Ayudas a empresas

null Ayudas a proyectos de innovación de interés general en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas

Actuación

Ayudas para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri).

Entidad convocante

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación   s

Objetivo general de la actuación

Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la cooperación para la preparación y ejecución de proyectos de innovación de interés general para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos o servicios, desarrollos experimentales o innovación en materia de organización o de procesos de transformación y comercialización, en los sectores agrícola, ganadero, forestal y agroalimentario.

Beneficiarios y categorías

Agrupaciones de 2 o más personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. Máximo 8 solicitantes + 8 contratados y/o subcontratados que se asocian para formar parte de un grupo operativo supraautonómico para ejecutar un proyecto innovador.

Perfiles de los integrantes:

a) del sector agroalimentario y forestal: productores agrarios y forestales y sus agrupaciones o asociaciones, empresas o industrias del sector agroalimentario y forestal y sus agrupaciones o asociaciones, cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, comunidades de regantes.

b) del sector investigador o del conocimiento: personal investigador, personal tecnólogo, universidades, centros de tecnología, entidades de I+D+I, personal asesor o entidades de asesoramiento, plataformas tecnológicas, centros de investigación y experimentación, entre otros.

c) otros: organizaciones no gubernamentales, grupos de acción local o cualquier otro actor que desempeñe un papel relevante en la ejecución del proyecto.

*La agrupación deberá tener carácter supraautonómico. Debe haber 2 miembros con sede en comunidades distintas.

*En ningún caso se admitirán proyectos cuyos resultados vayan a ser objeto de aplicación en una sola comunidad autónoma.

*La agrupación deberá designar a su representante, con poderes bastantes para poder cumplir sus obligaciones y será el perceptor único de la subvención e interlocutor con la Administración. El representante deberá ser una entidad sin ánimo de lucro de naturaleza jurídica privada.

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva

Tipo de ayuda

Subvención

Presupuesto de la convocatoria

37.500.000 euros

Características económicas de las ayudas

Las ayudas tendrán un límite de 600.000 euros por agrupación beneficiaria y proyecto para los proyectos en que la innovación se oriente a los productos del anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y de 500.000 en los casos restantes. En los casos en los que la intensidad de la ayuda no llegue a cubrir el 100% de la actuación subvencionada, al cursar la solicitud la agrupación solicitante adquiere el compromiso de aportar la parte restante en caso de resultar beneficiario.

Intensidad de las ayudas:

La ayuda tiene carácter de subvención directamente aplicable a los gastos que se indican en el artículo 9, derivados de la preparación y ejecución del proyecto de innovación por parte del grupo operativo, y de la transferencia de conocimiento y divulgación de sus resultados. La intensidad de la ayuda será del 100 % para todos los tipos de gasto indicados en el artículo 9, salvo para las inversiones productivas, que se subvencionarán al 65 %.

Requisitos de los proyectos

Los proyectos deben estar orientados a beneficiar a todo un sector o subsector en el ámbito nacional y su ejecución se llevará a cabo en dos o más comunidades autónomas, comprometiéndose a una transferencia de conocimiento de ámbito nacional, y además:

• Los proyectos innovadores y de interés general se basarán en el modelo de innovación interactiva (innovación en sentido amplio; competitividad, sostenibilidad, innovación social, alineado con los objetivos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

• Deben contener nuevas actividades, en ningún caso actividades que ya se estén llevando a cabo.

• Salvo investigación básica, le admite cualquier nivel de madurez tecnológica (TRL)

• El plazo de ejecución de los proyectos será de hasta 3 años aproximadamente.

• Estar orientados a alguno de los objetivos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

Duración

Los proyectos podrán tener una duración máxima de tres periodos de ejecución que tendrán la siguiente duración:

a) El primer periodo de ejecución comprenderá desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta el 15 de junio de 2023.

b) El segundo periodo de ejecución comprenderá desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta el 15 de junio de 2024.

c) El tercer periodo de ejecución comprenderá desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta el 1 de marzo de 2025.

Gastos elegibles

• Gastos de preparación del proyecto. Gastos realizados de forma previa a la presentación de la solicitud en plazo no superior a 6 meses.

• Gastos de personal propio de los integrantes de la agrupación beneficiaria necesarios para llevar a cabo las actividades de cooperación, la ejecución del proyecto, la divulgación de resultados obtenidos del proyecto, así como tareas vinculadas con la justificación de la subvención.

• Gastos de transporte, alojamiento y manutención de los integrantes de la agrupación beneficiaria relacionados con las actividades de cooperación, la ejecución del proyecto, y las tareas de divulgación.

• Gastos de servicios de coordinación técnica del proyecto cuando se externalice dicha coordinación.

• Los gastos derivados del informe auditor.

• Material fungible

• Alquiler de equipos, instalaciones o fincas para la ejecución del proyecto. Alquiler de espacios para la divulgación.

• Servicios de consultoría tecnológica, servicios de asesoría, otros servicios.

• Gastos derivados de la contratación tecnológica, el desarrollo de prototipos en el marco del proyecto, de la realización de pruebas piloto, y de la tramitación de la protección de la propiedad intelectual del producto o proceso.

• Gastos derivados de la constitución de la garantía bancaria.

• Costes indirectos, que serán del 15% de los costes directos de personal subvencionables.

• Gastos en inversiones productivas y no productivas especificadas en las bases reguladoras.

*Subcontrataciones. Las actividades subcontratadas no excederán del 60% del gasto total elegible..

Plazo de presentación de solicitudes

Hasta el 28 de septiembre de 2023 a la 14.00h.

Más información

Convocatoria

Bases reguladoras

Extracto resolución

Presentación

Ficha resumen

Solicitudes