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null La Transferencia es una obligación de la Universidad

Las Universidades, como organismos de investigación, suelen estar en vang uardia en cuanto a avances científico-tecnológicos. En las últimas décadas, la Inteligencia Artificial (IA) ha irrumpido en el sistema, para convertirse en una de las estrategias multidisciplinares de más calado en el desarrollo de las áreas de ciencia. En ocasiones, conseguir proteger esos avances es fundamental para lograr trasladarlos al mercado y posibilitar que lleguen a la sociedad de forma efectiva. María del Carmen Lledó, jefa del Área de Transferencia (OTRI) de la UMU, está al tanto de todo ello.Transferencia

¿Es más complicado llevar a cabo una patente cuando esta incluye Inteligencia Artificial?

   Detrás de la Inteligencia Artificial encontramos programas de ordenador (software) y modelos matemáticos. Según nuestra Ley de Patentes, ambos resultados de investigación se encuentran entre las invenciones que carecen de carácter técnico y que, por lo tanto, no son patentables. Eso no quiere decir que no puedan protegerse, pero su protección la regula la Ley de Propiedad Intelectual y es en el Registro de la Propiedad Intelectual donde el software debe registrarse. Esto podría zanjar la cuestión de manera rotunda aunque se trata solo de la primera parte. En realidad, un programa de ordenador por sí solo no se puede patentar pero sí en el caso de que forme parte de una invención. Es lo que llaman 'Invenciones Implementadas por Ordenador'. Podríamos definir como invención implementada por ordenador, aquella en la que su puesta en práctica implica el uso de un ordenador, una red de ordenadores o cualquier otro aparato programable, de forma que las características de la misma se ponen de manifiesto por medio de un programa de ordenador.

¿Y eso a qué se debe?

Puede que sea un poco más complicado que una invención al uso ya que debemos demostrar el 'efecto técnico', pero no es imposible. De hecho en la Universidad de Murcia hemos tenido varios casos. Recientemente, hemos patentado unos marcadores visuales denominados códigos Zebra que requieren de un software basado en Visión Artificial para su lectura. Estos códigos Zebra están pensados para ser usados en entornos industriales y en situaciones complejas superando las deficiencias de otro tipo de identificadores basados en códigos de barras o códigos QR. Los códigos Zebra y el programa de ordenador forman conjuntamente la invención, la cual se denomina 'Sistema Bleecker'. Lo que se suele hacer es registrar como propiedad intelectual el código fuente del programa de ordenador en el Registro de la Propiedad Intelectual y posteriormente registrar la invención en su conjunto como patente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.

¿Es algo que solo ocurre en España o también en otros países?

En la legislación europea es así pero, por ejemplo, en Estados Unidos sí se pueden patentar los programas de ordenador. De hecho, en la Universidad de Murcia hemos llegado a registrar una patente americana consistente en un software para posteriormente licenciarla a una empresa también americana.

¿Qué papel juega la OTRI en el proceso de patentado de resultados de los grupos de la UMU?

La OTRI es la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación y es el Área encargada en la Universidad de Murcia de gestionar la protección del conocimiento universitario y de los resultados de investigación. La protección es la antesala de la transferencia, es decir, de la puesta en valor en el mercado de ese conocimiento. La OTRI asesora y ayuda a los investigadores universitarios en el proceso de protección de los resultados de su investigación.

De media, ¿cuánto tiempo puede llevar patentar un producto?

Eso depende del tipo de resultado o de invención, de su aplicación, de la información que nos remita el investigador. No es lo mismo una patente biotecnológica que una patente mecánica o un nuevo uso de un producto farmacéutico. Yo diría que desde que el investigador nos comunica el resultado hasta que su redacción técnica es completa y se registra pueden pasar entre 3 y 4 meses de media.

Pese a la dificultad, ¿vale la pena?

Por supuesto. No solo en lo que respecta a patentes que incluyan un software y que puedan incluir Inteligencia Artificial, sino en general, en la mayor parte de ocasiones es muy conveniente la protección mediante patente como primer paso a la transferencia, a la licencia y a la explotación comercial.

La transferencia de conocimientos a la sociedad es una de las funciones de las Universidades.

Efectivamente, la transferencia es la función o misión más contemporánea de las tres junto con la docencia y la investigación. La protección no es en sí una vía de transferencia, sino un paso previo a herramientas como los contratos de licencia o la creación de Empresas de Base Tecnológica (EBT). Si una Universidad se dedica solo a formar, no se puede considerar una institución de educación superior, si solo cumple las funciones de docencia e investigación, entonces se podrá decir que es una universidad pero, en mi opinión, estaremos ante una universidad del siglo XIX. La transferencia es una obligación de las universidades, para contribuir al avance de la sociedad. De otro modo, la universidad de hoy en día, como una universidad cercana a la sociedad, viva e innovadora, no se entiende.

Fuente: La Verdad.