Mendigos

Mendigos
-1351: "Otrosi tengo por bien et mando que todos los omes e mugeres baldíos que andodieren pediendo e mendigando, o labradores que han de labrar las lavores de las heredades del pan et del vino, et tapiadores et peones et jornaleros et mançebos et azemileros et alquiladores de las bestias et de las carretas, et mesagueros et quinteros et vinaderos et vendimiaderas et sarmentadores et sarmentadoras et pastores et vaquerizos et amas que criaren los fijos agenos et todos los otros serviçiales que ovieren a servir et labrar por alquiler o por soldada en qualquier manera, que guarden et tengan et cunplan todo estos que en este ordenamiento se contiene .. et no reçiban mayor preçio de como es dicho" ... "Primeramiente tengo por bien e mando que ninguno omes nin mugeres, que sean et pertenescan para labrar, non anden baldíos por el mío sennorio, nin pidiendo nin mendigando; más que todos lazren et vivan por labor de sus manos, salvo aquellos et aquellas que ovieren tales enfermedades o lisiones o tan grand vejez que lo non puedan fazer, et moços et moças de doze años". (Cortes León-Castª., II, Valladolid 1351, 88, 92)

Tipo: Oficios

La voz no ha sido modificada.

Fichas de la voz «Mendigos», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"