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VALOR TEXTUAL Y CONTENIDO SEMÁNTICO DEL INFINITIVO COMO
ALTER-IMPERATIVO EN ESPAÑOL Y EN FRANCÉS
NGUEPI
George Victor
(Universidad de Douala)
Todos los signos lingüísticos
son, desde el punto de vista de su significación, las instrucciones mediante
las cuales el locutor ayuda al auditor a orientarse, tanto en el discurso como
en la situción del discurso. Con el imperativo, esto se hace mediante algunos
morfemas específicos o lexemas (metalingüísticos) que confieren a esta
estructura el rasgo semántico de exhortación u objección. Pero en ciertas
circunstancias particulares, esas características crean una especie de
confluencia entre el imperativo, forma verbal semi-conjugada y el
infinitivo, forma no personal del verbo.
Tous les signes linguistiques
sont, de par leur signification, des instructions par lesquelles le locuteur
aide l’auditeur à s’orienter aussi bien dans le discours que dans la situation
du discours. Dans le cas de l’impératif, ceci se fait grâce à des morphèmes
spécifiques ou lexèmes (métalinguistiques) qui confèrent à cette
structure le trait sémantique d’injonction ou d’objection. Mais dans certaines
circonstances particulières, ces caractéristiques créent une espèce de
confluence entre l’impératif, forme verbal semi-conjuguée et
l’infinitif, forme non personnelle du verbe.
All
linguistic signs are, by their significance, instructions by which the speaker
helps the listener to better understand the discourse as well as the situation
of the discourse. In the case of the imperative tense, this is possible thanks
to specific (and metalinguistic) morphemes or lexemes that confer
to this structure the semantic feature of injunction or objection. But in some
particular circumstances, these features create a species of confluence between
the imperative, as semi - conjugated verbal shape and the
infinitive, as non personal shape of the verb.
Introducción
El imperativo es, desde el punto de vista sintáctico, una forma verbal semi-conjugada,
es decir, que las oposiciones que caracterizan a los verbos conjugados están
menos desarrolladas en el imperativo. Ahora bien, en un contexto
enunciativo normal, existe una temporalidad textual simultanea locutor /
escriptor o auditor / lector que se organiza en
torno a unas determinadas oposiciones semánticas. Estas oposiciones están
constituidas por un conjunto de elementos estructurados que se organizan de
acuerdo con ciertas reglas enunciativas, siempre en relación estrecha con la
función sintáctica del verbo en la oración.
Entre
otras, hay que evocar por ejemplo la perspectiva temporal que incluye la
prospectiva y la retrospectiva, el registro temporal cuyo
fundamento es el comentario y el relato propiamente dicho, y por último lo que
llamamos relieve temporal cuya ocurrencia permite distiguir la oposición
semántica entre la topicalización (tema) y la focalización
(rema), así como lo demuestra acertadamente Metzeltin., M. (1990 § 8.2)
[1].
Pero,
todos estos rasgos temporales no funcionan debidamente en el imperativo tampoco
en el infinitivo, porque las oposiciones intra-textuales sólo dejan aparecer en
estas estructuras unas cuantas reducciones características, que muestran que el
imperativo es el «tiempo de la actancia» es decir el tiempo que coincide
con la acción verbal. Que nos comprendamos bien, estamos en el domonio del
discurso.
En cuanto
al infinitivo, aunque en él la prospectiva está incluida en la perspectiva
neutra, el hecho más notable es que existe en ocasiones un aparentamiento entre
dicha forma verbal y el imperativo, de manera que la oposición de perspectiva
temporal (pasado-presente-futuro) se reduce a una oposición
simple con dos vertientes : un infinitivo neutro dejar,
perder, venir etc. (más adecuado para expresar la exhortación o el
mando, principalmente cuando está precedido de la preposición a), y un retro-infinitivo
haber dejado, haber perdido, estar perdido, haber venido etc.,
no apropiado para tales funciones porque el imperativo –ya lo sabemos- no
admite forma compuesta. Weinrich, H., (1989 :185) explica :
«Les
formes du rétro-infinitif sont construites avec les verbes-morphèmes avoir et
être, tout comme les temps à dimension rétrospective de ces verbes. (…)
Lorsqu’aucune confusion avec le rétro-infinitif n’est possible, nous
appellerons infinitif tout court cet infinitif de perspective neutre (le plus
fréquent).»
Esta
explicación permite determinar el valor textual del infinitivo y del
retro-infinitivo así como los diferentes matices semánticos que los acompañan
de acuerdo con las circunstancias del discurso, matices que muy a menudo
permiten al infinitivo desempeñar el mismo papel que el imperativo (ya lo
sabemos desde la tradición greco-latina).
Pero,
hace falta recordarse que en algunas de sus construcciones a connotación
imperativa, el infinitivo tiene valor de necesidad, como por
ejemplo en la perifrasis verbal tener que, mientrás que en otras
tiene un valor potencial, lo mismo que el subjuntivo que alterna
en sus diferentes usos con el imperativo (recordamos que el imperativo, desde
el punto de vista de su constitución, está a caballo entre el presente del
subjuntivo y el indicativo presente). En este caso, decimos a propósito de su
valor semántico que el infinitivo persevera en la idea de un sujeto verbal ya mentado
o alude a un sujeto general de persona cuando no existe esa mención.
En los
complejos hipotéticos en que se da la alternancia entre el infinitivo y el
imperativo (hace falta recordarse que el imperativo se sitúa a la salida del
subjuntivo), hay un matiz semántico y una intención muy próxima, si no
idéntica, entre el infinitivo y el imperativo como en el siguiente enunciado:
Tener que
defender a la patria es un deber para todos los ciudadanos.
Aquí, se
trata de una especie de delimitación de frontera entre el infinitivo y
el subjuntivo, y por ende el imperativo en sus diferentes manifestaciones
sintácticas. Dejemos la palabra a Fernández Ramírez Salvador (1986 :376):
Las
fórmulas con subjuntivo se explican fácilmente cuando en la subordinante hay
predicado con negación. Pero cuando no hay negación en la subordinante, la
significación positiva del verbo tener parece que excluye todas las
notas objetivas capaces de suscitar la presencia del modo subjuntivo en la
oración subordinada.
¿Cómo
funcionan pues textualmente estas dos formas verbales, es decir el imperativo y
el infinitivo, (a las cuales se añade a veces el subjuntivo) y cuáles son los
diferentes valores circunstanciales que acompañan cada una de ellas en francés
y el español ? Tales son unas cuantas preguntas que van a orientar el
presente estudio, el cual nos permitirá –lo esperamos- en una aproximación
contrastiva, examinar las diferentes características de cada una de las formas
verbales evocadas, tanto en el discurso como en la lengua.
1- El imperativo
de exhortación y el infinitivo en sus diferentes manifestaciones sintácticas
Cuando
revisitamos los morfemas verbales del infinitivo, nos damos cuenta de que,
desde el punto de vista sintáctico, y en función del contenido del discurso,
pueden ser interpretados, según las circunstancias como los de los verbos
conjugados, así como lo podemos averiguar en las siguientes construcciones
discontinuas de la negación impersonal en español y en francés :
Ejemplo :
no asomarse a la ventana / ne pas se pencher en dehors
Notamos
que en este enunciado sobresale el rasgo semántico exhortación, defensa
etc. característico de las estructuras imperativas aunque los verbos
funcionan en forma no personal. Además, la estructura bimembre locutor /
interlocutor, propia del imperativo, existe aquí de manera implícita
porque el locutor no se dirige directamente a un interlocutor presente a quien
da una orden o una instrucción mediante la cual quiere modificar su
comportamiento como en sal / salgan de mi clase por ejemplo,
donde no cabe duda tales características en ambas formas, singular y
plural. Lo que figurativamente nos da la representación siguiente :
IMPERATIVO
INTERLOCUTOR SINGULAR INTERLOCUTOR
PLURAL
Ven / viens venid,
vengan / venez
Come /
mange
comed, coman / mangez
neutro ¡ A venir !, ¡A
comer !
Esta
representación pone de manifiesto la famosa relación actancial mediante la cual
el imperativo revela su valor tradicional que consiste –ya lo hemos dicho- para
un locutor a dirigirse a un interlocutor con el propósito de obtener de su
parte una reacción. Pero lo que más nos interesa aquí es que, en el ejemplo de
arriba, cuando decimos no asomarse a la ventana, el papel
actancial del sujeto es también el de un interlocutor ausente
independientemente de la forma del verbo que aquí es el infinitivo.
A partir
de entonces transparece otra forma actancial que gira en torno a una
polarización objeto / partenario que sólo puede funcionar en las
estructuras donde el verbo no es simplemente monovalente, lo cual
se logra mediante el respeto de las diferentes reglas sintácticas, según
exprese el imperativo una exhortación o una prohibición.
Hace
falta recordar que en el sistema casual español y francés, el imperativo de
exhortación se aparenta al vocativo cuyo valor en el discurso es, como
se sabe, el de interpelar. Pero aquí, es menester distinguir los casos
actanciales donde el objeto y el partenario vienen representados sea por los
nombres sea por los pronombres según el contexto. En el caso particular donde
los actantes están representados por los pronombres referenciales o reflexivos
por ejemplo, las siguientes combinaciones son posibles :
Locutor-objeto:
¡ escúchame ! / écoute-moi!
Auditor-objeto: ¡ cuidado! / attention!
Referente-partenario: ¡ Háblale
! / parle-lui !
Referente
plural-partenario: ¡ Dejémosles el tiempo de
reflexionar ! / donnons-leur le temps de reflechir !
Con el
infinitivo, todas estas combinaciones corresponden a la forma A +
infinitivo, (ya evocada anteriormente), empleada principalmente
cuando una situación enunciativa está ya dotada de determinación fuerte, es
decir cuando no necesitamos la presencia de otros determinantes textuales para
que el verbo se adapte a la situación del discurso.
En el
caso del imperativo negativo, el uso del infinitivo es también posible, con las
estructuras del tipo :
No conducir después de beber / ne pas
conduir en état de briété.
Pero aquí son fórmulas generales
usadas sobre todo en los casos de la moraleja. Su valor semántico es algo
diferente de la prohibición tradicional del tipo locutor-objeto
por ejemplo, reconocida al imperativo negativo. En el plano sintáctico, hay que
precisar que las formas del pronombre objeto o partenario nunca
pueden ocupar una posición posterior al lexema verbal.
Ejemplo:
¡no me lo pidas más! / ne me le demandes plus!
A veces
el imperativo puede no apuntar la modificación de una situación inmediata,
sobre todo cuando se trata de situaciones posibles o universales en las cuales
el imperativo tiene valor de llamamiento o de toma de
conciencia, como en esta célebre frase de Karl Marx:
¡ Proletarios
de todos los países, unios!
¿Qué
explicación nos inspira este tipo de enunciado, desde el punto de vista
pedagógico?
Aquí,
podemos decir que la significación del imperativo es más evidente cuando la
instrucción dada remite directamente a la situación referencial del discurso,
la cual incluye a la vez la topicalización (tema) y la focalización
(rema). A este propósito, compartimos la opinión de Ángel López
García (19962 :483), para quien en toda oración completa (que
supone un locutor y un interlocutor), existe una oposición tema-rema.
Sigamos su explicación :
Se trata
de estructuras primariamente semánticas y no sólo textuales : en otras
palabras, que el orden de los elementos oracionales no representa una mera
variación de tipo estilístico en español.
Su origen
es sintáctico, no discursivo, aunque también intervengan secundariamente
factores del segundo tipo como la escala de familiaridad.
La oposición
tema-rema es gradual, no privativa, pues los factores que la inducen son
también graduales : mayor o menor relevancia sintáctico-concordancial,
mayor o menor capacidad de los actantes semánticos para alternar las funciones
de sujeto y objeto o para integrarse en el verbo, mayor o menor grado de
determinación o de animación.
Ha de
notar que Ángel López García insiste particularmente sobre ciertas expresiones
claves, a saber la relevancia sintáctico-concordancial y el
contenido semántico y textual del enunciado, como puntos
cardinales del funcionamiento de la topicalización y de la focalización, que
contituyen la espina dorsal de las estructuras imperativas en español y en
francés (véase ejemplos anteriores sobre el infinitivo y el retro-infinitivo).
Y si tenemos cuenta de la relación casi visceral que existe entre el imperativo
y el infinitivo en el discurso, comprendemos por qué en ciertas circunstancias
particulares el infinitivo puede funcionar como alter-imperativo.[2]
En estas
circunstancias, el locutor se dirige a un alocutario, afin de que éste ejecute,
en un papel actancial de sujeto, una acción que contribuye a modificar la
situación presente. Pero lo que importa subrayar es la confluencia
de los criterios semántico y sintáctico en la determinación del papel
desempeñado por el alocutario en el texto, según se trate del infinitivo o del
imperativo.
Cada una
de las dos formas verbales evocadas se inscribe pues en un contexto discursivo
preciso pero cuya interpretación no es siempre evidente porque la lengua (el
español o el francés) utiliza a veces las formas del subjuntivo en las
cláusulas imperativas como por ejemplo que venga, que salga / qu’il
vienne, qu’il sorte, idea que funciona también en el infinitivo con sus
formas ya evocadas : a salir, a venir.
En este último caso, sólo el contexto permite determinar si el locutor se
dirige a un individuo aislado (singular), o a una colectividad (plural).
De igual
modo, ha de notar que el llamado discurso perfomativo, es decir
el que expresa directamente una acción y que, según las reglas del uso, sólo
admite el singular del locutor viene completar el paradigma defectivo del
imperativo, porque remite casí siempre a una acción que el imperativo sólo se
limita a estipular. Esto se nota en el discurso oficial mediante ciertas
fórmulas consagradas.
Ejemplo :
Le concedemos la medalla de oficial del mérito…
Nous vous faisons officier du
mérite…
Te
bautizo…
Je te
baptise
Dejando a
parte el contenido performativo del discurso imperativo, otro aspecto de
la cuestión digno de mención es el que nos permite ver cómo partiendo de la
forma imperativa del verbo, es posible desembocar sobre el infinitivo que, en
sus diferentes manifestaciones sintácticas, se acerca al sustantivo abstrato.
Por ejemplo, del enunciado compra (tú) tendremos la
forma no personal comprar que a su vez supone la forma
neutra ¡a comprar ! de vende (tú) tendremos vender
que supone a su turno la forma neutra ¡ a vender ! mientras
que escribe (tú) dará escribir con la forma neutra ¡a
escribir ! etc., todo lo cual nos da figurativamente la tabla
representativa siguiente :
Imperativo (forma personal) |
Infinitivo (forma no personal ) |
Imperativo (Forma neutra) |
Compra (tú) |
Comprar |
¡A
comprar ! |
Vende (tú) |
Vender |
¡ A
vender ! |
Escribe (tú) |
Escribir |
¡ A
escribir ! |
Andrés Bello (1984 : 149) explica:« El
infinitivo conserva el significado del verbo, despojado de las indicaciones de
número y persona : si denota atributo, no es el del sujeto de la
proposición ; y si da algún indicio de tiempo, lo hace de otra manera que
el verbo. »
Si en
opinión de BELLO el infinitivo conserva el significado del verbo, despojado de
las indicaciones de número y persona, y si en ocasiones (como hemos visto) el
infinitivo desempeña el oficio del imperativo, comprendemos otra vez por qué
decimos aquí que ambas estructuras rebozan el carácter de formas
semi-conjugadas del verbo, alternando sus valores sintáctico-concordanciales
en las cláusulas que las albergan.
Claro es
que el carácter de forma semi-conjugada caracteriza sobre todo al imperativo,
pero los matices sintáctico-concordanciales que acompañan al infinitivo
(expresa también la orden) muestran que se asimila al imperativo. Sigamos esta
explicación de la Gramática de la Real Academia Española (Bosque., I y
Demonte., V. dir, 1999 § 36.4.2.3.) :
El
infinitivo constituye una de las muchas fórmulas de que dispone el español para
expresar un mandato. Dadas las características de este tipo de enunciados
–orientados hacia el futuro y dirigidos a una segunda persona- su materialización
en una forma verbal defectiva no supone conflicto alguno para la
recuperabilidad del tiempo y del sujeto.
El uso
del infinitivo como imperativo, habitual en el registro hablado, tiene menor
incidencia en la lengua escrita, debido a su carácter familiar (…) Combinado
con la preposición a, el infinitivo vehicula un mandato provisto de
mayor fuerza conminatoria (…).
Precisamos
que estamos en el dominio del discurso. Este lenguaje particularmente familiar
que funciona en el infinitivo con valor de imperativo (de que habla la Gramática
de la Real Academia) funciona sobre todo en los casos donde el
infinitivo se emplea de manera aislada, es decir sin ser precedido de la
preposición a, que interviene generalmente para dar al infinitivo un
contenido imperativo.
Es por lo
demás un valor reconocido también por ciertos gramáticos al primer rango de los
cuales Samuel Gili Gaya (1943 : § 41) cuando confiesa que resulta
frecuente en el plano oral la alternancia, en segunda persona del plural vosotros,
entre el infinitivo y la forma correspondiente del infinitivo, solapamiento
que viene facilitado por su carácter cuasi homóno. Y da ejemplos :
Niños, ¡
hacerme / hacedme caso !
Vosotros,
salir / salid sin hacer ruido, por favor.
Esto nos
permite volver un ratito sobre las cláusulas imperativas con a + infinitivo,
para añadir que desde el punto de vista pragmático, se trata de una
idea de movimiento espacio-temporal que tiene un esponente significativo en el
hecho en que dicha idea funciona sobre todo en los verbos agentivos
para traducir lo que llamamos imperativo prepositivo que se
impone cada vez más en la lengua escrita.
No
perdamos de vista que el presente estudio tiene como punto de focalización el
valor semántico-textual del infinitivo como alter-imperativo. A través
de unos ejemplos ya explorados hasta ahora, hemos podido notar que no cabe duda
que esta alternancia imperativo / infinitivo con idea de mando es un
hecho sintáctico real en francés y en español.
En
francés por ejemplo, la forma neutra del imperativo tiene valor de
instrucciones o indicaciones bajo forma de directivas. Obsérvese por ejemplo
los enunciados siguientes:
Couper
les tomates, y ajouter une pincée de sel, du piment, de la viande et servir
chaud
Cortar
los tomates, añadir sal, pimiento, carne y servir caliente.
. Aunque
son enunciados impersonales que siven sobre todo para las recetas de cocina y
otros folletos guías de circulación en las oficinas de turismo, traducen
claramente la forma neutra del imperativo y permiten a la par comprender el
aparentamiento semántico-sintáctico entre el infinitivo y el imperativo.
Otro tipo
de construcciones de infinitivo con valor imperativo, las obtemos mediante la
variante compuesta de dicha forma no personal del verbo. Pero la paradoja que
plantean estas estructuras que Ignacio Bosque (1980) denomina bajo el vocablo
de imperativos retrospectivos, es el potencial conflicto derivado de
plasmar mediante una forma verbal del pasado un mandato cuya orientación
temporal mira hacia el futuro. Nos proporciona un ejemplo:
¡Haberte acostado temprano! /¿Tienes
frío… ?
Pero, hay
que reconocer que este tipo de enunciados plantean un serio problema de
comprensión, ya que a ellos vienen asociados un sinfín de matices pragmáticos
que no parecen en relación directa con el mandato expresado naturalmente con el
imperativo. Desde el punto de vista sintáctico, la nota más sobresaliente que
caracteriza a los llamados imperativos retrospectivos es su carácter truncado,
que ha llevado a contemplar la posibilidad de suplir en ellos un verbo modal
tácito, deber por ejemplo.
Otra vía
de análisis que cabría explorar, según Bosque (op.cit) sería tratar estos casos
como apódosis de un período condicional irreal que tendría en la oración previa
la base para reconstruir la prótasis. Ejemplo
(citado):
[si tienes frío], deberías haberlo dicho antes.
Todas las
interpretaciones textuales y semánticas que se desprenden de los enunciados
examinados hasta ohora han sido posibles merced a la doble naturaleza del
infinitivo en francés y en español.
2-Problemas
en torno a la doble naturaleza del infinitivo
En
español y en francés, los infinitivos constituyen, junto con los participios y
los gerundios, las llamadas formas no personales o no flexivas o nominales
del verbo, oponiéndose a las formas conjugadas del paradigma verbal, en que se
hallan desprovistos de morfemas de persona y de tiempo (cf Alarcos Llorach
1949, Alcina y Blecua 1975 § 5.1). Esto explica su doble inhabilidad en el
plano sintáctico, por un lado a entablar relaciones de concordancia con un
sujeto y por otro lado a expresar por sí mismos una referencia temporal
específica.
No
volveremos aquí sobre las notas epecíficas que oponen el infinitivo a las demás
formas no flexivas del verbo. No obstante, hay que decir que las diferentes
gramáticas que han estudiado esta cuestión han apuntado dos posibles ejes
fundamentales de diferenciación : uno de orden temporal-aspectual y otro
de carácter funcional-categorial. De manera global, todos los análisis sobre el
infinitivo giran en torno a estos dos ejes, pese a las opiniones formuladas de
diversas maneras, según los autores. He aquí
unos casos.
Por ejemplo, para Alarcos Llorach (op. cit: 57-60) los infinitivos son
formas neutras que ocupan una posición intermedia entre el valor perfectivo de
los participios y el durativo de los gerundios. Habla a este
propósito de la noción de tensión, que sería máxima en el
infinitivo, media en el gerundio y nula en el participio. En
esta circunstancia, la tensión se opone a la distensión cuyas
características son contrarias, en una especie de relación binaria que él
define de manera muy simple :
+tensión
↔ - distensión y vice
versa.
Se trata,
por tanto de una escala aspectual [3], más que meramente temporal, la que
permite establecer diferencias relevantes entre ellos, ya que la distinta
naturaleza de infinitivo, gerundio y participio en relación con el aspecto
tiene uno de sus exponentes más claros en las perífrasis verbales (cf. Rojo
1990 : caps 51-52).
Así, en
contraposición con el gerundio y el participio, que, combinados con un número
relativamenete reducido de auxiliares, mantienen una valencia constante
–durativa y perfectiva, respectivamente-, el elenco de auxiliares con que
pueden construirse aquellos es bastante más amplio, al igual que los resultados
obtenidos de esta combinación, que recubren un aspecto considerablemente
heterogéneo de valores incoativo, inceptivo, aproximativo, reiterativo, de
obligación, de suposición e incluso perfectivo (véase Real Academia Española
1973 Esbozo §§ 3.12. 3 y 3.12.4).
Semejante
divergencia parece claramente imputable al carácter neutro del infinitivo en el
plano aspectual –indefinición que lo convierte en un candidato idóneo para
adaptarse a las exigencias de selección de un extenso conjunto de auxiliares.
Conclusión
Llegado
al término de este análisis sobre las posibles variaciones sintácticas y
semánticas en los diferentes usos del infinitivo en español y en francés, quizá
sea necesaria una idea para resumir nuestra postura sobre el tema. En pocas
palabras diríamos que la doble naturaleza nominal y verbal del infinitivo y
sobre todo su habilidad a expresar en ocasiones el mando o la exhortación
determinan su carácter alter-imperativo. Eso se comprende sobre todo
cuando sabemos que uno de los problemas más debatidos por las gramáticas
actuales al hablar de los infinitivos hace siempre referencia a su estatuto categorial,
ya que no existe hasta mentira una solución ad hoc a la hora de precisar qué se
entiende exactamente por sustantivo verbal, nombre del verbo y
nomenclaturas semejantes. No obstante, para algunos autores, aunque los
morfemas –ar, -er, -ir actúan a modo de sufijos nominalizadores que
hacen del infinitivo un derivado verbal cuyas funciones coinciden con las de un
sustantivo (cf Alarcos Llorach 1994 :143) o Bello (op.cit), ello no obsta,
para que el gramático venezolano, tras apuntar la similitud entre los oficios
de sustantivo y los del infinitivo, puntualice que éste (el infinitivo) « participa
de la naturaleza del verbo », de ahí los ofocios de alter-imperativo
que desempeña en español y en francés tales como lo hemos comprobado en los
diferentes ejemplos examinados a lo largo del presente estudio.
Notas
[1] El autor trata conjuntamente
los fenómenos de tematización y los de topicalización bajo el primero de estos
rótulos : aquí extractamos sólo los que indican el tópico, conforme al
criterio de dualidad. Así, la mera expresión del sujeto preverbal no indica
tópico, aunque sea el tema. Tampoco la indica la anteposición de un objeto
directo o indirecto, a no ser que vaya entre pausas : a mi padre lo
veré mañana supone simple tematización del objeto directo, pero a mi
padre, (a él) lo veré mañana implica tematización y topicalización.
[2]- En latín, alter, altera
significa uno de los dos (en el caso de dos elementos), uno, otro en el caso de
una enumeración, o simplemente el segundo, el otro etc (sentido que empleamos
aquí).
Ejemplo :
tua altera patria España est, es decir España es tu segunda
patria, tu otra patria.
[3] El carácter básicamente
aspectual de la oposición entre infinitivo, gerundio y participio es postulado
esplícitamente por Emilio Alarcos Llorach (1949), quien asimismo insiste en su
estatuto de formas « atemporales ». De igual manera, Gili Gaya
(1943 : § 141) afirma que las formas no personales « tienen de común
el no expresar por sí mismas el tiempo en que ocurre la acción, el cual se
deduce del verbo de la oración en que se hallan, o de los adverbios que les
acompañen ». La relevancia de uno y otro factor queda clara, en efecto, en
los siguientes ejemplos :
(i)
a- Lo mejor es
ir al cine {hoy/mañana/*ayer}
b- Fue
un error ir al cine {*mañana/ayer}
(ii)
a- Caminando por la diagonal, {encuentras/encontrarán/encontraron}
muchas tiendas.
b- (Una
vez) restaurada la fachada de la iglesia, {se iniciaron/se iniciarán} las
obras en el interior.
Bibliografía
Alarcos Llorach Emilio
(1949): “Sobre la estructura
del verbo español », en Estudios de gramática funcional del
español.
(1994) Gramática de la lengua
española. Madrid, Espasa Calpe.
Alcina Franch
Juan y Blecua José Manuel
(1975) : Gramática
española, Barcelona, Ariel.
(1984) : Gramática de la
Lengua castellana, Madrid, Colección Edaf Universitaria.
Bosque Ignacio
(1980) : « Retrospective
Imperatives » LI 11, págs. 415-419.
Fernández Ramírez
Salvador
(1986) : Gramática
Española 4. El verbo y La oración. Volumen ordenado y completado por
Ignacio Bosque, Madrid, Arco / Libros
Gili Gaya, Samuel
(1943) : Curso superior de
sintaxis española, Barcelona, biblograf, 1961
López García
Ángel
(1996) :
Gramática del Español II. La oración simple, Madrid, Arco/Libros
Metzeltin, Michael
(1990): Semántica,
pragmática y sintaxis del español, Heidelberg, Gottfried Egert Verlag, §
8.2
Real Academia
Española (Bosque, Ignacio y Demonte, Violeta)
(1999): Gramática Descriptiva
de
Rojo, Guillermo
(1990) : « Relaciones
entre temporalidad y aspecto en el verbo español », en Bosque, I.(ed),
(1990b), págs 17-43.
Weinrich, Harald
(1989): Grammaire textuelle du
français, Paris, Didier/hatier
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