Armaguanas

Armaguanas, almauna, almaguanas v. almahaguala y almagram: Impuesto que junto que el de "alfitra" y "alaçer", pagaban los moros granadinos equivalente a un 2,5% de los bienes raíces poseídos y que toman los RRCC después de la conquista. "Derecho que pagaban los moros, de cuarenta maravedís uno, de todo lo que valen sus casas e viñas e huertas e tierras, e olivos e almendros e morales e todo otro cualquier heredamiento que tengan" (LADERO, Dos temas). Del ár "mauna" (socorro, asistencia)

-Bibl.: EGUILAZ, v. "almagana" y "almaguana" , con distinto significado , MAILLO, v. "almaguana", con amplia glosa. Dicc. Crít. Fisc. Medieval, voz "almauna" y "almaguana". No aparece en el resto de diccionarios léxicos.

-1178: “bonos exarichos faciunt sine ingenio ullo, scilicet de almauna, de peitam, de al raz, de pechera, de iugaria et de totum debitum que faciunt illos exarichos de illa terra ad domino rex sic faciatis vos ad nobis” (Carta de población de La Almunia de Doña Godina. CANELLAS, Col. diplom. de La Almunia, doc. 22) Miguel Gual.
-1385: Sentencia del vicario General de Toledo, obligando al pago de la almaguana las aljamas de los judíos al pago de los carneros casariegos. (AMADOR DE LOS RIOS, Hist, de los Judios de España, p. 574) Miguel Gual.
-1488: Pagaron de diego Fernández de Ulloa, receptor real, la cantidad de novecientos pesantes, por la dichas almaguanas. (VALLVE, Sobre Repartimiento Comares, p. 313) Miguel Gual.
-1490: "vayan a las dichas villas e logares donde asy ay e oviere las dichas diferençias en el pagar de los dichos derechos e llamen los alguaziles e alcaides e alfaquies ante sy e con ellos averiguen e ygualen e asyenten todo lo que asy deven pagar los dichos moros, e lo que se averiguare se enpadrone e encabeçe e cada veçino e conçejo sobre sy quales e quantos maravedies e otras cosas nos han de dar e pagar este dicho presente año e dende en adelante en cada un año de la dicha almaguana e alqueçeb e alfitra e otras rentas que nos han de dar e pagar e asy por ellos asentado e averiguado, lo firmen de sus nonbres e del nuestro escrivano mayor de rentas o de su logarteniente, del alfaqui e alguacil de cada logar donde asy fizieredes el dicho asiento." (LADERO, Los mudéjares, 146-147) Miguel Gual.
-1490: "Bien savedes o devedes saber en como por nuestra carta sellada con nuestro sello e librada por nuestros contadores mayores, vos enviamos fazer saber … quedara por nuestro arrendador e recabdador mayor de todas las rentas e diezmos e pechos e derechos e armaguanas e alfrites e alacer e derechos de ganado e derechos de seda e aduanas e machara e magran e herencias.". (BEJARANO, Industria seda Málaga, 161) López de Coca.
-1491: Contrato de arrendamiento de las rentas de la corona en el obispado de Málaga. "Vos enviamos fazer saber ... como Israel ... quedará por nuestro arrendador e recabdador mayor de todas las rentas, e diezmos, e pechos, e derechos, e armaguanas, e alfitres, e alcacer (?), e derechos de ganado, e derechos de seda, e aduanas, e machara e magram". (BEJARANO, Inducrtr. seda Málaga, 161) López de Coca.

@ José Miguel Gual López.


Tipo: Impuestos

La voz ha sido modificada a fecha 2023-05-02.