Facultad de Letras
Competencias
Competencias básicas del doctor por la Universidad de Murcia en cumplimiento del RD 1393/2007, de 29 de Octubre, punto 3.4 del anexo I:
- Que los/las estudiantes hayan demostrado una comprensión sistemática de un campo de estudio y el dominio de las habilidades y métodos de investigación relacionados con dicho campo.
- Que los/las estudiantes hayan demostrado la capacidad de concebir, diseñar, poner en práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación con seriedad académica.
- Que los/las estudiantes hayan realizado una contribución a través de una investigación original del conocimiento que amplíe las fronteras, desarrollando un corpus sustancial del que parte merezca la publicación.
- Que los/las estudiantes sean capaces de realizar un análisis crítico, evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.
- Que los/las estudiantes sepan comunicarse con sus colegas, con la comunidad académica en su conjunto y con la sociedad en general acerca de sus áreas de conocimiento.
- Que se les suponga capaces de fomentar, en contextos académicos y profesionales, el avance tecnológico, social o cultural dentro de una sociedad basada en el conocimiento.
Pefil de ingreso
Estar en posesión de un título oficial de Máster Universitario, u otro del mismo nivel expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior o, en su caso, que ha sido comprobada la formación equivalente, mediante acuerdo del órgano competente en la Universidad de Murcia y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado. Esta admisión no implica en ningún caso la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Doctorado. La solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se elevará a la Comisión de Ramas correspondiente, que hará el informe técnico. La resolución corresponderá a la Comisión General de Doctorado. La solicitud se tramitará en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula.
Asimismo, podrán acceder al período de investigación quienes cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres universitarios, de acuerdo con la oferta de la Universidad. De manera excepcional podrán acceder al periodo de investigación aquellos estudiantes que acrediten 60 créditos por actividades formativas de posgrado no incluidas en Másteres Universitarios, siempre que hayan sido configurados de acuerdo con lo establecido en el artículo 22. 2 del Reglamento de la Universidad de Murcia.
b) Estar en posesión de un título de Grado cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario sea de, al menos, 300 créditos.


