Facultad de Medicina
Estar en posesión de un título oficial de Máster Universitario, u otro del mismo nivel expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior o, en su caso, que ha sido comprobada la formación equivalente, mediante acuerdo del órgano competente en la Universidad de Murcia y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado. Esta admisión no implica en ningún caso la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Doctorado.
Asimismo, podrán acceder al período de investigación quienes cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres universitarios, de acuerdo con la oferta de la Universidad. De manera excepcional podrán acceder al periodo de investigación aquellos estudiantes que acrediten 60 créditos por actividades formativas de posgrado no incluidas en Másteres Universitarios, siempre que hayan sido configurados de acuerdo con lo establecido en el artículo 22. 2 del Reglamento de la Universidad de Murcia. Este supuesto podrá darse por criterios de interés estratégico para la Universidad o por motivos científicos que aconsejen la formación de doctores en un ámbito determinado.
b) Estar en posesión de un título de Grado cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario sea de, al menos, 300 créditos.


