Cabeçatge

Cabeçatge, cabessatge, cabassatge, cabezaje, cabaçage, cabacage, diner de carn v. alfetra, herbatge, cabeçagii: (1): Impuesto sobre los judíos en algunos territorios de la Corona de Aragón; a pesar de su nombre, no era estrictamente una capitación, puesto que también se tenían en cuenta las capacidades económicas de los contribuyentes. (2): Nombre que reciben los impuestos mixtos - de capitación y diferenciado - votados por las Cortes valencianas y catalanas en 1302-1304 y 1323 respectivamente. (3): En las comunidades musulmanas de la gobernación de Orihuela, impuesto directo personal exigido a todos los varones mayores de 16 años. (4): Herbatge. (5) Alfetra. (Glosario Fiscalidad)

Glosario de Fiscalidad, v. la 5 glosas que se dedican ver en este enlace(Enlace roto, pendiente de actualización)

-1331: "Primerament, cadaun judio peyte por su cabeça segund que tacxada sera, et por que algunos judios saben et pueden ganar mas que otros, yes de raçon que segund su ganançia et su ministracion page en esta present ordinacion a tacxaçion de seys judios eslitos...et juren bien et lealment fer la dita tacxacion, la qual puedan tacxar acadaun peytero que yes de XVIIIº annos asuso, de VI sueldos entro a XVIIIº sueldos" (G. Tilander, "Documento desconocido", cit., p. 11, Cfr. Glosario Fiscalidad, v. cabeçatge) José Miguel Gual.
-1343: "Adsuplicationem inde nobis factam per secretarios aljame judeorum civitatis Majoricarum remitimus dicte aljame ... quidquid inclito Jacobo olim regi Majoricarum dare, contribuere et exsolvere tenebamini pretextu dare, contribuere et exsolvere tenebamini pretextu dondempnationum et cabeçagii vel alio quivis modo". (PONS, Judios Mallorca, 493) Alvaro Santamaría
-1377: "...se faga la present taxación, siquiere ordinación de peyta, segunt se siegue e a las personas que se sieguen e en la qual se encluden: cabacage, taxación de bienes mobles e sedientes...” (D. Romano, “Prorrata de contribuyentes”, cit., p.29, Cfr. Glosario Fiscalidad, v. c.) José Miguel Gual.
-1389: "(se tasará) "su cabeça e el tachador sea tenido de tachar la cabeça mayor vint e çinco sueldos e la menor diez sueldos...sy qualquier perssona de la dita aljama e de su colecta se trobara haver casa e vinya o casa e cabal o cabal tan solament ho seyer buen menestral, sia tachada su cabeça a bien vista del fazedor del dito cabeçatge, yes a saber que sy él entendra que por haver qualquier de las condiçiones de susu ditas deve seyer su cabeça mayor aquel la tache por mayor e sían aquellas tachadas justa su sagrament que feyto haurá a su bien vista" (M. A. Motis Dolader, Ordinaciones de la alcabala, cit., p. 23, Cfr. Glosario Fiscalidad, v. c.) José Miguel Gual.
-s. fecha: "les carns pagaven III diners per lliura de carn, are paguen per cabessatge cert dret". Ardits, II, 415 Cfr. AGUILO, Diccionari, II, 10. M. D. Mateu.

Tipo: Impuestos

La voz ha sido modificada a fecha 2023-06-28.

Fichas de la voz «Cabeçatge», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"