Estatutos

Estatutos sobre bienes eclesiásticos.

-1180: Alfonso VIII concede los siguientes privilegios especiales en favor de todo tipo de eclesiásticos: a la muerte de cualquier prelado, sus bienes pasarán íntegramente a su sucesor, excluyendo al rey y a todo tipo de autoridad administrativa de la apropiación total o parcial de los bienes del muerto; no exigir nada de ninguno por la fuerza; exención de todo tipo de servicios reales; en caso de naufragio, nadie podrá disputarles la propiedad y cualquiera de sus bienes. (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 582-583, nº 344) J. M. Mínguez.

Tipo: Iglesia

La voz ha sido modificada a fecha 2023-12-26.

Fichas de la voz «Estatutos», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"