Sal

Sal, salis, sale, salim, sall, çal, sal gema, v. compas .- Cast. "sal", elemento fundamental en el mundo medieval para conservar carnes, pescados en salazón. Tuvo también uso en la conservación de pieles y curtido de las mismas. La unidad de medida de la sal era el cafiz, v. v. cafiç. Se obtenía mediante el proceso de evaporación en balsas o extraida del propio terreno de la sal gema, conocida con el nombre de "sal de compás".Véase amplia doc. en voz compas

-v. DCVB, v. sal; AGUILO, Diccionari, v. c.; PEGOLOTTI, Práctica mercatura, ed. Evans, v. sale, que traduce como "salt", con 18 ref.

-978: Concesión al infantado de Covarrubias por el conde Garci Fernández "In Poza: medietate in illo pozo de illa sale ..." ... "in Annana: illo monasterio que vecitant Sancti Jacobi et XX eras de sale". (SERRANO, Infantado Covarrubias, 18, 19) S. Moreta
-1070: Sancho II a Oña: "Et damus illam decimam de Annana, tan de sale quam etiam de argento, et de totas illas aluaras..." (DEL ALAMO, Oña, p. 96, doc. agosto 1070) S. Moreta
-S. XII: Portazgo Fuero de cuenca, "de honere salis, II denarios". y de hostalaje, "de honere salis, I obolum". (UREÑA ed., Fuero de cuenca, 836, 851) Miguel Gual
-1154-56: "Prendan sendos cafices de sal cad anno et den en precio de aquestos cafices sendos mencales". (SANCHO IZQUIERDO, Fuero Molina, 65) J. Carrasco
-1172: Alfonso VIII dona al monasterio de Santa Mería de Valbuena un pozo salinero in Bonela "ut unoquoque anno inde habeatis CLX cafices domui vestre salis et omnium hominum espensam qui hoc opus fecerint". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 283, doc. 167) J. M. Mínguez
-1172-1182: De 32 cargas de sal se paga 1 mr. en el portazgo de Alfarilla. (T.M.C. 1. 3, d. 45, p 286-288) José Luis Martín
-1173: Alfonso VIII concede al monasterio de Santa María de Sacramenia "unum puteum salis in Navafrigida, quem vos ipsi aperire fecistis in quo singulis annis ducentos cafices de sale vos habere mando". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 295-296, doc. 175) J. M. Mínguez
-1175: Alfonso VIII dona a la catedral de Sigüenza, "illud sal quod factum fuerit in salinis illis Sancti Iusti ... sicut avus meus imperator Ildefonsus dedit Bernardo predicte eclesie episcopo primo ...". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 396, doc. 238) J. M. Mínguez
-1179: Alfonso VIII pone la primera piedra del monasterio de Huerta y dona a los monjes "salinas de Landet qual habeo in Medinaceli cum exitibus et omnibus pertinentiiis suis et cum acequiis et cum omnibus que ad illas pertinent salinas usque ad rivum de Salon". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 567, doc. 337) J. M. Mínguez
-1192: Los monjes de Oña percibieron doscientos aureos anualmente de las rentas de las salinas de Rosio. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 59, nº 596) M. L. Guadalupe
-1192: "Et preter hoc, dono et concedo uobis alios centum morabetinos in predictis salinis de Rosio, et centum et quinquaginta almudes salis de mensura Burgensi ..." ... "Dono etiam preface ecclesie de Onia et uobis prenominato abbati Pedro, alios centum morabetinos annuatim im perpetuum percipiendos in Salinis de Rosio, in concambium pro quadraginta duabus areis, quan in puteo de Rosio habebatis, et michi concessitis, necnon et alios quatuor centros almudes salis et duodecim uobis dono per mensuram burgensem annuatim imperpetuum percipiendos en Salinis Rosio...". (ALAMO, Oña, 359, 362) S. Moreta.
-s. XIII: "condidura deven aver en dias d¡aiunio, colgar la celdera et echarli de la agoa, quoanta menester sea, et sal, et pasar la oliera tres vezes aderedor por la escudieylla, teniendo el polgar en la boca de la oliera; et deven dar en cada escudieylla una ceboylla" (s. XIII. D. Gral. de Navarra, ed. Ilarregui, lib. III, tit IV, capt VI, p. 45) Miguel Gual
-1257: En esta fecha el rey de Aragón ordena a los de Daroca que si vende sal de los dominios reales en su término, valga la fanega dos dineros más que las sal de fuera de los dominios reales. (CAMPILLO, Daroca, 37, doc. 15) J. Zabalo
-1258: Gastos efectuados por el infante D. Pedro, hijo de Jaime I, en Barcelona, en este día de 3 de abril de 1258: 6 sueldos para leña, 7 sueldos para sal, 2 sueldos para coles, 20 sueldos para juyvert (perejil), 3 sueldos para vinagre, 3 sueldos para "mostaylla" (mostaza) (MIRET, Itinerario Jaime I, 273) Miguel Gual
-1262: Jaime I otorga a Miguel Violeta "almudinum salis et venditionem salis dicti almudin", a censo o tributo de 500 sueldos jaqueses anuales, de los que le otorga 200 como gracia especial. "Et scriptores dicti almudini teneantur scribere et ponere in scriptis nomina hominum omnium villarum et locorum qui de dicto sale emerint", (CANELLAS, Col. dipl. Zaragoza, 202-203, doc. 99) Miguel Gual
-1367: "Et otrosí a lo que nos enbiavan pedir por merçet que los vasallos de Toledo de los lugares del su propio, que les podiesen traer e vender en los dichos lugares e en cada uno dellas de qualesquier partes la sal que oviesen mester, sin pena e sin calonya ... Respondemos que nos plaze que de aquí adelante que puedan traer e vender sal, la que mester ovieren para su manteniminto". (Cortes León-Castª., II, Burgos 1367, II, pet. 7, 158) L. Pascual
-1269: Exención real a los vecinos de de Daroca de la obligación de ir a Castelar, Remolino y su Almudín de Zaragoza por cierta cantidad de sal (que no se expresa), Mandándoles que por esto le den anualmente en diciembre 2000 cahices de sal y que por si no les convenía esto tendrían que pagarle 4 sueldos por cahiz. (CAMPILLO, Daroca, doc. 25) J. Zabalo
-1270: "Et todo(s) los que non som vezinhos e aduzen venda na vila, conuen a saber trigo, ceuada, milho, centeno, ou legumha, ou sal, ou azeiyte, ou pescado, ou fruytas, ou verças d'almuya (d'Almuya), deuen hir vender ao açougui". (PORTUGALIAE, Monum. Hist., II, 84) Miguel Gual
-1272: "Así, la llamada Arrixaca de los cristianos vino a constituirse en la colación de Santiago, y en donde se establecieron una de las tres carnicerías, bercerías y pescaderías que por privilegio otorgó Alfonso X a la ciudad de Murcia; igualmente hubo orden real de ser el palacio del rey en la Arrixaca el único lugar de la ciudad donde se pudiera vender la sal". (TORRES FONTES, El Obispado de Cartagena, 63) F. Arnaldos
-1284: "... A las dueñas del monasterio de Santo Domingo ... les damos ocho cafizes de sal, que las tomen cada año en nuestras salinas de Espartinas, y mandamos a cualquiera que tuviese estas salinas sobredichas por nos, o por el Infante don Juan, nuestro hermano, que les den cada año estos ocho cafizes de sal ...". (GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 31) L. Dapena
-1284: El rey nombra un guarda de las salinas de Daroca, de Albarracín y sus respectivas aldeas para que vigile y no permita la introducción de sal en dichos puntos, a no ser que fuera procedente de los mismos. (CAMPILLO, Daroca, doc. 71) J. Zabalo
-1287: Real carta al monasterio de Celanova, "Vayan libremente pora cuales caminos quisieren et lieven viandas para sus casas et para la tierra de Çelanova o fuere mester, salvo que non vayan por el camino de Levoreyro ... husado para Portugal, por que non deben ir mercadores de pannos et de sal, si los ouviere". (GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 176) L. Dapena
-1286: Real carta al monasterio de San Millán de la Cogolla, "Hubiesen de aquí adelante toda la sal de las sus eras que han en las salinas d'Aniana, sin tributo ninguno". (GAIBROIS, Sancho IV, doc. 120) L. Dapena
-1288: "Otrosi les quitamos todas las demandas que nos aviamos contra aquellos que fizieron los alfolis de la sal" (Cortes de León-Castª., I, Cortes de Haro de 1288, p. 103) M. C. Melendreras
-1288: "Item de sal de VI sesters, una aymina per mesuratge a tot die". (ALART, Docts. Roussillon, 95-99) M. D. Mateu
-1290: En el fuero de Bejar, "DEL ALMUTACEN.– El almathaçaf sea sobre las medidas de la çiuera, de vino, de azeite, de sal, sobre los pesos e las liuras, sobre carniceros, tenderos, tauerneros, panaderas, pescadores, montaneros, olleros, teieros de teia e de ladriellos, sobre los aguaderos que dizen açacanes, lennaderos, caleros, reuendedores, sobre los alatares. (Cfr. CNDHE, v. cit.)
-1292: "sal de compas 12 d./carga, 3 d./quintal (1292. Navarro, Aranceles peaje de Zaragoza, p. 419)
-1293: "todos los que caballos et armas de fuste et de fiero tiviéredes en Molina, que ayades siempre vuestros escusados.... Todos los que tuvieren caballos et armas de fuste de fierro en Molina, que ayades el siedmo de todos los pechos que pecharen en Molina... Que non entren en renta los molares de Molina et de su término, que no de diezmo de vino ninguno no de otra cosa ninguna que traxiere de Castilla no de Aragón a Molina ... Los vecinos de Molina et de su término que vayan por la sal et que se la den según fuero manda, et el que por ella no fuere que non peche por ello". (GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 457) L. Dapena.
-1298: "mando la parte de la sal que yo he en las salinas de Sesenna, Peralejos e Conanejares, a estos ..., que lo hayan igualmientre entre ellos". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, II, 175) M. G. Merino
-S. XIV: En Navarra, "Carga de sal de conpas, VI d.". ... "Carga de sal de comer, II d.". (A.G.N., Arancel de Los Arcos) A. Martín Duque
-1301: "... que todas las personas que en el su señorío oviese que tomasen sal, que diese cada una dos sueldos de xaqueses...". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, I, 90) M. G. Merino
-1310-15: Lezda del mercado de Thuir, "Item tot hom estrayn qui aya al dir mercat, per vendre, ordi, forment, o altres blatz, o tot altre legum, o glan, o altre esplet, o sal: pagua e deu pagar per quascuna eymina, una cossa de leuda ...". (ALART, Docts. Roussillon, 221-221) Miguel Gual.
-1313: "Otrosi que ninguno non faga bodega nin alfoly de la sal de conpasso, nin la saquen del regno, e el que la sacare o feziere bodega o alfoly della que la pierda, et demás que muera (sic) por ello el que lo feziere" (Cortes de Leon. Castª, I, Cortes de Palencia 1313, p. 225) M. C. Melendreras
-1313: "Otrosi que la sal de la salinas de Rosio e de Poza, que la non vendan los alamines nin otro ninguno a más del coto, dentro de los moiones, nin encierren sal dentro para lo vender a más del coto, así como siempre fue aforado" (Cortes León-Castª, I, Cortes de Burgos 1313, 38, p. 297) M. C. Melendreras
-1313: "Otrosi que ninguno non faga bodega nin alfoly de la sal de conpasso, nin la saquen del regno, e el que la sacare o feziere bodega o alfoly della que la pierda, et demás que muera (sic) por ello el que lo feziere" (Cortes de Leon. Castª, I, Cortes de Palencia 1313, p. 225) M. C. Melendreras
-1317: "Item, càrrega de pestel, VIIII diners, e de sal lo XX; e d'açer lo quintal II diners". (SOBREQUES, La lleuda, 84) J. F. Cabestany
-1331: "Item es cert que tot dicmenges los deu hom dar touales e axugamans fresch. Item es cert que cascun dia com les touales son sobra la taula e començen a menyar, lo panicer deu posar a cascún una cullarada de sal bella" (Llibre del Coc, Cap. "De utensilibus mense", SERRA VILARO, ed., fol. XXXV v.), se deduce que las toallas eran manteles de mesa. Miguel Gual
-1331: "Item lo dimarts de Pascha es festa miga e dona hom janet ... Item los dona hom rasoles, eb les cuals rasoles met hom XL libres de porch, e ous ... e IIII capses de pebre, e sal,,,". (SERRA VILARO ed. , Llibre del coc, f. XXIX v.) Miguel Gual
-1348: En un inventario de Guillem Ros, apotecario mallorquín, aparece "Item, septuaginta quinque libras de sal gema ad rationem unius denarii pro libra ad sex solidos tres denarios.". (ALOMAR, Dos inventaris, p. 106) José M. Gual
-1/2 S. XIV: Para la operación de "squartizar" al caballo, entre otras complicadas fases ... "haian aprés un ferre de coure ... umpliuli los clots de sal e de [egó... e aprés meteuli una simolsa dintre en la boqua..." (GASPARETTI, Un trattato de mascalcia, 334) Miguel Gual
-1350: En el libre de les viandes de la canonica de Tortosa figura: “Item deu donar lo Prior contínuament a tot lo convent sal de Cardona a la taula mentres que el dit convent menge.”. (ALANYA, Carta Cibariorum, 481) José M. Gual
-1351: "...por la muy grant mengua de la sal, que non ovieron nin an nin la ay; otrosi en los alfolís, e que los mecederes no se atreven a la ir a comprar a otras partes, reçelando que ge la mandare tomar... Respondo que ... los arrendadores... de las salinas que bastezcan e complan los alfolís (Cortes Leon-Castª, II, Cortes de Valladolid 1351, p. 42 y ( p. 58 sobre la escasez de sal)) L. Pascual
-1351: "A lo que me pidieron por merçed sobre la costumbre que dizen que fué de poner guarda en çiertos lugares, que non pasare sal de otros regnos al mío sennorio nin daquí a los regnos ajenos" ... "que reçebien dapno por el escodrino de la sal, que mandó fazer repartiendo della". (Cortes León-Castª., II, Cortes Valladolid 1351, 8, 9) L. Pascual
-1362: "Item entra Ogerot X odres d'olio, IIII cargas de sal de compas, viernes VII dia de jenero. Pagó VI s." ..."Item peagó Sancho de Sayllinas VI rovos de çal, marte XVII dia de mayo. Pagó XII d.". (CARRASCO, Peaje de Sangüesa 1362, nº 137) J. Zabalo
-1362: Navarra, "IIII cargas de sal de compas, IIII s.". (CARRASCO, Peaje Carcastillo, nº 12) J. Carrasco
-1364: Envío de sal a Denia. "Otrosí en a enbiar al conçejo desta dicha çibdat, por mandado del dicho señor rey, a Denia, dozientas e quarenta fanegas de sal para bastimiento del dicho lugar". (A.M.M. Act. Capitulares, Era 1402, f. 94 r.) L. Pascual
-1365: En Navarra, "Por XXII cargas de sal de conpas, por carga de peso et de peage V d.". (ZABALO, Peaje de Tudela 1365, nº 773) J. Zabalo
-1366: En Navarra, "Item puso y vendyo Juan Roiç de Guallur 3 cargas de sal de compas. Paguó por peso y peage mealla y puesa prieta por roa" ... "Item sacó Dominguo Rasano d'Agreda 15 cargas de sal a 2 d. por carga, que son a prietos 3 s. 3 meallas". (ZABALO, Peaje de Tudela 1366, nº 99, 112) J. Zabalo
-1369: "Otrosí tenemos por bien e mandamos que vala la fanega de la sal en las salinas así como el rey don Alfonso, nuestro padre, que Dios perdona, ordenó. Et en las villas e lugares de nuestros regnos que vala la fanega de la sal a diez mr. e non más salvo en el Aldaluzía". (Cortes León-Castª., II, Cortes de Toro 1369, 180, doc. 61) L. Pascual
-1371: En un inventario del castillo Real de Calatayud figura, "Ítem, Iª caxeta ab espinachs de ferre. Ítem, I arcaç gran. Ítem, II caxes e miga d’almatzem. Ítem, VIII fanecas de sal d’aygua"(sal marina), (CANTOS, Los castillos mayor y real de Calatayud,160) José M. Gual
-1380: En Navarra, "III cargas de sal de compas, a XV d. por carga, valen III s. IX d.". (ZABALO, Peajes Tudela 1380, nº 221) J. Carrasco
-1383: En Navarra, "1ª carga de sal de compas que a 12 d. blancos. Paga cabos s. abatidos 14 d. prietos". (CARRASCO, Peaje Sangüesa 1383, nº 81) J. Carrasco
-S. XV: “Yten, de linaça y lino y lana y añinos y fierro y forraje y sal e casca e çumaque, de cada carga mayor veynte y quatro dineros y de menor doze dineros. açúcar”. (GONZALEZ RODRIGUEZ, Aranceles de portazgo,123)
-S. XV: En un inventario de vich aparece, "pica de pedra per picar sal". (AGUILO, Diccionari, VII, 190) M. D. Mateu
-1402: Requerimiento para llevar la sal a Denia. "En la çibdat de Murçia ... fue presentada esta escriptura que dize así: Alfonso de Moncada... vos mando de parte del dicho señor rey que me dieredes çient bestias de albarda ... para llevar sal a Denia ... ende agora vos pido e vos afruento que luego sin otra lienga alguna me dedes las dichas bestias e omes e costales para levar la dicha sal". (AMM, Actas capitulares Era 1402, 94 v.) L. Pascual.
-1417: En Cuenca costaba el cahiz de sal a 100 mrs. (A.M.C. leg. 185, exp. 2, f. 14) P. Iradiel
-1430: "Unes mánegues de lana, de color d'all e vinagre, folrades de bordat blanch" (Inventario de Torredenbarra, Dic. Aguiló, voz "all")
-1438: " que tot tintorer o altra qualsevol persona qui tenyira drap ne lana de Anglaterra, o de altra lana fina, de gala, o de vinagre, o de vedriol, o de molada, o ayga de roudor, o de escorxa de vern, encorrega cascú en bon de 300 solids" (Ordenanzas , CAPMANY, Memorias Históricas, II, doc CCLXXVII, 431) Miguel Gual
-1443: "Costaren tres quarteres de sal, a V sous la quartera". (ALTISENT, Granges, 126) Miguel Gual
-1445: "Costares a 4 sueldos y 6 dineros por quartesra". (ALTISENT, Granges, 135) Miguel Gual
-1445-1448: "Las cosas que toda buena fortaleza deve tener son las siguientes: puente levadiza e rastrilleras en torno de las torres, e murallas en que aya esquilas o cascabeles, … pozo o algibe, forno, molino de viento o atahona, fragua, establos, mastines, ansares. … Debe así mesmo aver en toda buena fortalesa oficiales, ferramentas, artillerías, vituallas, armas ofensivas e defensivas. Es a saber: ... azeite, miel, vino, vinagre, especias, sal, cera, sevo, ajos, cebollas, leña, carbón; lonbardas, truenos, serpentinas, culebrinas, espingardas, ballestas; almazén, lanças, dardos, paveses, celadas, casquetes, piedras de lombardas e truenos, plomo, estaño, molde para fazer pelotas de las culebrinas e serpentinas". (Diego Valera, Tratado de la Providencia contra Fortuna) Miguel Gual
-1446: "Costaren tres quarteres de sal, a 4 sous la quartera". (ALTISENT, Granges, 137) Miguel Gual
-1448: "algún revenedor de sal no gos vendre a menut ne en gros sal garbellada, ne en altra manera triada, ans la haia a vendre a tal com és" ... "tota persona que vendrà reudor, haia a vendre aquell a quortera, semblant de aquella de la sal corrent..." (PONS, Mostassaf, 62, 101) Alvaro Santamaría
-1460: Se paga la sal a 8 mrs. por carretada en el portazgo de Salamanca. (GONZALEZ, el p. de Salamanca, 125-143) M. L. Guadalupe
-1462: "una fanega de sal de conpas, 30 mrs." (A.M.C. Actas Capitulares, 1462, leg. 195, exp. 4, f. 28) P. Iradiel
-1467: El Principe don Alfonso confirma al principado de Asturias los privilegios sobre la sal, "tornando al valor de la sal a los precios en que en los tiempos pasados solia valer". (Memorias Enrique IV, 529) P. Iradiel
-1469: Dado un momento se puso en uso, pagar con sal: Un mulo valía 23 quintales de sal; un buey de labor valía 13 o 15 quintales de sal. (BRUTAILS, La coutume d'Andorre, 20) M. D. Mateu
-1469: Ordenanzas del mercado de Lérida. "Aquells i aquelles que portarán sal, sendra, toronges, limons, limes, oranges, pomars, ciurons, fesols, llentilles e altres legums sechs". (MUT, Vida econom. Lérida, 70, doc. 2) Miguel Gual.
-1484: Voz Sal : "Sal, paga el veinteavo o 1 sueldo por libra (art. 255). Castellano «sal». Véase nuestro trabajo Para un mapa de la sal hispana en. la Edad, Media, en «Homenaje a Jaime Vicens Vives», I (Barcelona, 1965), 483-493.". (GUAL, Arancel de Lezdas, II, 52)
-S. XVI: "De la carga de sal tres mrs. de la menos e de la mayor al doblo". (MARTIN, Organización mun. Gata, 122) J. M. Mínguez
-S. XVI: Los vecinos de Gata estaban obligados a comer sal de Atienza, per el concejo eludía esta obligación mediante acuerdos con los arrendadores de las salinas, a los que pagaba alrededor de 20.000 mrs. al año, a cambio de que permitieran a la villa comprar libremente la sal. (MARTIN-GARCIA, Cuentas de Gata, 11) J. L. Martín
-1501: "del arrova de sal de conpas, un mr." (GARCIA-GOYENA, Docts. hist. Málaga, II, 141) López de Coca
-1503: En el inventario de Joan Fuster, doncell, figura en la botiga , "Item set alfàbies olieres buydes e una portadora vella e dos barrils de salar peix". (BARCELO, Els bens de Jon Fuster, 184) José M. Gual
-1562: "la sal que estava en un serón, con el seronçillo se remató en real y medio" ... "una hanega y media de sal ..., en real y medio". (MARTINEZ RUIZ, Inventarios moriscos, 174) R. Peinado
-1573: "Que la sal se baxe del precio en que está". (Cortes León-Castilla, V, Cortes de Madrid 1573, 181) Francisco Chacón

De: GUAL CAMARENA, M. El primer manual hispánico de mercadería (siglo XIV). Barcelona 1981

Sal, sall (III, 182; VIII, 42 se vende en Mesina); -comuna (III, 169); - d'Ayvissa (XII, 79); - de Siges (XII, 80); - gema (II, 162; lII, 170); - indi (II, 171; III, 182): sal común, de Ibiza y Sitges (esta cita única), sal gema y sal índica o de la India (de la que no tengo otras referencias). Producto de extraordinaria importancia en la vida española medieval.-La bibliografía extranjera es abrumadora. Véase una selección en mi trabajo Mapa sal hispana E. Media, además, el sugestivo Questionnaire de Jeannin­ Le Goff, y para España los de Reyna Pastor y Rafael Arroyo. Trabajo de conjunto el de Mollat, Le role du sel dans l'histoire.

De: GUAL CAMARENA, M. Vocabulario del comercio medieval. Colección de aranceles aduaneros de la Corona de Aragón (siglo XIII y XIV) , Tarragona (1968)

Sal (IV, 191; V, 66; XII, 101 y 117; XIII, 109; XIV, 120; XV, 159; XVII, 20; XVIII, 35; XXIV, 156; XXV, 198; XXVII, 16); sal de compás (XIII, 124; XIX, 5 y 92; XX, 53); salís de Cardona (I, 79); sale, salim (I, 47; II, 2). — Véase «peix». Cast. «sal», producto de importancia capital en nuestra Edad Media. Remitimos a los textos, problemas y bibliografía de nuestro trabajo Mapa sal hispana E. Media.

Tipo: Productos comerciales

La voz no ha sido modificada.

Referencias documentales de «Sal»

Fichas de la voz «Sal», extraídas del archivo del profesor Gual

Fichas de la voz «Sal», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"