Castelleria

Castelleria, castrelleria, castellera, mena: Pestación tributaria militar como derecho de paso por la jurisdicción de un castillo, para sufragar los gastos de mantenimiento, lo que en realidad es un tributo para el señor del castillo.

-Bibl. M. PIDAL, Léxico primitivo, 129, v. castelleria. (1ª doc. 1062); POTTIER, Lexique, v. c. (doc. 1277); ESTEPA, Organización territorial, 135-176, véase este amplio estudio de síntesis de la castelleria o mena y del resto de tributaciones militares.

-1062: "Et sic predictam villam ... ut non paciantur nullius modi aliquit detrimentum nostri saionis nec nullius hominis, ... non pro fornicio, non pro annubda, non pro castelleria, non pro annalia, non pro nulla calumnia". (SERRANO, Cartulario de Arlanza, 126) José M. Gual.
-1073: Alfonso VI doma a Silos la Villa de Cobillas "ad integro, absque servitutis iugo de saionis imperio, et sine populatore et sine fossatera et sine anutva et sine omicidio, in omnibus locis et in omnibus terris, et sine castellera et sine portatico et sine alquam rem que ad regem pertinet". (FEROTIN, Recueil des chartes, 19) S. Moreta
1096: "hoc totum donamus atque tribuimus vobis immunem, et absque ullam calumniam, et sine omni occasione saionis regis, et absque omni fisco regali et sine omni exactione, videlicet, sine añubta, et castellera, et fossatera, et omicidio et stupro". (SANCHEZ, Léxico Oña, 112) José M. Gual.
-1157: Sancho III exime a todos los dependientes de la iglesia de Calahorra de castelleria "non eant ad fiscale imperium fabricandi castella". (GONZALEZ, Alfonso VIII, II, 56, doc. 29) J. M. Mínguez.
-1277: "Alfonso X concedía una serie de privilegios y franqueza a la orden de Santamaría ... (dando) facultad para que los ganados y pastores pudiera mandar, hacer y beber el tubo su reino sin pagar castelleria. (TORRES FONTES, La Orden de Santa María, 99) A. Peñafiel.
-1289: "Todos aquellos omes que andaren con ganados o con otras cosas por la tierra de la Orden de Santiago, que les diesen portadgos et montadgos et serviçios et roldas et castellerias et asaduras et otros derechos de ellos debien aver". (GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 260) L. Dapena
-1290: "Por fazer bien et merçed a Pero Sánchez, de la nuestra Cámara ... damosle una deffessa ... para vender et empennar et cambiar et facer dello et en ello lo que quisieren ... Et que puedan y labrar et criar los sus ganados et de los sus omnes et de los sus pastores. Et que lo tengan deffessado et cotado ... sin calonna ninguna. Et sin dar dello nin de los de sus ganados nin de los de sus pastores ningún pecho nin serviçio nin montadgo nin rolda nin peaje nin castrelleria nin passaie non otro derecho ninguno". (GAIBROIS, Sancho IV, III, doc. 284) L. Dapena.
-S. XIV: Los de Barbadiel del Pez dan "al castiello de Burgos de castelleria doze mrs.". (Becerro Behetrías, 177) S. Moreta.
-1315: "Otrosi que ninguno non toma ronda nin castellería nin asadura de los ganados que ven e que vienen a los estremos, si non como fue usado en tienpo del Rey don Alfonso e del Rey don Sancho". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Burgos 1315, 288, 43) M. C. Melendreras
-1329: "Otrosi a lo que me dixieron en razón de lo que an tomado e toman de cada dia rondas e castelleria e pasaies e guyas, en muchos lugares, acá v..., que mande que se non tomen daquí adelante. A esto respondo que lo tengo por bien e que otorgo". (Cortes León-Castª., I, Cortes de Madrid 1329, 63, p. 427) M. C. Melendreras.
-1410: "Otrosy, que les fagades dar buenas posadas desenbargadas de otros posadores en que posen, e que non sean mesones syn dineros e viandas e todas las otras cosas que menester ovieren por sus dineros, e non les demandedes portazgo, ni peaje, ni roda, ni castelleria, ni peaje, e los unos non fagades ende al por alguna manera so pena de la mi merged e de diez mill maravedis". (VILAPLANA, Doc. Juan II, 291, doc. CXLVII) José M. Gual.
-1457: "Otrosy, por quanto me fue fecha relagion que los pastores e los otros que han ganados resgibyan munchos agravios de algunos congejos e ricos oínes e cavalleros e escuderos e otros omes poderosos, e que les toman a los dichos pas tores e a las otras personas montadgos e asadurias e castelleria e roda e peadgo e borras e ovejas e otros tributos algunos". (KLEIN, La mesta, 385-390; MOLINA, Doc. Enrique IV, 116, doc. 50) José M. Gual.
-1475: Los RRCc autorizando a los de vecinos de Cieza para pedir limosna para el rescate de sus cutivos. "E otrosy, mandamos a vos los dichos nuestros arrendadores y recabdadores y reçebtores de los dichos nuestros almoxarifadgos y diezmos de lo morisco y alcaldes de las sacas e cosas vedadas de lo morisco, e a sus logarestenientes e a cada uno e qualesquier de vos que dexedes e consyntades a los dichos vezinos de Cieça e a cada uno de ellos durante el tiempo de los dichos dos años, yr e pasar libremente de estos nuestros regnos al dicho regno de Granada por qualesquier puertos que ellos quieran entrar con qualesquier mercadorias que ellos quisieren llevar e pasar al dicho regno de Granada por qualesquier puertos que ellos quisieren, tanto que no sea de cosas que estan vedadas y fagan juramento quando las sacaren que las llevan para el rescate de los dichos cativos, e por las tales mercadorias no les pidades ni consyntades pedir ni levar almoxarifadgo, ni diezmo ni derechos de alhaqueque ni portazgo ni pasaje ni roda ni castellerias ni otros derechos algunos,". (MORATALLA, Doc. RRCC, 3, doc. 1) José M. Gual.
-1489: "... vendan allí (real de Málaga) las dichas vacas a los preçios que mejor pudieren e las puedan vender, e vandan francas de alcavala e de todos portazgos e asaduras e castillerias e otros cualesquier derechos". (Cédula dirigida a los Alcaldes de Utrera y Lebrija para repartir las 300 vacas que deben enviar para la Guerra de Granada. CARANDE, Tumbo RRCC Sevilla, I, p. 5) López de Coca.

Tipo: Impuestos

La voz ha sido modificada a fecha 2023-08-10.

Referencias documentales de «Castelleria»

Fichas de la voz «Castelleria», extraídas del archivo del profesor Gual

Fichas de la voz «Castelleria», Fundación J. March

Fichas elaboradas por el equipo de investigación de la Beca de la Fundación Juan March y cuyo autor aparece en su parte inferior"