Transferencia y divulgación científica

Convocatorias y Actividades de Transferencia

null Convocatoria de ayudas RIS3MUR para la reactivación empresarial

Actuación

Programa RIS3MUR Covid-19 para la reactivación empresarial a través de la innovación tecnológica

Objetivo de la actuación

Para contribuir a paliar las consecuencias económicas y laborales provocadas por la pandemia del Covid-19, este programa tiene por objeto la reactivación empresarial a través de la innovación, mediante el apoyo a proyectos de carácter tecnológico para recuperar, mantener o incrementar la productividad o competitividad.

Las empresas que desarrollen los proyectos financiados al amparo de esta línea de ayudas estarán enmarcadas en alguno de los ámbitos de especialización comprendidos en la Ris3Mur (www.ris3mur.es), Estrategia de investigación e innovación para la especialización inteligente de la Región de Murcia.

Beneficiarios

Pymes y Grandes Empresas, que se enfrentan a una pérdida de productividad o competitividad, una falta de liquidez o a otro tipo de perjuicios económicos significativos y, en general, cuyos resultados económicos se vean afectados como consecuencia del estado de alarma decretado a raíz del Covid-19, que realicen los proyectos subvencionados en centros de trabajo radicados en la Región de Murcia, siempre que tenga su sede social en España, y dedicadas a cualquier sector de actividad comprendida en alguna de las áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de investigación e innovación de Especialización Inteligente Ris3Mur, www.ris3mur.es.

Las universidades podrán participar como entidades subcontratadas en estas ayudas

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva

Plazo de presentación

Desde el 1 de septiembre de 2020 hasta el 21 de septiembre de 2020

Tipo de ayuda

Subvención

Presupuesto de la convocatoria

6.000.000 euros

Duración de los proyectos

El plazo máximo e improrrogable de realización del proyecto subvencionado será de 15 meses a partir de la notificación de la resolución de ayuda.

Características de las ayudas

Estas actividades deberán llevarse a cabo por la propia empresa, sin perjuicio de la posibilidad de contratar las colaboraciones externas necesarias de otros agentes del ecosistema de innovación empresas, centros de investigación, universidades, centros tecnológicos, etc. para desarrollar su proyecto.

Cada beneficiario obtendrá una subvención bruta a tipo fijo de hasta el 80% en el caso de las PYMES y hasta un 60% en el caso de las Grandes Empresas de los costes elegibles. Cada convocatoria establecerá la intensidad e importes máximos por beneficiario

La cuantía máxima de subvención por beneficiario y proyecto será de 250.000€, salvo las empresas dedicadas a los sectores de la pesca y la acuicultura que no superan los 120.000€ euros y las dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas que no superarán los 100.000€ por empresa. La cuantía máxima de ayuda que podrá recibir una misma empresa es de 800.000€.

Requisitos

  • El proyecto podrá estar iniciado desde el 1 de marzo de 2020.
  • Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse durante cinco años, salvo para las PYMES que será de tres años, desde la finalización del proyecto considerado. No obstante, las inversiones mencionadas podrán ser sustituidas en el caso de obsolescencia, o avería, siempre y cuando la actividad económica del beneficiario se mantenga en la Región de Murcia durante el periodo mínimo señalado.
  • El proyecto perseguirá el incremento de la productividad o la competitividad de la empresa. Los objetivos del proyecto deben estar ligados a objetivos industriales y comerciales de la empresa.
  • Los trabajos realizados por el personal investigador, técnicos y demás personal auxiliar de laboratorio o del departamento de I+D deberán realizarse en el Centro de Trabajo ubicado en la Región de Murcia, y el personal deberá estar dado de alta en la cuenta de cotización correspondiente a dicho Centro.

Gastos elegibles

  • Costes directos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar dedicados, total o parcialmente, a la realización del proyecto subvencionado
  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a las actividades de innovación del proyecto. El importe de estos costes no podrá superar el 70% del total de los costes subvencionables totales del proyecto.
  • Costes de protección de los resultados del proyecto de innovación mediante modelo de utilidad, patente o diseño industrial, contratados a expertos en la materia, particularmente a Agentes de la Propiedad Industrial
  • Costes de consultoría, certificación del proyecto, u otros análogos necesarios
  • Adquisición de activos fijos nuevos consistentes en el equipamiento científico-tecnológico necesario para la realización de actividades I+D que contemple el proyecto
  • Coste del informe de revisión de la cuenta justificativa realizado por auditor acreditado en el Registro Oficial de Auditores de Cuenta ROAC

Quedan excluidas las compras de terrenos, edificios, elementos de transporte exterior y obra civil.

Solicitud

Aplicación online

Más información

Bases completas de la convocatoria 

Ficha resumen

Divulgación Científica UMU

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