Facultad de Veterinaria
Competencias
La obtención del Título de Doctor a través del presente Programa de Doctorado garantizará, como mínimo, que los estudiantes habrán adquirido, además de las competencias que figuren en el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, las siguientes competencias básicas:
a) Capacidad de comprensión sistemática de un campo de estudio y el dominio de las habilidades y métodos de investigación relacionados con la ecopatología de la fauna silvestre y sus implicaciones en sanidad animal y salud pública.
b) Capacidad de concebir, diseñar, poner en práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación con seriedad académica.
c )Capacidad de realizar una contribución a través de una investigación original del conocimiento que amplíe las fronteras, desarrollando un corpus sustancial, del que parte merezca la publicación referenciada a nivel nacional o internacional.
d) Capacidad de realizar un análisis crítico, evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.
e) Capacidad para comunicarse con sus colegas, con la comunidad académica en su conjunto y con la sociedad en general acerca de sus áreas de conocimiento.
f) Capacidad de fomentar, en contextos académicos y profesionales, el avance tecnológico, social o cultural dentro de una sociedad basada en el conocimiento.
Perfil de ingreso
Para el acceso al período de investigación que, además, cumple con alguno de estos requisitos:
- Está en posición del Título Oficial de Máster Universitario en "Gestión de la fauna silvestre" u otro del mismo nivel y similares contenidos expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior o, en su caso, que ha sido comprobada la formación equivalente, mediante acuerdo del órgano competente en la Universidad de Murcia.
- Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios másteres universitarios, de acuerdo con la oferta de la Universidad, o, en su caso, acreditar 60 créditos de nivel de posgrado no incluidos en Másteres Universitarios, en cuyo caso la aprobación deberá contar con un informe favorable de la agencia de evaluación de acuerdo con lo establecido en los artículos 19 y 24 del RD 1393/2007.
- Estar en posesión de un Título de Graduado cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos. En este caso, la Comisión Académica también podrá establecer una formación complementaria como requisito sine qua non para la admisión del alumno en el período de investigación del Programa.
- Cualquier otro caso de los previstos en normas de carácter general.


