Declaración de Accesibilidad

Situación de cumplimiento

Esta aplicación para dispositivos móviles es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

  1. falta de conformidad con el RD 1112/2018

    • En algún caso es necesario realizar acciones de arrastrar o girar para activar una funcionalidad [requisito número 5.5.1 Modo de accionamiento de UNE-EN 301549:2022]

    • En algún caso es necesario realizar más de una acción a la vez [requisito número 5.9 Acciones simultáneas del usuario de UNE-EN 301549:2022]

    • En algún caso los productos de apoyo no pueden determinar el orden de los elementos mostrados [requisito número 11.1.3.2.1 Secuencia significativa (funcionalidad abierta) de UNE-EN 301549:2022]

    • No es posible operar la interfaz al usar el dispositivo en horizontal [requisito número 11.1.3.4 Orientación de UNE-EN 301549:2022]

    • Algunos textos no tienen un contraste mínimo suficiente con respecto al fondo [requisito número 11.1.4.3 Contraste (mínimo) de UNE-EN 301549:2022]

    • En algún caso no es posible navegar por la pantalla utilizando un teclado [requisito número 11.2.1.1.1 Teclado (funcionalidad abierta) de UNE-EN 301549:2022]

    • Pueden crearse trampas de teclado al navegar a un componente mediante las teclas de direccion o de tabulación cuando se abre un contenido oculto [requisito número 11.2.1.2 Sin trampas para el foco del teclado de UNE-EN 301549:2022]

    • Al navegar la pantalla con un teclado puede que el orden de los desplazamientos no sea el esperado [requisito número 11.2.4.3 Orden del foco de UNE-EN 301549:2022]

    • El propósito de un enlace debe estar contenido dentro del propio enlace, o de un texto precedente al mismo [requisito número 11.2.4.4 Propósito de los enlaces (en context) de UNE-EN 301549:2022]

    • En algún caso no es posible accionar elementos de la interfaz sin un gesto vertical [requisito número 11.2.5.1 Gestos del puntero de UNE-EN 301549:2022]

    • Si se utiliza un idioma distinto en la aplicaión y en el dispositivo es posible que el lector de pantalla pronuncie mal algunas palabras [requisito número 11.3.1.1 Idioma del software de UNE-EN 301549:2022]

    • Hay elementos que requieren utilizar más de un dedo a la vez para interactuar con la interfaz y no ofrecen alternativa [requisito número 11.5.2.12 Ejecución de acciones disponibles de UNE-EN 301549:2022]

    • Algunos cambios en atributos de la interfaz de usuario no son notificados a los productos de apoyo [requisito número 11.5.2.15 Notificación de cambios de UNE-EN 301549:2022]

    • En algunos casos no se utilizan las preferencias del sistema, como las de tamaño de texto [requisito número 11.7 Preferencias de usuario de UNE-EN 301549:2022]

    • Los servicios de apoyo no disponen de documentación sobre las características de accesibilidad de la aplicación [requisito número 12.2.2 Información sobre las características de accesibilidad y compatibilidad de UNE-EN 301549:2022]

    • No hay documentación sobre la aplicación disponible en los servicios de apoyo [requisito número 12.2.4 Documentación accesible de UNE-EN 301549:2022]

  2. carga desproporcionada

    • No aplica.

  3. el contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable

    • Podrían existir archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 7 de noviembre de 2023.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.

Última revisión de la declaración el 7 de noviembre de 2023.

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:

  • informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de esta aplicación para dispositivos móviles
  • transmitir otras dificultades de acceso al contenido
  • formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad de la aplicación para dispositivos móviles

A través de las siguientes vías:

Puede presentar:

  • una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018 o
  • una Solicitud de Información accesible relativa a:
    • contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4
    • contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

A través del Procedimiento de solicitud de información y quejas sobre accesibilidad de la Sede electrónica de la Universidad de Murcia, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por el Área de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Aplicadas (ATICA) de la Universidad de Murcia.

Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada a través del Procedimiento de solicitud de información y quejas sobre accesibilidad de la Sede electrónica de la Universidad de Murcia, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Secretaria General de la Universidad de Murcia.