Vicerrectorado de Estudios
Títulos universitarios oficiales y acceso entre los mismos.
Aquí encontrarás información sobre las titulaciones y/o estudios de primer ciclo y los complementos de formación exigidos para el acceso al segundo ciclo de enseñanzas que no constituyen continuación directa del primer ciclo superado por el alumno. Las determina el Ministerio de Educación y Cultura mediante la Orden publicada en el BOE.
La información que vas a obtener, será buscando qué titulación te gustaría cursar y ver que posibilidades de acceso tiene desde otras titulaciones (cursando como mínimo el primer ciclo), y las asignaturas que deberás cursar (en el caso de que hayas de realizarlas).
PASARELAS
DENOMINACIÓN DEL TITULO (BOE de su publicación)
- Acceso directo: desde que titulación se accede directamente
- Acceso con complementos de formación
Obtenido cualquier título de primer ciclo o superado el primer ciclo de cualquier titulación puede acceder directamente a:
- Licenciado en Antropología Social y Cultural (BOE 13-1-1993. Ampliación 27-12-1993. Modificación 28-2-2005)
Obtenido cualquier título de primer ciclo o superado el primer ciclo de cualquier titulación puede acceder con complementos de formación a:
- Licenciado en Comunicación Audiovisual (Complementos BOE 12-6-92)
- Licenciado en Documentación (Complementos BOE 5-8-93)
- Licenciado en Estudios de Asia Oriental (Complementos BOE 29-3-03)
- Licenciado en Historia y Ciencias de la Música (Complementos BOE 28-9-95)
- Licenciado en Humanidades (Complementos BOE 27-12-93)
- Licenciado en Lingüística (Complementos BOE 13-1-93; Ampliación BOE 27-3-01)
- Licenciado en Periodismo (Complementos BOE 12-6-92)
- Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas (Complementos BOE 12-6-92)
- Licenciado en Traducción e Interpretación (Complementos BOE 27-12-93)
- Teoría de la Literatura y Literatura Comparada (Complementos BOE 26-9-1991; Ampliación BOE 17-9-99)


