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EL
MERCADO PROFESIONAL EN TRADUCCIÓN JURÍDICA Y JURADA Y EN MEDIACIÓN
INTERCULTURAL: EL CASO DE
Abdellatif
Aguessim El Ghazouani
(Universidad de Granada)
En este artículo intentaré
demostrar que la traducción en la combinación lingüística árabe-español, ya sea
directa o inversa ocupa un lugar, cada vez más importante, en el mercado
profesional. Hoy en día, y a las puertas de que España alcance casi los 4
millones de inmigrantes, sin duda alguna, el
colectivo más numeroso es el de habla árabe a su cabeza el marroquí, máxime si
consideramos el importante número de estudiantes procedente de estos países.
Este factor por un
lado, y la gran demanda de estudios del árabe por otro, debido a los factores
históricos y a los últimos acontecimientos políticos, tanto de ámbito nacional
como internacional, han hecho crecer el número de mediadores interculturales y
de traductores e intérpretes de árabe en los distintos organismos e
instituciones.
Palabras claves: árabe como lengua B, inmigración, traducción, mediación intercultural, mercado profesional.
Abstract
In the academic year 2001/2002 the FTI of Granada
became the first Faculty in
This paper intends to show that translation from and
into Arabic is becoming increasingly relevant in the Spanish market. There are
presently almost four million immigrants in
This, together with a great demand for Arabic studies
as a result of historical factors as well as recent national and international
political events, has led to an increasing demand for intercultural mediators
and translators/interpreters in the Spanish public services and institutions.
Keywords: Arabic as a B language, immigration,
translation, intercultural mediators and labour market.
Introducción
La gran mayoría de los estudiantes de traducción de árabe que se encuentran
matriculados en los estudios de Traducción e interpretación de Granada son los
que cursan la titulación en su totalidad desde el primer ciclo y hasta la fecha
un número reducido lo hace accediendo al segundo ciclo por la pasarela tras
superar una prueba.
En el curso 2006/2007 casi el 40% de los estudiantes procede de Marruecos —a
pesar de que en dicho país (Tánger) existe una Diplomatura en Traducción “École
Roi Fahd de Traduction”—, además de otros procedentes del Líbano, Jordania, Argelia
y el resto españoles de diversos puntos del país. Esto significa que nuestra
facultad tiene bastante fama a nivel internacional, y no de ahora sino de hace
bastantes años. En general, hay un gran número de estudiantes extranjeros de
Licenciatura y esto la convierte en un auténtico centro multicultural. Igualmente,
en el máster hay unos cuantos araboparlantes matriculados.
La lengua
árabe
El árabe pertenece a la rama semítica meridional de la familia afroasiática,
y es una de las lenguas con mayor número de hablantes en el mundo. El árabe
clásico es la lengua del Corán لغة القرآن y, por ello se utiliza como segunda lengua en todo el mundo musulmán y su
influencia es más que notable en otros idiomas como el persa y el turco, etc. Igualmente,
se destaca la herencia del árabe en lenguas europeas, por razones históricas, y
muy especialmente en el castellano, donde existen unas 4.000 palabras.
Árabe estándar y Árabe dialectal
Éstas son las dos las formas principales en que se presenta
la lengua árabe, existen importantes diferencias entre ellas y conviven en
situación de diglosia. El árabe culto,
llamado igualmente elocuente o clásico, es una lengua de gran prestigio
asociada a la religión, a la literatura, a la ciencia, etc., por lo tanto es la
lengua oficial de todos los países árabes: la administración, la prensa y la
enseñanza, etc. En cuanto a los dialectos, muchos autores los consideran como
lenguas diferentes que tienen la misma raíz y se pueden dividir en dialectos
orientales y occidentales.
Necesidad del árabe
en los estudios de traducción e interpretación
A lo largo de los siglos la traducción de
documentos jurídicos ha ocupado un lugar privilegiado en el seno de las
sociedades ya que facilita la comunicación entre los distintos pueblos que
habitamos este planeta. En nuestros tiempos, las relaciones entre seres humanos
se han intensificado más, máxime con el rápido y considerable aumento de los
inmigrantes establecidos entre nosotros, acompañados de su idioma y de su
bagaje y trasfondo cultural.
Es un papel fundamental el que desempeña el traductor/intérprete,
que al fin y al cabo es un mediador intercultural en la comunicación, es decir,
en el acercamiento de las ideas y el conocer al otro, al desconocido.
Formación continúa en traducción
árabe/español/árabe
En lo que
respecta la formación continúa en cuanto a la enseñanza de la traducción del
árabe al español pues los más destacable son dos centros:
·
La Escuela de
Traductores de Toledo que pertenece a la Universidad de Castilla-La Mancha
donde se ofrece todos los años una variedad de talleres y un seminario:
a.
Taller de textos de Naciones Unidas
b.
Taller de traducción periodística
c.
Taller de textos clásicos
d.
Taller de
traducción de ensayo
e.
Taller de
traducción jurídica
f.
Taller de
traducción económica
Estos talleres junto al seminario de traducción de árabe/español que
se organiza todos los años (septiembre) conducen a la obtención de Curso
de Especialista en Traducción árabe-español (Postgrado).
Además,
se ha organizado por primera vez en el curso 2006-2007 un taller de
interpretación simultánea árabe/español. En lo que se refiere a la lengua
árabe, se ofrecen cursos de árabe culto, dialecto marroquí y caligrafía árabe.
·
En cuanto al segundo centro: Universidad de Alcalá
pues, organiza cursos sobre traducción e interpretación de carácter
jurídico-legal y administrativo árabe/español y otros idiomas como el chino,
inglés, francés, polaco, rumano y ruso. El objetivo principal de este curso es
formar a profesionales y especialistas que sirvan de enlace lingüístico y
cultural entre la administración y la población extranjera que no domina o
desconoce el idioma español.
Normalmente
estos cursos se suelen realizar entre los meses de enero-febrero en Alcalá de Henares.
La traducción
directa e inversa de árabe en el mercado profesional
En este apartado
intentaré demostrar que la traducción A-B-A (árabe) ocupa un lugar en la
mayoría de los mercados profesionales. Hoy en día, y a las puertas de que
España alcance casi los 4,5 millones de inmigrantes, sin duda alguna, el colectivo más numeroso es el de habla árabe a su cabeza
el marroquí, más aún si contamos el número importante de estudiantes
procedentes de estos países. Este factor por un lado, la gran demanda de los
estudios de la lengua árabe por otro, debido a la historia y a los últimos
acontecimientos políticos tanto dentro del panorama nacional como fuera.
Del mismo modo, intentaré justificar en este
trabajo, el papel fundamental que desempeña tanto el traductor/intérprete como
el mediador intercultural en la comunicación, es decir, en el acercamiento de
las ideas y el conocer al otro, al desconocido y, sin duda alguna la
herramienta imprescindible para lograrlo es disponer de un léxico jurídico
suficiente ―sobre todo en el ámbito del Derecho― ya que al fin y al
cabo es el que regula la residencia así como los derechos y los deberes de
estas personas que viven entre nosotros.
El fenómeno de la Inmigración
Desde hace unos 18 años se han producido muchos
cambios en lo que se refiere al fenómeno de la inmigración en España, que ha
pasado de ser un país de emigrantes a ser un país de destino de inmigrantes de
múltiples nacionalidades.
En una sociedad donde la diversidad es un
hecho creciente, los cambios sociales son evidentes por la presencia, cada vez
más considerable de personas con otro bagaje cultural, por ello, a
continuación voy a intentar ofrecer una visión general sobre el número de
inmigrantes que viven entre nosotros para justificar el importante papel que
puede llegar a desempeñar la traducción y la interpretación así como la
mediación intercultural para superar las barreras lingüísticas y por
consiguiente facilitar la comunicación.
Hoy en día, la concentración de
inmigrantes en España se refleja en las comunidades Autónomas de Cataluña,
Madrid, Valencia y Andalucía, y que agrupan a más de tres
cuartas partes (65,40%) de los extranjeros con tarjeta o autorización de
residencia en vigor en España al finalizar diciembre de 2007.
Tabla I
El
38,87% de los extranjeros son ciudadanos comunitarios, el 2,89% europeos de
países no comunitarios, el 30,55% iberoamericanos, el 21,15% africanos, el 6%
asiáticos, el 0,48% norteamericanos y el 0,05% nacionales de países de Oceanía.
1.130 personas no constaban la nacionalidad o figuraban como apátridas.
Tabla II
En
lo que respecta la nacionalidad, la mayoría son marroquíes, rumanos,
ecuatorianos, colombianos y británicos. Los inmigrantes de estas cinco
nacionalidades representan el 50,74% del total de extranjeros residentes en
España. Seguían en importancia numérica el colectivo chino, italiano, peruano,
argentino y alemán.
Tabla III
En lo que
respecta la nacionalidad, la mayoría son marroquíes, rumanos, ecuatorianos,
colombianos, británicos, búlgaros, italianos, chinos, peruanos y portugueses.
Los inmigrantes de estas diez nacionalidades representan el 67,64% del total de
extranjeros residentes en España.
Tabla IV
Éstos
son los últimos datos oficiales ofrecidos por la Secretaría de Estado de inmigración y emigración a fecha del 31 de diciembre de 2007 pero, como
sabemos, salen datos nuevos constantemente como los aparecidos en el diario El
País con fecha del 2 de marzo de 2007 y que reza lo siguiente:
“España supera por primera vez los cuatro millones de extranjeros empadronados.
Cataluña, Madrid y la Comunidad Valenciana son las zonas con más foráneos”. Por
consiguiente, debemos diferenciar entre los empadronados y los residentes.
El cometido de la traducción y la interpretación
Los pueblos son cada vez más multiculturales y
para acercar posiciones entre ellos la traducción ―que constituye quizás una
de las disciplinas más antiguas que se practican― es una pieza
fundamental para lograrlo. Como se puede deducir del apartado anterior es que
hay una diversidad muy grande en lo que se refiere a la procedencia de los
extranjeros que traen consigo su idioma y su cultura (alemán, árabe, inglés,
francés, ruso, ucraniano, rumano, italiano, chino, húngaro, y un largo etcétera).
A día de hoy, es evidente el importante aumento
de arabohablantes y de hispanohablantes, máxime con la creciente cooperación
entre los países de habla hispana, encabezados por España, y los países árabes
pues, las traducciones e interpretaciones entre ambos idiomas, sobre todo en la
jurídica y la jurada, y de los traductores e intérpretes que se encuentran ya
en comisarías, hospitales, juzgados, instituciones penitenciarias, etc., aunque
desgraciadamente sólo en ciertos meses del año. Sin embargo, se nota un ligero esfuerzo
por parte de la administración y prueba de ello las últimas convocatorias (octubre 2006 y
diciembre 2007) para contratar a traductores e intérpretes fijos en el
Ministerio del Interior. A continuación, voy a ofrecer una pincelada sobre el
número de personas extranjeras arabohablantes afincadas en España ya que, al
fin y al cabo, es la lengua que nos interesa en este trabajo.
Tabla V
El
total de residentes árabes es de 712.933 personas
Tabla VI
Por lo cual el total de estudiantes árabes es: 2989
+ 712.933
(residentes) = 715.922. Sin embargo, a este número le debemos
añadir las personas extranjeras de otros países de habla árabe ya que no
figuran en las estadísticas como Kuwait, Emiratos Árabes, Bahrein, Arabia
Saudí, Omán, Qatar, Libia, Sudán o Somalia. Otros formarán parte de los
Apátridas y No consta.
Hoy en día, a
parte de que
En lo que
concierne los estudios de Filología árabe pues, podemos encontrarlos en los
siguientes centros:
Tabla VII
Estamos
ante una figura totalmente nueva en España que surgió como consecuencia de la
inmigración y lo que supone su convivencia en el seno de la sociedad española.
Al fin y al cabo, la mediación es, simplemente, un proceso de mejora en la
comunicación. Según Funes Lapponi et al (2002: 12) la mediación surge a
finales de los años setenta del siglo XX en los Estados Unidos, siendo una vía de promover la convivencia entre las
partes, para la resolución de sus conflictos, a la vez que desarrolla
habilidades prosociales y cooperativas, ya que no se centra en la resolución
del conflicto, sino en la transformación de la relación entre las partes.
En España las Comunidades Autónomas más pioneras en
contratar a mediadores interculturales son siguiendo este orden Cataluña, País
Vasco, Madrid y Andalucía, y por supuesto, con una diferencia de años entre las
tres primeras y la última. Huelva fue la primera provincia andaluza en
contratar mediadores, hoy en día, prácticamente están en todos los pueblos
dónde hay inmigrantes, por ejemplo, Lepe, Moguer, etc. En lo que se refiere a
Granada, actualmente existen varios contratados a tiempo completo por el
Ayuntamiento y también un asesor jurídico de inmigrantes (SAE)[1].
Merece
la pena destacar que una de las tareas básicas del mediador ―sobre todo
con inmigrantes―, es la de traducir e interpretar.
La mediación en el libro de Ducoli Formación
de mediadores interculturales “es trabajar para
transformar la diferencia en riqueza y sentirse por ello más disponible y más
apto para abrir un porvenir capaz de un equilibrio nuevo”.
Aunque
en torno a la figura de este profesional hay mucha polémica sobre el uso de los
idiomas en la mayoría de su trabajo es cierto que existe cierta dificultad
en su comprensión y su ubicación como parte de un equipo interdisciplinario de
intervención.
Según los mediadores ellos no suponen una
competencia para los demás profesionales, sino una pieza más imprescindible en
la intervención con colectivos minoritarios. Como mediador y traductor a la
vez, los dos profesionales, para la consecución de un trabajo bien hecho,
tienen que dominar lo lingüístico y lo extralingüístico en ambos idiomas y que
es en definitiva estar impregnado de las dos culturas.
Un campo amplio para la investigación
Como
he mencionado en el título, el diccionario es una herramienta útil para el
mediador intercultural ya que parte del ámbito en que se mueve es el de
Derecho, por lo cual es imprescindible contar con una ayuda y que sabemos que
no existía antes.
La necesidad que los traductores tienen de la
utilización de diccionarios específicos sobre el campo jurídico viene siendo
una exigencia desde años que pretendí satisfacer con la elaboración de este
diccionario jurídico en la combinación lingüística español-árabe. Este
diccionario fue concebido al principio como una herramienta de trabajo y como
una ayuda para los estudiantes de traducción e interpretación, pero después se
comprobó, con un mayor y más exhaustivo contenido, que su manejo sería
igualmente provechoso tanto para abogados como para cualquier otro profesional
que, de forma directa o indirecta, trabaje en el campo del Derecho, ya sea en
un idioma o en otro.
No fue tarea fácil. En primer lugar, por la
inexistencia de diccionarios jurídicos árabe-español y viceversa —herramientas
imprescindibles para el traductor—; en segundo lugar, por la ausencia de
unificación de términos jurídicos en los países árabes —si bien es cierto que
en la actualidad se está trabajando en ello—. Este gran vacío y esta gran
necesidad de diccionarios se ven confirmados en la siguiente cita del Dr.
Waleed Saleh Alkhalifa, profesor universitario y traductor jurado (1999: 234):
Aún existe una notable carencia de diccionarios jurídicos
árabe-español y español árabe, carencia que es común a otros idiomas. El que
realiza traducciones de estas características, se encuentra con serios
problemas, porque no puede contar con el apoyo de los diccionarios, herramienta
tan necesaria para el trabajo de cualquier traductor. Sabemos que existen más
de un diccionario árabe-inglés y árabe-francés, pero el caso del español es
lamentable.
Y en tercer lugar, por la incongruencia entre
los sistemas legales suponen el mayor obstáculo al que se enfrenta el traductor
jurídico. La dificultad es aún mayor cuando se trata de dos ordenamientos
distintos y lejanos pudiendo suponer la imposibilidad, a veces, de encontrar
términos equivalentes debido a la historia, cultura, desarrollo ideológico y el
orden social de cada sistema.
El discurso jurídico de cualquier idioma es
complejo y complicado, pues es un campo de hondo significado social; posee unas
cualidades muy específicas que, en muchos casos, son comunes a todos los
idiomas y el discurso jurídico árabe no es la excepción. Recordemos, una vez
más, que para traducir un texto perteneciente a este ámbito jurídico ―es
una labor multidisciplinar―, no son suficientes los conocimientos de
derecho, sino también se deben tener muy en cuenta los aspectos lingüísticos,
tanto en la lengua de origen como en la lengua de llegada así como el trasfondo
cultural.
Mi trabajo empezó indirectamente en el año 1991
con mi inicio en la ardua batalla de permisos de trabajo[2]; por un lado, por mi
interés por la legislación española que regula la situación de los extranjeros,
y por otro, como consecuencia de mi trabajo de investigación. Ello significó
iniciarme en un campo científico muy poco estudiado, tanto en el mundo árabe
―en particular Marruecos― como en España. A decir verdad, los
estudios teóricos y prácticos son muy escasos y pienso que se debe en parte a
la falta de interés y a la dificultad de los textos especializados,
especialmente, si se le añade su relación con el fenómeno de la inmigración, ya
que la presión que los organismos oficiales ejercen en la figura del
traductor/intérprete es enorme, haciéndola en algunas ocasiones difícilmente
soportable. Sin embargo, constato que hay un avance considerable en cuanto a la
traducción literaria.
Este diccionario jurídico consta de unas 3000
entradas. Es un amplio repertorio léxico en que las numerosas carencias
lexicográficas que hasta ahora existían en el campo de la traducción jurídica
se han intentado llenar. No me he limitado únicamente a los términos utilizados
en el lenguaje jurídico, sino los propios del lenguaje común siempre y cuando
tuvieran un uso específico en este campo objeto de estudio. Además, y teniendo en
cuenta las grandes diferencias entre estos sistemas jurídicos, he tratado de
dar, cuando ha sido posible, una traducción literal del término.
Desde aquí mi máximo agradecimiento a los
coordinadores de la Colección Interlingua
de la Editorial Comares: los Dres. D. Pedro San Ginés Aguilar y D. Emilio
Ortega Arjonilla que, sin su ayuda, esta obra no hubiera visto la luz.
Sin duda alguna esta obra constituye un gran
avance en los trabajos lexicográficos de la terminología jurídica bilingüe
árabe-español-árabe.
Ejemplo de traducción
jurídico-administrativa-social
Como mencioné más arriba el diccionario jurídico
español-árabe fue consecuencia de mi interés por la legislación española, más
aún cuando he trabajado como traductor e intérprete con la Policía y la Guardia
Civil de Granada y cuando realicé los cursos de Experto Universitario en
Mediación Intercultural y Experto Universitario en Asesoramiento
jurídico de los inmigrantes en la Unión Europea y en España, así como en el
Máster en Derecho de Extranjería. Todo esto se plasmó a raíz de mi
traducción de la anterior Ley de Extranjería (fue idea personal): Ley
Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la L. O. 4/2000, de 11 de
enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración
social (BOE de 12 de enero de 2001), cuya presentación se hizo el día 28 de
junio de 2001 en la sede de la Fundación Euroárabe en la ciudad de Granada.
En cuanto a la segunda y vigente Ley Orgánica
4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en
España y su integración social, en su redacción dada por la Ley Orgánica
8/2000, de 22 de diciembre, por la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre y
por la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, su traducción formó parte
de mi investigación para obtener el título de Doctor en Traducción por la
Universidad de Granada ―publicada, por fin, en 2007―, Tesis
Doctoral que se defendió en 2005.
La idea de proceder a traducir las
citadas leyes y la elaboración del diccionario jurídico español-árabe tuvo su
gestación en el contacto constante con los inmigrantes árabes, que me hicieron
llegar sus preocupaciones e inquietudes. Todos estos factores me ayudaron a
tomar aquella decisión basándome, en primer lugar, en lo que afirma la
profesora Moya Escudero (2001: 4)
Que el aprendizaje de la lengua y la cultura
españolas es uno de los pilares fundamentales para lograr una correcta
integración de los extranjeros en el seno de la sociedad hispana en condiciones
de igualdad.
Soy conscientes de que este proceso de
aprendizaje es lento y necesita muchos esfuerzos; por eso, espero que el
diccionario y la traducción de este tipo de documentos hayan logrado el
principal de sus objetivos: informar y ayudar.
No hay que desmerecer el trabajo que ambos
profesionales realizan en el contexto de la inmigración y sobre todo en el
ámbito del Derecho, esto es, para equilibrar las balanzas, lingüísticamente
hablando. La presencia de
inmigrantes suele plantear retos y exigencias para las sociedades de acogida, en
este sentido, mi colaboración con el diccionario jurídico español-árabe
a que el trabajo de los dos profesionales se lleve a cabo en las mejores
condiciones ya que, vuelvo a repetir, cualquier diccionario, sobre todo el
jurídico, no deja de ser fundamental para la consecución de los resultados
esperados. Lo mismo opino de la importancia que supone para los inmigrantes de
habla árabe disponer del texto de la Ley de Extranjería en su propio idioma.
Conclusión
De lo
anterior queda patente que hay un potencial importante tanto en los nativos
españoles como en los arabohablantes afincados en nuestro país. Esto quiere
decir, más demanda para este idioma y la mayoría de estos estudiantes o
licenciados ven en los estudios de traducción e interpretación una salida más
consolidada, máxime en lo que se refiere a la investigación ya que queda mucho
por hacer.
La profesora
Doroty Kelly et al (2003: 44) comenta que “es evidente que el perfil
profesional de la traducción está, en gran parte, determinado por la exigencia
cambiantes de un mercado de la traducción creciente y cada vez más universal
por el desarrollo de las nuevas tecnologías y su incorporación al trabajo
diario de los traductores, y por un creciente enfoque multidisciplinar en los
campos del saber”.
La creciente
demanda del árabe, la globalización de los mercados y la creciente
movilidad de personas y mercancías crean una demanda de traducción de todo tipo
de documentos (Inmigración, Extranjería, documentos jurídicos-administrativos,
académicos, comerciales y económicos). De la misma manera
esta presencia de la traducción de árabe A-B-A en el mercado profesional
requiere de su presencia en la formación de los futuros traductores si quieren
estar capacitados para responder a las exigencias del mercado.
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Vol. I.
TABLAS
Tabla I
Extranjeros
según Comunidad Autónoma
|
RÉGIMEN GENERAL |
RÉGIMEN COMUNITARIO |
TOTAL
|
|
|
Cataluña |
621.670 |
238.905 |
860.575 |
|
Madrid |
431.500 |
280.511 |
712.011 |
|
Valencia |
264.242 |
253.166 |
517.408 |
|
Andalucía |
252.743 |
251.379 |
504.122 |
|
Islas Canarias |
91.887 |
114.477 |
206.364 |
|
Murcia |
143.441 |
45.156 |
188.597 |
|
Baleares |
79.105 |
87.831 |
166.936 |
|
Castilla – La Mancha |
98.889 |
62.007 |
160.896 |
|
Aragón |
80.648 |
67.671 |
148.319 |
|
Castilla y León |
79.874 |
66.526 |
146.400 |
|
Etc |
-- |
-- |
-- |
|
TOTAL |
2.357.218 |
1.621.796 |
3.979.014 |
Tabla II
|
Residentes Extranjeros según
Continente |
España |
|
Total Europa Comunitaria |
1.546.309 |
|
Total Iberoamérica |
1.215.351 |
|
Total África |
841.211 |
|
Total Asia |
238.770 |
|
Total Resto Europa |
114.936 |
|
Total América Del Norte |
19.256 |
|
Total Oceanía |
2.051 |
|
Apátridas y No Consta |
1.130 |
|
Etc |
--- |
|
TOTAL |
3.979.014 |
Tabla III
|
PROVINCIA |
RÉGIMEN GENERAL |
RÉGIMEN COMUNITARIO |
TOTAL |
Málaga
|
65.776 |
103.580 |
169.356 |
Almería
|
79.552 |
44.686 |
124.238 |
Granada
|
26.748 |
30.035 |
56.783 |
Sevilla
|
28.824 |
25.650 |
54.474 |
Cádiz
|
11.751 |
18.782 |
30.533 |
Huelva
|
15.853 |
14.276 |
30.129 |
Jaén
|
14.537 |
5.387 |
19.924 |
Córdoba
|
9.702 |
8.983 |
18.685 |
ANDALUCÍA
|
252.743 |
251.379 |
504.122 |
Tabla IV
|
País de Residentes Extranjeros (I) |
España 30/12/2007 |
País de Residentes Extranjeros (II) |
España 30/12/2007 |
|
Marruecos |
648.735 |
Bolivia |
69.109 |
|
Rumania |
603.889 |
Ucrania |
62.409 |
|
Ecuador |
395.808 |
Argelia |
45.825 |
|
Colombia |
254.301 |
Cuba |
45.068 |
|
Reino
Unido |
198.638 |
Brasil |
39.170 |
|
Bulgaria |
127.058 |
Pakistán |
36.384 |
|
Italia |
124.936 |
Venezuela |
33.262 |
|
China |
119.859 |
Senegal |
33.217 |
|
Perú |
116.202 |
Uruguay |
31.092 |
|
Portugal |
101.818 |
Holanda |
30.055 |
|
Argentina |
96.055 |
Rusia |
29.297 |
|
Alemania |
91.670 |
Filipinas |
25.051 |
|
Polonia |
70.850 |
Chile |
24.841 |
|
R.
Dominicana |
70.775 |
U.S.A |
17.493 |
|
Francia |
68.377 |
Etc,. |
-- |
|
PAÍS |
España 30/12/2007 |
|
Marruecos |
648.735 |
|
Argelia |
45.825 |
|
Mauritania |
8.753 |
|
Egipto |
2.572 |
|
Siria |
2.029 |
|
Túnez |
1.561 |
|
Líbano |
1.280 |
|
Jordania |
1.013 |
|
Irak |
756 |
|
Palestina |
409 |
|
Etc |
-- |
|
TOTAL |
712.933 |
Tabla VI
Estudiantes Extranjeros de origen árabe
|
Marruecos |
2.257 |
|
Argelia |
199 |
|
Siria |
103 |
|
Egipto |
95 |
|
Túnez |
80 |
|
Líbano |
60 |
|
Palestina |
57 |
|
Jordania |
48 |
|
Irak |
46 |
|
Libia |
34 |
|
Mauritania |
32 |
|
TOTAL |
3.011 |
(Fuente: Anuario estadístico de inmigración,
Secretaría
de Estado de inmigración y emigración: 31/12/2006)
Tabla VII
|
Universidad |
Centro |
|
Universitat
d´Alacant |
|
|
Universidad
de Málaga |
Facultad
de Filosofía y Letras |
|