Nuncio

Nuncio, nuntio, v. luctosa: Transmisión de bienes, con inclusión del disfrute de la tierra. prestación que el poseedor de un predio de dominio ajeno tenía que satisfacer al dueño para transmitir a sus hijos y descendientes su derecho de disfrute sobre él. (SANCHEZ, Lexico vida cotidiana, 492-493)
-1154: "do vobis medietate in illo monasterio de Santa María de Anadines, ut habeatis illum firmiter vobis et filiis vestris … Et illi qui ibi fuerit post obitum suum, si abuerit aver vivo det nuntio et non intret in prestamo" (SANCHEZ, Lexico Oña, 119) José M. Gual.
-1180: Alfonso VIII concede a los concejos de Villasila y Villamelendro la exención de nuncio, mañería y roxum. (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 555-556, doc. 331) J. M. Mínguez
-1182: Pelayo de Toro exime a sus vasallos de illa luctosa que nobis dicimus nuncio; en adelante ningún hombre podrá pedirla "extra maneria et algaravidade". (A.C.Z., leg. 17, d. 24) J. L. Martín.
-1197: Nuncio, era el representante del obispo en Ledesma, y estaba encargado de alquilar anualmente las aceñas de la iglesia de Zamora en esta villa. (A.C.Z., leg. 13, d. 4) J. L. Martín.
-1220: Los pobladores de Morales se hallaban exentos de nuncio. (A.C.Z., leg. 13, d. 34) J. L. Martín.

Tipo: Impuestos

La voz no ha sido modificada.

Fichas de la voz «Nuncio», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"