Lancero
Lancero, lançero
-1361: Pedro IV establece que los lanceros deben de contar con elementos protectores como corazas, suellas o espalleras, pavés o escudo y gorguera y yelmo, sombrero (capell) de hierro o capellina y debían de tener como armas ofensivas una lanza y dos dardos. (CANTOS, El armamento, p. 112) José M. Gual.
-1348: "Et después que se cunpliere el tienpo del serviçio, dandoles su sueldo en esta guisa, a los omes a cavallo segunt nos viéremos que es aguisado e segunt el tienpo; e a los de pié, a cada lançero un mrs. cada día, e a cada ballestero treze dineros cada día; que se non puedan yr, et si se fueren, que los maten por ello do quier que los fallaren, et nos les non perdonemos las nuestra justiçia". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Zamora 1274, 93) M. C. Melendreras.
Tipo: Oficios
La voz no ha sido modificada.