Portadgo

Portadgo, v. portazgo

-1284: "... mando que de pannos, nin de libros, nin de vino, sino de aceite, nin de manteca, nin de cueros, ara sus calzas, nin de pescado para su comer, nin de ningunas otraas cosas que adugan para su casa, que no den portadgo, nin otro derecho ninguno, en todos mios Regnos, por mar nin por tierra". (Real carta a los Frailes Predicadores de Toledo. GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 7) L. Dapena.
-1285: Carta la monasterio de Santo Domingo de Madrid. "mando que en ningun lugar de mios regnos no den portadgo de fierro, de madera, de pescado que troxieren para su monasterio, nin de lana, nin de pannos que troxieren para vestir, nin de vianda, nin de ninguna cosa que comprasen o vendiesen, nin de las otras cosas que hiciesen traer a su monasterio o llevasen del monasterio a otra parte, para las cosas que hubiese menester". (GAIBROIS. Sancho IV, doc. 81) L. Dapena.
-1287: Real carta a los Dominicos de Salamanca, "Sepades que ... tengo por bien et mando que non den portadgo en ningún logar de mios regnos, de sus libros nin de los pannos que troxieren pora vestir, nin del pargamino pora sus libros, nin de la vianda...". (GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 146) L. Dapena.
-1313: "Otrosi nos pidieron que daquí adelante judio ninguno non aya ofiçio en casa del Rey nin en la nuestra, nin sea almoxarife, nin cogedor, nin sobre cogedor, nin arrendador del almoxarifadgo, nin de chançelleria, nin de portadgo ... por razón que quando ellos racabdavan estas cosas dichas o algunas dellas fizieron a los christianos muchos engannos ..." (Cortes León-Castª., I, Cortes de Palencia 1313, 241) M. C. Melendreras
-1322: "Otrosí que los alcalles nin los otros ofeçiales que son en las villas reales, que non sean cogedores nin recabdadores nin reçebidores nin arrendadores de los portadgos, nin de los otros pechos e de los derechos del rey". (Cortes León-Castª., I, cortes de Valladolid 1322, 19, p. 343) M. C. Melendreras
-1351: "A lo que dizen que comoquier que es fuero e derecho e costunbre antigua ... que ningún vezino o morador de cualquier villa ... non peche portadgo en la villa o en el logar donde es vezino; que en algunas villas e logares del mi sennorio, de poco tiempo acá, los mios almoxarifes e arrendadores de los portadgos con grant maliçia e cobdiçia e sotileza que sacan cartas de la mi chançilleria que paguen el portadgo de todos los que vinieren a las villas e logares donde ellos son arrendadores ... Respondo ... que en la çibdades e villas e lugares do an de fuero e de uso e de costunbre de non pagar portadgo los vezinos e moradores dende, que lo non paguen". (Cortes León-Castª., II, Cortes Valladolid 1351, 60) L. Pascual


Tipo: Impuestos

La voz no ha sido modificada.

Fichas de la voz «Portadgo», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"