Facultad de Psicología

Proceso de extinción

La implantación del Título de Grado en Logopedia lleva implícito la extinción del título de Diplomado en Logopedia (B.O.E. de 13 de abril de 2004), para lo que que se ha definido un proceso de extinción de acuerdo con el proceso de Suspensión de un título de este centro

Esta implantación se realizará en cuatro cursos, el mismo tiempo que requiere la extinción de la actividad docente de la licenciatura, tal y como se aprecia en la siguiente tabla:

  Título de Grado Diplomatura    
Curso académico Implantación  Docencia Derechos de examen Cursos simultáneos
2009-2010 2º, 3º 3
2010-2011 1º, 2º 3º  1º, 2º  3
2011-2012 1º, 2º 3º   2º, 3º 3
2012-2013 1º, 2º, 3º, 4º   4
2013-2014 Implantado Extinguida    

Seguimiento del proceso de extinción

Para garantizar el cumplimiento del apartado 4 del artículo 28 del RD 1393, el SGIC de la Facultad de Psicología cuenta con el proceso PA02 Suspensión de un título, que permite ofertar las garantías necesarias y anteriormente indicadas.
Así, este procedimiento, indica que si se produce la extinción del título de Grado en Psicología, el ED debe proponer a la Junta de Facultad, para su aprobación, los criterios que garanticen el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que hubieran iniciado sus estudiantes hasta su finalización, que contemplarán, entre otros, los siguientes puntos:

  • No admitir matrículas de nuevo ingreso en la titulación.
  • La supresión gradual de la impartición de la docencia.
  • La impartición de acciones tutoriales y de orientación específicas a los estudiantes repetidores.
  • El derecho a evaluación hasta consumir las convocatorias reguladas por los Estatutos de la UMU.

En cuanto al establecimiento de criterios específicos que justifiquen o establezcan los límites para la suspensión del título, el proceso PA02 indica que la suspensión de un título oficial impartido por la Facultad de Psicología, podrá producirse por:

  • No obtener un informe de acreditación positivo.
  • Porque se considere que el título ha sufrido modificaciones de modo que se produzca un cambio apreciable en su naturaleza y objetivos.
  • Cuando de forma razonada lo proponga la Junta de Facultad de Psicología, el Consejo de Gobierno de la UMU o la CARM.

Para añadir más información en este sentido, se está a la espera de la publicación de legislación autonómica, lo que supondrá revisar el proceso PA02, clarificando dichos criterios y hacerlos públicos para el conocimiento de todos los grupos de interés y garantía de sus derechos.