Convocatorias y Disposiciones de Investigación
Convocatorias de Ayuda a la Financiación de Grupos de Investigación 2003
La Comisión General de Investigación aprobó en su reunión del día 21 de febrero de 2003 los criterios que se adjuntan para la distribución de fondos propios de la Universidad de Murcia, destinados a la financiación de sus Grupos de Investigación.
En consecuencia, tras su aprobación en Consejo de Gobierno de 7 de marzo de 2003, se convocan:
1. AYUDA COMPLEMENTARIA DE INVESTIGACIÓN (ACI)
2. AYUDA A LA ADQUISICIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE INVESTIGACIÓN
IMPRESOS:
El presupuesto de gastos de la Universidad de Murcia para el año 2003, programa 541A "Investigación Científica y Técnica" prevé una dotación de 547.000 euros Estos fondos se repartirán en dos apartados:
- Para Ayuda Complementaria de Investigación (ACI-2002), en las condiciones que más adelante se detallan, se destinarán 367.000 euros
- Para Ayuda a la Adquisición de Infraestructura de Investigación, en las condiciones que más adelante se detallan, se destinarán 180.000 euros
En ambas Convocatorias, los destinatarios de estos fondos serán los Grupos de Investigación constituidos según los criterios emanados de la C.G.I. y registrados en el Vicerrectorado de Investigación y Nuevas tecnologías.
1. CONVOCATORIA DE AYUDA COMPLEMENTARIA DE INVESTIGACIÓN (ACI).
La dotación de Ayuda Complementaria de Investigación (367.000 euros) se destinará a equipamiento científico (inventariable), material fungible preciso para investigación, libros, revistas (complemento de colecciones ya existentes), personal y viajes necesarios para la labor investigadora del Grupo (asistencia a Congresos o Reuniones Científicas, tanto nacionales como internacionales, contactos con otros Grupos de Investigación, etc.) para los que resultará de aplicación el régimen de indemnizaciones previsto en el R.D. 462/2002 de 24 de mayo y que serán justificados con memoria de la actividad a desarrollar, además de aplicaciones informáticas y en general, todo gasto que redunde en la investigación científica a desarrollar por el Grupo de Investigación.
La financiación de esta acción correrá a cargo del Vicerrectorado de Investigación y Nuevas Tecnologías (aplicación presupuestaria 64401.002B).
Los Grupos de Investigación recibirán financiación según su producción científica durante los tres últimos años. En esta convocatoria, la producción científica computable será la correspondiente a los años 2000, 2001 y 2002.
La producción científica que se valorará en esta convocatoria será la siguiente:
I. TRAMOS DE INVESTIGACIÓN TOTALES DEL GRUPO (Reconocidos por el MECyD).
II. ARTÍCULOS
III. LIBROS
IV. CAPÍTULOS DE LIBROS
V. TESIS
VI. CONGRESOS
VII. EXPOSICIONES Y DISEÑOS
VIII. TESINAS/PROYECTOS FIN DE CARRERA
IX. PATENTES
X. ESTANCIAS EN EL EXTRANJERO
XI. OTROS MÉRITOS
Toda la producción del Grupo de Investigación deberá ser introducida en el programa informático de gestión de la investigación (GINVEST) o en PAGINA, a excepción de los Tramos de Investigación del Grupo, las Tesis Doctorales defendidas en la Universidad de Murcia y las patentes gestionadas por la misma, datos que serán directamente aportados por el Vicerrectorado de Investigación y Nuevas Tecnologías. A efectos de reparto, sólo se contabilizará la producción científica que haya sido validada.
El baremo a aplicar será el especificado como Anexo a esta Convocatoria.
Aunque se valorará la producción de tres años, ahora deberá incluirse en el sistema informático exclusivamente la del año 2002 ya que en la base de datos consta la producción de los años anteriores. No obstante, si algún Grupo no participó en pasadas convocatorias y por tanto no aportó la producción correspondiente, podrá añadirla ahora. En los apartados IX, X y XI antes mencionados, sólo podrán añadirse las aportaciones correspondientes al año 2002.
Aquellos Grupos de Investigación que resulten beneficiarios de Ayudas a la Adquisición de Infraestructura de Investigación serán excluidos del reparto.
Las facturas y propuestas de gastos imputables a ACI se remitirán, directamente, firmadas por el/la Investigador/a Responsable de cada Grupo, al Área de Gestión Económica para su pago, indicando en cada factura la partida presupuestaria correspondiente.
El plazo de introducción de datos y, por tanto, la fecha límite en la que se cerrará la Convocatoria finalizará el próximo día 11 de abril de 2003.
2. CONVOCATORIA DE AYUDA A LA ADQUISICIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE INVESTIGACIÓN
El objeto de esta Convocatoria, dotada con 180.000 euros, es la concesión de ayudas financieras
encaminadas a la adquisición de equipamiento científico-técnico necesario para el desarrollo de los objetivos de los Grupos de Investigación de la Universidad de Murcia que resulten seleccionados de entre los solicitantes.
Las dotaciones se destinarán a:
- Adquisición de nuevos equipos, especialmente de uso compartido, cuyo coste unitario se encuentre incluido entre 15.000 y 72.000 euros
- Modernización y mejora de las prestaciones de grandes instrumentos ya en uso, cuyo importe se encuentre incluido entre 15.000 y 72.000 euros.
- Software para investigación que no se encuentre en la Universidad de Murcia y cuyo importe se incluya entre 6.000 y 18.000 euros.
En ningún caso podrán considerarse peticiones de material
docente o de obras e instalaciones.
Las ayudas previstas en esta convocatoria podrán financiar hasta
el 80 % del coste final del material o equipo solicitado.
En ningún caso podrán considerarse peticiones de material docente o de obras e instalaciones.
Las ayudas previstas en esta convocatoria podrán financiar hasta
el 80 % del coste final del material
o equipo solicitado.
Para concurrir a esta Convocatoria será necesario:
A) Que la solicitud sea cursada por un mínimo de dos Grupos de Investigación a través de sus Investigadores Responsables.
B) Que los Grupos de Investigación peticionarios cofinancien la instrumentación solicitada mediante fondos propios. Esta cofinanciación, que deberá ser al menos del 20% del coste total del equipamiento solicitado, deberá justificarse mediante el correspondiente documento de retención que previamente se habrá solicitado al Área de Gestión Económica.
Formalización de solicitudes.
Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación y Nuevas Tecnologías, deberán ser presentadas en el Servicio de Gestión de la Investigación antes del próximo 5 de abril de 2003.
La concesión, total o parcial, de la ayuda solicitada supondrá la exclusión de los grupos beneficiarios en el reparto de ACI 2003.
Los modelos de impresos normalizados podrán obtenerse en la página Web de la Universidad de Murcia (www.um.es) o en el Servicio de Gestión de la Investigación (C/ Escopeteros s/n. Edificio Cruz Roja).
Para la obtención de esta ayuda será requisito imprescindible la presentación de un original de los siguientes documentos:
Los modelos de impresos normalizados podrán obtenerse en la página
Web de la Universidad de
Murcia (Investigación) o en el Servicio de Gestión de la Investigación
(C/ Escopeteros s/n. Edificio Cruz Roja).
Para la obtención de esta ayuda será requisito imprescindible
la presentación de un original de los
siguientes documentos:
- Documento número 1: Solicitud de ayuda a la adquisición de
infraestructura de investigación, según el correspondiente
impreso normalizado, con la firma de los investigadores responsables que
avalen la petición.

- Documento número 2: Presupuesto de, al menos, una casa comercial suministradora en la que se detallen las especificaciones técnicas y el precio del equipo que se solicita.
- Documento número 3: Documento en el que se refleje el compromiso
formal de cofinanciación según impreso normalizado.

Si la documentación aportada fuera incompleta o no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria, se requerirá a los investigadores responsables para que, en el plazo de diez días, completen la documentación o subsanen la falta.
El proceso de selección y adjudicación se realizará por la Comisión General de Investigación quien, además de valorar el grado de cofinanciación aportada, dará prioridad a los equipos que vayan destinados a los Servicios Centrales de la Universidad y/o estén apoyados por un mayor número de Grupos de Investigación.
La financiación de las acciones referidas correrá a cargo del Vicerrectorado de Investigación y Nuevas Tecnologías (aplicación 64401.002B).
Las subvenciones concedidas serán directamente gestionadas por el Vicerrectorado de Investigación y Nuevas Tecnologías. Una vez resuelta la convocatoria se procederá a devolver los documentos de retención a los Grupos de Investigación que no hayan conseguido resolución favorable, con el fin de que puedan solicitar el levantamiento de las retenciones previamente efectuadas.
Murcia, 10 de Marzo de 2003
EL VICERRECTOR DE INVESTIGACI ÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
Fdo.:
Santiago Torres Martínez

