Cecinas

Cecinas, çeçina, çecina, cecial, secial, cicial : Carne salada secada al sol, que pasa a denominarse cecial al tratarse de pescados, utilizando o no la sal, secada al aire. Sistema de conservación fundamental en el mundo medieval tanto para la carne como para el pescado.

-Bibl.: Véase “armas”, D. De Valera; CEJADOR, Vocabulario, v. c.; DCECH, v. cecina. (1ª doc. 1250 Aplonio y Alexandre), del lat vg. siccina. y voz cecial, cicial (1ª doc. 1118); POTTIER, Lexique, v. c. (1ª doc. 1465, cecinado 1501 y cecial 1258)

-1250: "E una de las cosas que mejor les es pora darles a comer sí es la carne cecina, e échenles azeyt en el agua que les quisieren dar a beuer, ca el azeyte las faze delgadas e fuertes e correr bien.". (TOLEDO, Libro de los animales que cazan, Cfr. CORDE, v. cecina) José Miguel Gual.
-1300-1350: "E luego se fue el ribaldo con sus nabos muy alegre porque tan bien escapara. & guisolos muy bien con buena cecina que halló a conprar. & dio de comer al cavallero & comió él. Y después que ovieron comido, contole el ribaldo todo lo que le acaesciera quando fue a coger los nabos.". (Libro del cavallero Cifar, Cfr. CORDE, v. cecina) José Miguel Gual.
-1352: "Derechos del señor. A el señor de cada casa de labrador vna cecina e dos quartos de trigo.". (Becerro de la Behetrías, Cfr. CORDE, v. cecina) José Miguel Gual.
-1365: "Otrosi, por quanto Françisco Porçel, jurado, dixo ... que un omne del repostero del rey le avia dexado dos cargas de çeçina salgada en su posada e le avia pedido azémilas para la llevar e se era ido". (AMM, Actas Capitulares Era 1420, f. 98 v.) L. Pascual.
-1435: "124 2 Los merchantes de pescado fresco e secial de atún e corvina han de ferir sus pesos e pesas cada quatro meses, …§ 349 3 …que njnguna nj alguna de las que venden el pescado cecial a peso que no tenga agua en las artezas…". (LOPEZ MORA, Estudio léxico, v. c.) José Miguel Gual.
-1435: "Pescaderas e pescado cecial: Otrosý ordenamos e mandamos que ninguna ni alguna de las que venden pescado cecial a peso que no tenga agua en las artezas (sic) quando oviere de vender el pescado, so pena de treynta mrs. para Córdoua por la primera // f. 36r. 1ª c. vegada, e por la segunda sesenta mrs., e por la tercera que esté treynta día en la cárcel. E por cada vegada que peche doze mrs. al mayordomo.". (GONZALEZ, Ordenanzas concejo Córdoba, 178) José Miguel Gual.
-1477: "Pues, assi como es grand yerro en el comer y en el beuer añadir sal a la cecina y a la sardina,". (CASTRO, El tratado sobre el vestir de arzobispo Talavera, 63) José Miguel Gual.
-1492: Aparecen la "cecina" en un arancel de portazgo cordobes (GONZALEZ, Aranceles cordobeses, p. 47) José Miguel Gual.
-1498: Ordenanza de precios, "La libra del pescado enperador o tornina queda a quatro maravedís e medio. La libra de las palometas y lechas y espetones gruesos y albacoretes y bonitos y calamares ... y pajeles o oradas y todos los pescados que son mayores de libra, los quales valían a quatro maravedís e medio, an de valer agora a quatro maravedís. La libra de pescado menudo de Cartagena y del Azuya, que valía a tres maravedís e medio ha de valer a tres maravedís. La libra de melvas y ... todo pescado bestinal aunque sea mayor de libra, el que valía a tres maravedís e medio ha de valer a tres maravedís. De pescado del Albufera menor de libra, el que valía tres maravedís e un cornado, ha de valer a dos maravedís e tres cornados, y todo el otro pescado de la dicha albufera, grueso, qual valía a quatro maravedís e medio, ha de valer a quatro maravedís, y el pescado mujol del Albufera mayor de libra, que valía a tres maravedís e tres cornados a de valer a tres maravedís e un cornado. La pescada çeçial que valía a ocho maravedis la libra, a de valer a siete maravedís e medios; y la libra de la sardina blanca que valía tres maravedís e medio, a de valer a tres maravedís". (AMM, Act. Cap. 1498-99, f. 36 v.-37 r.) L. Pascual.
-1507: "quando por ne/cessidad algunos pescados se ouieren de comer que sean no de mucha gor/dura ni grandes ni muy humidos como congrios & morenas & tonina saluo azedias lenguados lagustines pampanos tollos chicos pescada cecial galiziana.". (Flores, Tratado contra la pestilencia, f. 5v Cfr. CORDE, v. cecial) José Miguel Gual.
-1519: Ordenanzas de Lekeitio, "por cada docena de pescado çeçial de Irlanda o del Canto o de Galicia, una blanca;". (ORELLA, Relaciones mercantiles vascas, 150) José Miguel Gual.
-1520: "dos libras de pescado cicial, 15 maravedis" (Bermúdez, Hist. Granada, fol. 184 vtº.) Fuensanta López.
-1529: "1. Primeramente de cada carga de congrio cecial, tres tarjas.". (LACARRA-YNDURAIN, Ordenanzas de Estella, 422) José Miguel Gual.
-1547: "De cada libra de çeçina que bendie/ re forastero en esta villa o sus/ terminos, pague vn maravedi./". (CARRILERO, Las ordenanzas de Albacete, 227) José Miguel Gual.
-1562: En el Arancel de Portazgo de la puerta de bisagra figura, "Cedrón, cazón, ostia, pexo, ceches, pulpos, mielgas, golondrinas, rubios, langostas, lampreas, albures, cerdas, verdales, pescado cecial, congrio, ballena, pescados menudos, lienzos gruesos y delgados, manteles, terlices, paños, acero, cobre, hierro quebrado, calderas sanas o quebradas ... carga mayor 6 mrs. , carga menor 4 mrs.". (GONZALEZ ARCE, De la fiscalidad musulmana, 130, tabla 3) José Miguel Gual.

@ José Miguel Gual López.

Tipo: Alimentos

La voz ha sido modificada a fecha 2023-08-14.