Facultad de Derecho
Información general sobre acceso, preinscripción y matrícula en másteres
Información general sobre acceso a máster con una titulación extranjera
Requisito material de acceso:
Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que faculte en el país expedidor del título para el acceso a las enseñanzas de Máster, siempre que incluya, al menos, un 50% de créditos en materias jurídicas y sea adecuados para cursar las materias de formación especializada del Plan de Estudios del Máster, por las que optara el estudiante.
Requisito formal de acceso:
La admisión en los estudios será decidida por el Centro a propuesta de la Comisión Académica del Máster sobre la base del criterio anteriormente señalado y a resultas de una entrevista que, en todo caso, ha de realizar con carácter previo de cara a elaborar su propuesta de admitidos.
En el supuesto de existir mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas, la selección de los admitidos se producirá en función de su expediente académico (30%), su Currículum Vitae ajustado al perfil de ingreso propio (50%) y el resultado de la entrevista previa (20%) realizada por la Comisión Académica del Máster.
Titulados de sistemas educativos ajenos al EEES
Podrán acceder a los estudios oficiales de Máster sin necesidad de homologar sus títulos si, previamente, la Universidad hubiera comprobado que acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de posgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster. Para el acceso a los estudios de Máster, quienes acrediten poseer un título extranjero no homologado en España, deberán solicitar, con antelación al proceso de admisión, la comprobación del nivel de formación equivalente de sus estudios con una de las titulaciones oficiales españolas. La solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se elevará a la Comisión de Rama de Conocimiento correspondiente de la Comisión General de Doctorado quien resolverá las solicitudes. La solicitud se tramitará en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula.


