia (no los beneficiarios)
  • eliminación de la necesidad de presentar certificación de la Universidad para acreditar que los titulares se encuentran en el ámbito de aplicación de la ayuda, así como de la aportación del Libro de Familia, si los datos ya constan en la base de datos de ayudas sociales o al estudio.

Se llama la atención del personal que solicita ayudas para estudios de sus hijos u otros beneficiarios en otras Universidades distintas de la de Murcia, en el sentido de que las solicitudes de ayuda se deben presentar dentro del plazo (este curso próximo hasta el 3 de enero de 2005), sin necesidad de esperar a disponer de todos los recibos del pago de matricula realizado y sin perjuicio de aportarlos cuando lleguen a su poder. De esta manera evitaremos las molestas solicitudes fuera de plazo, que, como se sabe y así está dispuesto en la Norma 4.3 de dicha Resolución, sólo se atienden si existen disponibilidades presupuestarias y razones que justifiquen la demora. Se recomienda, pues, que la solicitud se presente antes de que termine el plazo ordinario.

Se recuerda a todos que las citadas Resoluciones se encuentran en la Página WEB de nuestra Universidad.

Reciban un cordial saludo

Roque J. Ortiz González
Gerente de la Universidad de Murcia

Ref: 10/2004