Decimas

Decimas, deçima, decimam, decimarum, dicimarum, decime, decimis, decimo: Según Hinojosa, "Genéricamente, toda contribución o tributos basados en la décima parte de frutos o rentas; se aplicó, en especial a los que recibía la Iglesia para su sostenimiento, edificación de templos, asistencias de caridad, erección de monasterios, etcétera. Hay que distinguir el diezmo que se pagaba al señor o dueño de la tierra, villa, castillo, etc., del que se satisfacía a la parroquia o iglesia y del que se recogía para la fiscalidad apostólica, o sea, para la Santa Sede; a esta última contribución se le llamaba décima, y a su contabilidad Rationes decimarum". (HINOJOSA, Dicc. Hª Rº de Valencia, 65 y ss., v. decimo, delme

-858: Consagración y dotación de la iglesia de Santa María de Ridaura por el obispo Seniofré de Gerona. "ipsas decimas et primicias cum oblacionibus fidelium de villulis et vilaribus suprascriptis... sin concedimus ...". (A.C.A, Monacales, Gerona, pergaminos sin catalogar cajón 134) J. M. Salrach.
-941: Donación del alodio de Aja con los diezmos y primicias de esta parroquia a Santa Mª de Ripoll. "concedimus ipsas decimas et primicias cum ipsa parrochia de predicta villa ad predictam domum cenobii ... ". (BEER, Els manuscrits de Ripoll, 135-136) J. M. Salrach.
-1070: Sancho II a Oña: "Et damus illam decimam de Annana, tan de sale quam etiam de argento, et de totas illas aluaras, et de fossaderas, siue de ligna et de quantis calumpnii inde acciderint, que ad me pertinent partem decimam ad integrum, ut sit uobis in adiutorium, usque inperpetuum et decimam partem coriorun de baccis que in palacio meo expenduntur cotidie"." (ALAMO, Oña, p. 96) S. Moreta
-1119: Alfonso I, rey de Aragón y Navarra, da a Santa María de Pamplona la iglesia de Santa Magdalena de Tudela "cum ommnibus atque suis pertinentiis que ad eam pertinent vel partinere debent, et cum sua parrochia, cum suis decimis et cum suo kastro et cum sua sepultura de sua parrochia". (LACARRA, Documentos, nº 303) A. Martín Duque.
-1178: Alfonso VIII dona a la Orden de Calatrava "omnem decimam de universis que Dei auxilio in terra maurorum acquisiero vel quomodo habere de cetero potuero, scilicet, de omnibus pariis et de cunctis quintis et de universo portagio, iure hereditario". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 493, doc. 301) J. M. Mínguez.
-1178: Alfonso VIII dona al monasterio de San Juan de Burgos "Omni decima que habetur vel haberi debet de quibuslibet et omnibus redditibus infra mare et extra mare in eadem villa (en Castro Urdiales) et in portu ad regem pertinentibus". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 503, doc. 306) J. M. Mínguez.
-1191: Los clérigos que celebran el oficio divino "tres partes dicimarum et obrationes ecclesiarum in pace recipiant et possideant ... et eos liberos facio et ingenuos ut numquam pectent nec etiam vigilent nisi in orationibus et canticis omnipotentis Dei". (GONZALEZ, Alfosno VIII, III, 32, doc. 579) M. L. Guadalupe.
-1191: El fuero dado a los pobladores de Arganzón es el mismo que se otorgó a los de Treviño "exceptis decimis de omnibus laboribus et de omnibus bestiis vestris in quibus episcopus nin accipiat nisi quartam partem". (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 32, doc. 579) M. L. Guadalupe.
-1192: Alfosno VIII concede a la Orden de Calatrava "terciam partem illius decime qui in Toledo recipitur" de toda la madera transportada por el Tajo. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 52, doc. 591) M. L. Guadalupe.
-1192: Alfonso VIII concede al monasterio de Santa María de Aguilar "decimas portatici de Aguilar et omnium redituum regalium". (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 61, doc. 597) M. L. Guadalupe.
-1192: Se conceden a la catedral de Burgos las "décimas de omni portatico portus Sancti Emetherii integre", de todas las mercancías que llegaran a este puerto por tierra o mar, y también de todos los paños, armas y "querambre" que llegaran a Castro Urdiales. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 72, doc. 603) M. L. Guadalupe.
-1192: Concesión a la iglesia de Toledo de las décimas de toda la moneda que se le abre y fabrique en la ciudad excepto la de oro. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 77, doc. 606) M. L. Guadalupe.
-1192: Concesión a la catedral de Burgos de las decimas (totius agriculture) de esta ciudad, Sotopalacios, Arroyal, Ubierna y Castrogeriz con sus alfoces a cambio de las decimas correspondientes a las tierras pertenecientes al monasterio de las Huelgas. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 69, doc. 602) M. L. Guadalupe.
-1192: Concesión por Alfonso VIII al Monasterio de San Juan de Burgos de las décimas de la rentas reales de la villa de Castro-Urdiales, excepto del Portazgo correspondiente apaños, armas y "querambre". (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 74, doc. 609) M. L. Guadalupe.
-1192: Concesión de unos huertos a ciertos vecinos de Burgos a condición de que le paguen anualmente "procenso et decimo" en marzo 102 sueldos. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 80, doc. 608) M. L. Guadalupe.
-1193: En lugar de los "decimis in salinis de Annana" que antes poseía el obispo de Burgos, recibe ahora la cantidad del 100 modios de sal. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 98, doc. 618) M. L. Guadalupe.
-1195: A recoger la decimam de las rentas reales de Toledo irán el mayordomo del arzobispo con el almojarife del rey. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 150, doc. 649) M. L. Guadalupe.
-1195: Se conceden las "decimas portatici et salinarum et quintarum" de Cañete a la iglesia de Cuenca. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 147, doc. 647) M. L. Guadalupe.
-1195: Alfonso VIII concede las décimas de la rentas reales de Cuenca, Huete, Valeria y Monteagudo a la iglesia de Cuenca. (GONZALEZ, Alfonso VIII, III, 147, doc. 647) M. L. Guadalupe.
-1277: Alfonso X "concedía una serie de privilegios y franquezas a la Orden de Santa María ... facultad para que los ganados y pastores pudieran andar, pacer y beber en todos sus reinos sin pagar decima". (TORRES FONTES, La Orden de Santa María, 99) A. Peñafiel.
-1285: Real carta al monasterio de San Marcos de León. "prindades al Prior de San Marcos de León y a sus vasallos por la deçimas, lo que ellos nonca tuvieron por uso no por costumbre de dar en las deçimas ninguna cosa". (GAIBROIS, Sancho IV, doc. 93) L. Dapena.
-1285: Real carta a la catedral de León. "Dolos por libres et por quitos de las deçimas et de toda quanta demanda el Rey mi padre o otro pòr él, o yo por mi, avía, o podría aver sobresta razón contra ellos de todo el tiempo". (GAIBROIS, Sancho IV, doc. 101) L. Dapena.
-1288: "Otrosi le quitamos la demanda de la deçima que el Papa dió a nuestro padre por seis annos". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Haro 1288, 103) M. C. Melendreras.
-1295: Bonifacio VIIIO excomulga a todos los crérigos que pagaran a la autoridad civil "pechos o coggechas o tajas o decima o la vicesima o la centesima parte de las sus rentas" (UBIETO, Col. Dipl. Cuéllar, 98) P. Iradiel.
-1309: Breve de Clemente V en el que manda al obispo de Valencia y al abad Foxense, colectores de la décima eclesiástica aragonesa, " decimam omnium eclesiasticorum", que entreguen las dos terceras partes al Rey de Aragón para gastos de la guerra de Granada, y reserven la otra para la conquista de Cerdeña". (BENAVIDES, Memorias Fernando IV, II, 644) M. C. Melendreras.

Tipo: Impuestos

La voz ha sido modificada a fecha 2023-10-06.

Fichas de la voz «Decimas», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"