Cebada

Cebada ,cevada, civada, çebada, çevada, cevera, ordeo, ordio, ordei, sevada, sivada, uverdio, ciuada, ordeum , orio, uuuerdio.. v. ordi- Cast. "ordio" o "cebada". La cebada con el trigo, era el cereal básico en la Edad Media. La alimentación estaba sustentada en estos productos; su importancia se ve reflejada igualmente en que constituía uno de los elementos principales de la tributación. No vamos a desarrollar aquí esta importancia, sino solamente recoger algunas notas documentadas sobre su precio, exportación, almacenamiento, y también sobre los impuestos que su cultivo engendraba, asi como alguna referencia sobre su uso tributario. El comentario sobre estos datos -indudablemente inconexos- no lo vamos a hacer tampoco, aunque si señalar la irregularidad de su precio en la segunda mitad del siglo XIV, y las anomalías de su normal distribución en el siglo XV.

Para más detalles sobre su lexicografía y sus usos especiales, véase Gual, Vocabulario, voz "ciuada" y "ordi". Véase "cebadera": saco o costal para llevar la cebada. (GAYANGOS, Conquista ultramar, glosario) y (FERNANDEZ LLERA, Vocab. F. Juzgo, voz "cevadero"); STEIGER, Voces origen orienta, cita "alsuichi", como cebada quebrantada y tostada. y cita a DOZY, Suppl. , 706, "Une farine grossiere, ou des grains concassés, ayant subí une certaine préparation, telle que d'etre torréfiés, passés a l'eau chaude,·etc.); TILANDER, Fueros Aragón, 617, "uuuerdio", "ordio".; GUAL, Vocabulario, v. ordi. NORTES, Estudio Léxico, 230, indica que "Mientras que cibaria (vid. s. v.), término ligado semánticamente al que aquí nos ocupa, es continuador de una expresión clásica latina, en cambio ciuata aparece como una formación especial del lenguaje romance, no sólo en el español común cebada, sino además en portugués cevada. (significando ambos 'cebada', es decir el equivalente al latín hordeum; véase s. v. cibaria, nota), así como en catalán civada (también provenzal civada), que significa, sin embargo, en catalán (y provenzal) 'avena'. La duplicidad de significaciones " cebada/avena" para ciuata se debe al alimento habitualmente utilizado para consumo de animales en una u otra zonas geográficas, reflejándose, ello en el lenguaje.. romance correspondiente a cada lugar".

Las noticias sobre precios arrancan desde la segunda mitad del s. XIII; ofrecemos unos datos:
-1168: "et non detis nisi decem panes in enfurcione, et sex dineros in carne, et quatuor cuartalejos de vino, et una emina de cevada" (RAMOS, Del hordio a la cevada, p. 156) José Miguel Gual.
-1168: Concesión de derechos feudales en la parroquia de Custoja, en Vallespir, por el abad de Arlés, en favor de Bertrand de Buada. "et decimum de mil e de ciuada ... et habeas X sest(ers) de segle currentes ... et duos sest(ers) de frumento rases ... et I migeram de ciuada ad mansuram Petralatem pro albergua, et I sest(er) current de ciuada, et I porç de trescol ..." ... "et IIII garbes de ciuada..." ... "et II panes de segle ..." ... "et I seter ras de ciuada". (ALART, Docts. Rousillon, 29) Miguel Gual.
-1183: Beziers, "Alfonso II autoriza a Bernardo Sanz para extraer, por mar o por tierra, hasta 300 eminas de cebada". (ACA. Bengª 340 de Alf. I Cfr. CARUANA, Itinerario, 213) Miguel Gual.
-1184: En el Fuero de Herrera de Pisuerga, otorgado por Alfonso VIII: cada año en agosto, pagarán "singulos modios de cevada cum modio tribudero". (GONZALEZ, Alfonso VIII, doc. 418) Miguel Gual.
-1192: Concordia de Alfonso II de Aragón al mosterio de Grassa: este cede las posesiones que tenía en la abadía de Salses a cambio de una pensión de 30 eminas de cebada en Ribesalbes. (MIRET, Itinerio, 458) Miguel Gual.
-1195: "preterea statuimus et confirmamus ut detis nobis annuatim in enfurcion, III tabladas de ordeo et I quarta de trigo... " (ALAMO, Oña, 378) José Miguel Gual.
-1198: "XII cuarteros, medietatem tritici et medietatem ordei" (RAMOS, Del Hordio a la Cevada, p. 157) José Miguel Gual.
-S. XIII: Fuero de Salamanca, "DELA FOLDADA DELOS ANDADORES: 235. Soldar delos andadores en uilla: media ochaua de ceuada".(CASTRO-ONIS ed. , Fuero Leoneses de Zamora, Salamanca, Ledesma y Albade Tormes, 161) Miguel Gual.
-1205: Alfonso VIII exime de tributos al Concejo de Palazuelos, a cambio del pago anual de 50 cahices "panis", medietatem tritici et medietatem ordei". (GONZALEZ, Alfonso VIII, doc. 774) Miguel Gual.
-1206: Fuero de Frieira, los pobladores darán al rey , cada año, "unum modium de cevada". (GONZALEZ, Alfonso IX, doc. 201, p. 281) Miguel Gual.
-1207: "E mandamos ainda que do trigo, e de ordio, e çenteno, e milho, e paynço (variante panyço), e do linho, re do vinho ... dedes a oytava parte" (Fuero de Guardâo, Portugaliae Monum. Hist., I, 536) Miguel Gual.
-1210: Donación de un molino en Barbastro por el obispo de Huesca, "et ad molendinum de moler cevera". (GUDIOL, Col. Dipl. Huesca, doc. 730). Véase doc. completo en imágenes del lexema. Miguel Gual.
-1221: Jaime I desde Gerona concede al abad y convento de Poblet el que no estén obligados a dar cebada a los pobres que se recogían en el monasterio. (MIRET, Itinerario J. I., 38) Miguel Gual.
-1231: En el tratado de sumisión de los moros de Menorca a Jaime I, figura que cada año entregarán al rey 900 almudinos "ordei". (HUICI, Col. Dipl. Jaime I, I, doc. 87, 168) Miguel Gual.
-1247: Privilegio de Jaime I a los hombres de Llivia: sólo darán al rey, al año, 15 modios ordei, 15 modios tritici y 40 modios "sigalis" (Miret, Itinerari Jaime I, 552) Miguel Gual.
-1251: Jaime I ordena al baile real de Prats de Molló, entregue al abad del monasterio de Camprodón 90 sexters de trigo y 160 de cebada, "ad mensuram de 9 ratis" (MOSALVATGE, Noticias Belasú, II y MIRET, Itinerari, 215) Miguel Gual.
-1252: Carta Puebla a los moros de Játiva: "Volumus eciam quod possitis emere triticum, ordeum, pannicium et quodlibet alius genus bladi, sicut christiani vicini Xative" (HUICI, Col. Dipl. Caime I, I, doc. 412, 552) Miguel Gual.
-1254: Jaime I autoriza a la iglesia de Mallorca para vender "bladum suum, ordeum vel frumentum ... per omnia regna et dominaciones nostras"; no obstante las disposiciones en contrario (HUICI, Col. Dipl. Jaime I, II, doc. 497, 39) Miguel Gual.
-1257: Jaime I reconoce que Robert de Tarragona, ciudadano de Mallorca, le ha prestado 200 cuarteras de trigo y 100 de cebada. (MIRET, Itinerari, 265), no indica fuente.
-1258: Gastos de la comida que el infante D. Pedro, hijo de Jaime I, dió en Barcelona a los obispos de la ciudad y de Zaragoza y a Ramón de Cardona: 14 sueldos en leña menuda, 20 docenas de "escudelles", 3 docenas de "talladors", 10 sueldos de queso, 34 pares de gallinas, a 22 dineros (hacen 62 sueldos), 40 pares de "poyls", a 12 dineros, cebada para las bestias del arzobispo de Zaragoza, 12 cuartes, a 4,5 ss= 53 ss., cebada para 4 bestias del infante= 3 ss. (MIRET, Itinerari Jaime I, 273) Miguel Gual.
-1259: "E dexámosvos x ochavillas de trigo, e vii ochavillas de centeno, e x ochavillas de cevada, e xiii ochavillas de comuña, e i ochavillas de avena" (CORHEM , RAMOS, Del hordio a la cebada, p. 157) José Miguel Gual.
-1259: Perpiñán, Jaime I otorga a Bernardo de Bervicio, como censo anual, 24 sexteros de "ordi". (HUICI, Col. Dipl. Jaime I, II, doc. 882, p. 260) Miguel Gual.
-1260: "VI kafies de ceuera; los II kafies de trigo et los II kafies de ordio et los otros II kafies d'auena" ... "et de todos los frueytos de çeuera et de vendema"(arrendamiento de un campo en Huesca) (NAVARRO, Docts. Lingûisticos, doc. 2, 2 y doc. 10, p. 11) José Miguel Gual.
-1260: Jaime I ordena a los habitantes de Valencia que paguen diezmos de "tritici, ordei, milli, adacie, avene, panicii, fabbarum, cicerum, arrocii, vindemie, lini, canapi, agnorum, edularum et vitilorum" (HUICI, Col. Dipl. Jaime I, doc. 839, 285). Miguel Gual.
-1261: Extensión de la palabra "bladum": "et quod in dicto alcacer defferatur triticum, ordeum et aliud quodlibet bladum..." (HUICI, Col. Dipl. Jaime I, II, doc. 987, 288) Miguel Gual.
-1262: "civada a III besties del senyor Infant": su coste es de 3 sueldos para 4 bestias." ... "civada a les besties del bisbe de Çaragoça, XII quarters e IIes civades fan III sol. et medio, a III sol. et medio la quartera de civada a III besties del senyor Infant, III sol.". (SOLDEVILA Pere infant, doc. 4, 432, 433) Miguel Gual.
-1266: Navarra, "por 20 kafices de cevada, comprada en Montreal pera'l rey, 50 s(anchetes)"(A.G.N., Comptos, Reg.I, fol. 38v)
-1269: "1 cahiz y 8 almudes de civada cuestan en Mira (Castilla), 66 sueldos y 4 dineros". "1,5 cahices de civada, 60 sueldos". "7 cahices y 5 almudes de civada, suficientes para 178 bestias, se venden a razón de 3 ss. y 4 ds. el amud". (SOLDEVILA, Pere infant, 248) Miguel Gual.
-1274: "Item XVIII kafiçes d'ordio" (DURAN, Notas de archivo, p. 97) Miguel Gual.
-1279: "dos almudes de buen pan e limpio, lo medio trigo e lo medio ordio, a la medida de Tejada" ,(RAMOS, Del hordio a la cevada, p. 156) José Miguel Gual.
-1283: Capbreu de Vall de Ribes, "una cartera de ciuada" ... "P. Marti jura que's hom del seyor rey e fa a la un ay ... una migera de ciuada" ... "S. Beltran ... fa una quartera de ciuada... B. Font ... fa una quartera de ciuada al VIII ay(any)" ... " Arn. Batle ... fa II migeres de civada" ... "Na quirenda ... fa III pugeres de ciuada a cap de II ays" ... "Bn. Suger ... fa una pugera d'ordi cemasal G. des Prat fa la iga pugera d'ordi cemensal" (ALART, Doc. Roussillon, 39, 40, 45) Miguel Gual.
-1284: "Tengo por bien que todos aquellos que quisieren llevar por mar ó por tierra a Sevilla y todos otros lugares de la frontera, trigo, centeno, cebada y mijo, que vayan salvos y seguros por todas las partes de mis reinos, que no den de ello diezmo no portazgo no otro derecho ninguno" (Carta al concejo de Burgos. GAIBROIS, Sancho IV, doc. 27) L. Dapena.
-1291: Aragón (Daroca), 200 fanegas de grano, mitad cebada, mitad avena, valían 250 solidos jaqueses (CAMPILLO, Daroca, p. 364) J. Zabalo.
-1303: Aragón, "... 12 solidos lo kaffis del ordi ..." (GONZALEZ HURTEBISE, Libros de Tesorería, p. 329) Miguel Gual.
-1303: se compra o cambia un mulo "de perbru", por 300 fanegues de civada" (GONZALEZ HURTEBISE, Cuentas Boyl, 210) Miguel Gual.
-1310: Ordenanza de Perpiñán, "Item que'ls mo(li)ners, pus que aurán pres per molre froment, ordi ho altre blat, lo tornen e auen ha tornar molt a la casa d'aquel lo d'aquela de qui será, dins X dies ..." (ALART, Docts. Roussillon, 206) Miguel Gual.
-1330: Alfonso IV de Aragón perdona a los vasallos de la villa de Montesa las penas en que han incurrido por sacar trigo, "ordio" y otras cosas prohibidas, de Peñíscola y Alcocebre. (AHN, Priv. Montesa. Pargº orig. R 359 copias R. 360 y 361. ACA Reg. 481, f. 189. (JAVIERRE, Priv. Montesa, 230, doc. 394 a 396) Miguel Gual.
-1331: "Item deu donar al spitaler XV quarteres d'ordi, a mesura de Tarragona. Item a enfermer, les quals se leuen de la sua part deldelme de Uayls(Valls), XX quarteres d'ordi, a mesura de Uals" ... "Encare con lo canonge venge, es li tengut pebordre de dar ciuada a II besties" ... "Item ordona que d'aqui avant se dó la ciuada ... al cauayl del senyor II quartans e mig entre matí e vespre". (SERRA VILARO, ed., Llibre del coc, XLVI v., XLVII r., LV recto) Miguel Gual.
-1338: En Santa María de Mave, la fanega de cevada vale 4 maravedís. (GARCIA GZ., Vida económica, 164) S. Moreta.
-1338: En San Babilés de Cerrato vala la fanega de cebada, 1,5 maravedís (MORETA, Monasterio Cardeña, 265) S. Moreta.
-1338: En San Juan de Burgos la fanega de cebada vale a 2,5 mrs. (GARCIA GZ. Vida económica, 132) Miguel Gual.
-1338: Castilla, es interesante observar la diversidad de precios, en un mismo año, en distintos puntos. La oscilación se establece entre 1,5 mrs. a 8 mrs. (véanse para los distintos precios y lugares. Moreta, El monasterio de Cardeña, Miguel Gual. p. 265,267; García González, Vida económica mon. benedictinos s. XIV, p. 132, 137, 147, 164, 168, 171, 179, 185, 188, 189, 191 y 192; y Ferotin, Recuelil des chartes, p. 39) Miguel Gual.
-1338: Fanega de cebada, 2 mrs. en Burgos y Aranda de Duero. (CARLE, Mercaderes en Castilla, 318) Miguel Gual.
-1338: La carga de cebada vale en Hornillo a 8 mrs., en S. Zoilo de Carrión, 5 mrs. , en Sahagún a 4 mrs., en Villadefrades a 4 mrs., em Piascas a 8 mrs., en el Priorato de Velver de Sahagún 4 mrs., en el Priorato de Villada de Sahagún 4 mrs., en Santervás de Sahagún 4 mrs., en el priorato de San Felices de Mayorga de Sahagún 4 mrs., (GARCIA, GONZALEZ, Vida económica, 168, 171, 179, 185. 188, 189, 191, 192) Miguel Gual.
-1343: "... han portades e fetes portar viandes ... ço es pa, vi, civada, carn salada, oli e faves" ( PONS, Judios Mallorca, doc. 102) Alvaro Santamaría
-1343: "Et el trigo que cogiere oganno en mi cortijo de lo que sembré. Et una poca ceuada, que esta en el algorffa de mi casa donde moro" (Testamento del dean de Sevilla. BALLESTEROS, Sevilla s. XIII, CCCXX) Miguel Gual.
-1343: Don Juan Manuel envía mil cahices de "civada" al ejército del Algeciras. (GIMENEZ SOLER, J. Manuel, doc, 570) Miguel Gual.
-1351: En Castilla, "... çevada ... tres maravedís la fanega" (1351, Cortes León-Castª.,II, p. 17) L. Pascual.
-1364: Para los caballeros que acompañan a don Faraq. "Otrosi que todos los veçinos de la dicha çibdat que les vendan çevada e lo que menester ovieren". (AMM Act. Cap. Era 1402, f. 14r) L. Pascual.
-1364: En Murcia, "... el cafiz (de) çevada a XL maravedís (AMM,Act. Capit., era 1402, fol. 63v).Precio muy elevado según el mismo documento; existe otra disposición (Ibid. fol. 63v) para que se venda la fanega de cebada a 8 mrs. L. Pascual.
-1364: "Que d'aqui adelante qualquier que toviere trigo e çevada e arroz de vender, que lo venda la hanega de la cevada a 9 mrs. e la hanega de arroz a seys mrs e no más" (A.M.Murcia, Act. Cap. Era 1402, fol. 64 r) L. Pascual.
-1366: En Navarra, "çevada pora III bestias ... a cada una, I quortal et meyo, valem I rouo, III quortales, II almudes, per rouo III s., valen V s. VII d. o." (CARRASCO, La población, p. 648) J. Carrasco.
-1366: En Navarra, "çeuada pora 7 bestias, 9 sueldos 3 dineros". (AGN, Fuegos 1366, f. 127r.) J. Carrasco.
-1369: En Castilla, " en la muestra corte que vala la çevada a diez maravedis ..., e en la çibdad de Burgos fasta Pancorbo e Bureva e Rioja que fala la fanega de çevada a doze maravedís (1369. Cortes León.Castª, II, p. 172) L. Pascual.
-1374: "del trigo boltiz que era en Lonpiach (Lumpiaque, Zaragoza) ... y es a saber, trenta dos chafices e meo, mesura de Lonpiach; trigo candiall, diez chifices e meo; centeno, dos arrobas; ordio, XXVII chafices" ... "Hauena", 9,5 cahices. (Inventario de bienes Ex. Pérez de Salanova, SERRANO SANZ, Inventarios aragoneses, II, 351) Miguel Gual.
-1374: En el inventario de bienes de Exenon Pérez de Salanova, figura, "XXVII cahices de ordio". (SERRANO SANZ, Inventarios aragoneses, II, 345) Miguel Gual.
-1385: En Mallorca, "costarem quatra libras sivada, de batafalua e regalesia, perço con eram de Corema e avia mester confits, a rahó de I sou sis diners la libra, sis sous" (PASCUAL , Cuentas nave mallorquina, p. 298) Alvaro Santamaría
-1386: en Mallorca se regula el "blat per revendre", a 100 cuarteras de "forment" y 200 de "ordi" al año, por cada revendedor (PONS, Mostassaf. 217-213) Alvaro Santamaría
-1388: En el libro de cuentas de Jaime Olivier, mercader narbonés, se cita un barco que transporta cebada desde Serignan a Barcelona. (COMBES, Le port de Serignan", 18) Miguel Gual.
-1394: "Carga de cevada, que devia pagar de entrada I morlan, pague agora quoatro dineros de carlines prietos". (Navarra. AGN, Arancel de San Juan) A. Martín Duque.
-1401: En Navarra, se venden a 16 sueldos el cahíz (1401, Castro, Catálogo, t. 24, nº 159) A. Martín Duque.
-1401: Cebada real. Partición de la cebada del rey: "otrosí el dicho Pascual Pedriñán requirió e afrontó a los dichos omes buenos e ofiçiales que fizieren repartiçion de la çevada del rey nuestro señor por los vezinos de la çibdat (Murcia)". (AMM Act. Cap. Era 1402, f. 23r) L. Pascual.
-1406: En Murcia, "... veinte maravedís la fanega", indicando que su cogida ha sido escasa (1406, Benito Ruano, Avisos y negocios, p. 161) Manuel Riu.
-1408: Juan II hace pregonar por todos los reinos la franquicia de impuestos a los que lleven çeuada a la ciudad de Sevilla, para abastecer al ejército cristiano del infante D: Fernando, pudiéndola vender allí libremente, al precio que quisieren; además, el rey los primará así "de los mandar dar por cada fanega que assy trayeren a la dicha çibdad quatro maravedís de más del presçio que la vendieren". (AMMurcia. Cartulario 1391-1412, f. 63v-)
-1438: En Navarra, se vende a 5 dineros el robo (IDOATE, Catálogo, t. 43, nº 544)
-1445-1448: "Las cosas que toda buena fortaleza deve tener son las siguientes: puente levadiza e rastrilleras en torrno de las torres, e murallas en que aya esquilas o cascabeles, … pozo o algibe, forno, molino de viento o atahona, fragua, establos, mastines, ansares. … Debe así mesmo aver en toda buena fortalesa oficiales, ferramentas, artillerías, vituallas, armas ofensivas e defensivas. Es a saber: ...; trigo, cevada, centeno, farina, pan, viscocho, garvanços, favas, arrós, arnejas, lantejas, gallinas, palomas, anades, azeite, miel, vino, vinagre, especias, sal, cera, sevo, ajos, cebollas, leña, carbón; lonbardas, truenos, serpentinas, culebrinas, espingardas, ballestas; almazén, lanças, dardos, paveses, celadas, casquetes, piedras de lombardas e truenos, plomo, estaño, molde para fazer pelotas de las culebrinas e serpentinas". (Diego Valera, Tratado de la Providencia contra Fortuna) Miguel Gual.
-1484: "A todos los conçejos ... de Sevilla e Xerés de la Frontera e Eçija, e de las villas de Carmona e Marchena e Osuna ... Sepades que a nos es fecha relaçion que en esas dichas çibdades e villas e logares, o de alguna dellas, han llevado e lievan mucho pan, trigo e çevada a los puertos de mar ... porque'l dicho pan que asi se lieva a los dichos puertos, se cargan e lievan por la mar a los moros, enemigos de nuestra santa fe catolica..." (Prohibición de la saca de pan de las tierras bajoandaluzas por vía marítima. (CARANDE ed. Tumbo RRCC Sevilla, III, 523) López de Coca.
-1484: Voz Ordi : "Ordi e tot legum, el cahiz 1 sueldo y 4 meallas de lezda (art. 213). Castellano «cebada», cereal muy relacionado con el trigo y el pan en la época medieval. Alfonso VIII, en 27 mayo 1205, escusa de tributos 'al concejo de Palazuelos, a cambio del pago anual de 50 cahíces «panis, medietatem tritici et medietatem ordei» (pubi. J. González, Alfonso VIII, doc. 774). Tilander, Fueros de Aragón, registra la voz uuerdio, que cree similar a ordei (cebada). Véanse: Dic. Aguiló y DCVB., voz ordi, y voz setgle en el presente glosario.". (GUAL, Arancel de Lezdas, II, 41) Miguel Gual.
-1486: En Andalucía, mientras dure la guerra con los moros, se estipula el precio de la fanega en un máximo de 62 mrs. (CARANDE, Tumbo RRCC Sevilla, IV, p. 157) López de Coca.
-1491: En andalucia, la misma disposición, pero el máximo es fijado en 67 mrs (CARANDE, Tumbo RRCC Sevilla, V, pp. 222-223) López de Coca.
-1495: "En el ayuntamiento e conçejo (Murcia) paresçio García Gurierrez de Madrid, e presentó... una carta del rey e de la reina... por la qual sus altezas mandan pagar a esta çibdad çiento e sesenta mill maravedis, que le copieron en el repartimiento primero de peones, que esta çibdad copo en la junta general de la dicha hermandad, para los gastos de defensa de la Santa Iglesia de Dios e de sus regnos... e después fablando e platicando sobre la orden que devia dar para los dichos maravedís cobrarse mas prestamente, con la menos fatiga que sentir puedan los vezinos de la dicha çibdad, acordaron que se devía repartir e repartiese y cargase algunas cuantías de maravedís sobre la carne y el pescado y otras provisiones que en esta çibdad se vendan y de ella se sacan en esta manera: Que se cargue sobre cada arrelde de carne fresca o salada, dos maravedís. sobre cada libra de pescado fresco o salado, una blanca. De cada arroba de azeite que qualquier vezino vendiere... diez maravedís. De cada libra de pescada çeçial un maravedí. En cada libra de queso un maravedí. De qualquier hanega de trigo...çinco maravedís. De cada hanega de çevada... dos maravedís. De cada arroba de vino... çinco maravedís" (A.M.M. Act. Capt. 1495-96. f. 31r-32r) Angel Luis Molina.
-1495: "Sus altezas pore los capítulos e hordenanças que nuevamente han enviado a esta çibdad (Murcia), mandan que os mesones estén bien basteçidos e linpios e de buenos mantenimientos; por ende los dochos sennores (des) conçejo hordenaron e mandaron que los mesoneros puedan vender e vendan en sus mesones, cevada e paja e otros qualesquier mentenimientos, con tanto que non ganen en ello mas del quinto de lo que les costare e valiere en el mercado". (AMM, Act. Cap. 1494-95, f. 103 r) Angel Luis Molina.
-1496: En Murcia, "dos reales de una hanega de çevada" (AMM, Act. Capit. 1496-97, fol. 55 v.) Angel Luis Molina.
-1497: En el inventario del jurista zaragozana Garcerán Ferrer figuran, "Seys touallas, las dos alamandiscas, las quatro de lino, de la tabla redonda. (Seys touallas de lino, grandes ya teñidas, esquaquiadas, de grano de ordio) de la tabla mayor. Dos touallas alamandiscas, a la tabla mayor" (SERRANO SANZ, Inventarios aragoneses, II, 94) Miguel Gual.
-1499: En el inventario de un agricultor de Almenar figura en "lo celer", "Item ordi cinch quafiços". (FARAUDO, casa catalana, I, 136) Miguel Gual.
-1501: “En vn syllo, sesenta anegas de çevada, poco más o menos”. (ARROYAL y MARTIN, Ajuar domestico, 11)
-1538: En Murcia, "... çebada a diez reales al cahiz" (1538, AHM, Libro Protocolos, 1515-1547, escribano Juan de Jumilla, fol. 343v.) Francisco Chacón.
-1542: Sisa impuesto sobre los mantenimientos por el Concejo de Villa Rodrigo para el servicio ordinario. "de cada una fanega de cevada medio real". (A.R. Ch. de Granada, S. 3ª-L.265 -1-) E. Lapresa.
-1562: "tres quartillas de sevada" ... "ocho fanegas de çebada en dos orones, poco más o menos" ... "lo que se gastó en la çebada" ... "otra haza de cebada que estaba sembrada en la sierra de Guebro a renta" ... "tres fanegas de cabada, que yo di por la terçia parte que a de aver en la haza que tenía sembrada con el dicho Agustín de Canjayar, mi padre, horro de diezmo y primicio y de toda costa" ... "tiene sembrado en el campo de Nixar, en el pago de la Pared, dos hanegadas y media de çebada, la qual estava para segar" ... "quatro hanegas de senbradura de çebada en el pago de dizen La Pared". (MARTINEZ RUIZ, Inventario bienes moriscos, v. cebada, 86) R. Peinado.
-1565: En un inventario oscense aparece "Tres cahizes y medio de ordio" (LAGUNA, Estudio léxico, p. 46)
-1566: "Que vendan a veinte y quatro maravedís el çelemin de la çebada". (AMM Act. Cap. 1566, f. 50v.) Francisco Chacón.
-1568: En Murcia, "e luego se acordó que el mayordomo de esta çibdad compre hasta mill fanegas de la dicha çevada ... desde cuatro reales hasta cuatro y medio" (AMM, Act. Capit. 1568, fol. 139v) Francisco Chacón.

Siendo producto alimenticio básico es natural que aparezcan noticias sobre su almacenamiento indebido, con objeto de efectuar luego reventas abusivas; este fenómeno puede explicarse también por la concentración de la tierra: en años de escasez las grandes superficies de terreno cultivado ofrecían lógicamente unas cosechas relativamente elevadas; eta ventaja en la producción era buen arma de especulación en el mercado. Sin embargo no sería necesariamente en los buenos años, precisamente preveyendo los años difíciles. Noticias de este tipo le hamos documentado en 1488, en Mallorca (Pons, Mostassaf, p. 15-16) y en Castilla en 1576 (Actas Cortes Castª, Cortes Madrid, 1576, p. 42)

Sobre su comercio hemos encontrado algunas importantes referencias en Andalucía. Y estas referencias quizás tengan relación también sobre la especulación de la cebada. Porque en este punto cabe pensar cuando en 1448 se prohibe su saca por mar en Andalucía, ya que se lleva a los moros (Tumbo RRCC Sevilla, III, p. 253)
Como elemento de tributación entrada dentro de los derechos reales. Así documentamos la partición en las ciudades de la cevada del rey (AMM, Actas Capitulares 1364, fol. 23v)
En otro sentido, su producción y consumo pagaba también una serie de impuesto. En 1597 por moler en los molinos de la jurisdicción de Murcia se pagaba 8 mrs. por cada fanega de cebada (AMM, Act. Cap. 1597, fol. 76v). De otra parte, en un repartimiento de peones efectuado en Murcia en 1495, la fanega de cebada se carga con 2 mrs. (AMM, Act. Capit. 1495-1496, fols. 31r-32 )

De: GUAL CAMARENA, M. Vocabulario del comercio medieval. Colección de aranceles aduaneros de la Corona de Aragón (siglo XIII y XIV) , Tarragona (1968)

Ciuada (IV, 149 y 167). — Véase «auenes». El cat. arcaico «civada» tenía sentido de pienso para el ganado, pasando con el tiempo a significar «avena» (lo mismo que el cast. «cebada» adquirió el significado del cat. «ordi»). Cast. «avena» (en el sentido de pienso, sin excluir por completo «cebada»). Del lat. «cibata».
Citas. Garbes de ciuada (1168, publ. Alart, Docts RoussiUon, 29). Cebada verde y en hierba (FTeruel, edic Gorosch, 613). «Diemos a la noche çevada, cada dos çelemines et medio a cada bestia, que valie el celemin a 9 dineros» (Cuentas viaje 1352, edic. Sánchez Villar, 14; en p. 21, a 3 maravedís el celemín). «Del cauall que menja massa ciuada e's costriba e’s infla...; e don’li la ciuada, e sia tot hora mitadenqua, mig hordi e mig auena, car l’ordi de Regne de Valench és molt fort...car l’ordi de Cicília e de moltes altres parts és pus moll e de millor digestió para dar a soles, que no lo d’ací de Regne de Valench» (Gasparetti, Tratt. mascalcia, 304 y 317). El día de Ramos se da a los canónigos nceblada ab oli» (Uibre del coc, fol. 27 v.).
Bibliografia. Menéndez Pidal, Cid, v. «çeuada». Keller, Vocab. Alixandre, x. «çiuada». Asso, v. «cebada». Dic. Balari, Dic. Aguiló y DCVB., v. «civada». Asín, Glosario, núm. 592. Soldevila, Pere infant precios. Forestié, Bonis, v. «sivada».

Tipo: Alimentos

La voz ha sido modificada a fecha 2024-01-23.

Fichas de la voz «Cebada», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"