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Acceso de estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros

Estudiantes de sistemas educativos extranjeros exentos de prueba

Los estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o los de otros Estados con los que España haya suscrito Acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, que cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades, podrán acceder a la universidad española en las mismas condiciones que los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso. Los Ministros competentes publicarán la relación de sistemas educativos a los que es de aplicación lo anterior, así como la denominación de los títulos y certificados respectivos y las escalas de puntuación de los mismos.

 

No obstante, los estudiantes que cumplan los requisitos académicos anteriores, si lo desean, podrán presentarse a la prueba de acceso para estudiantes de sistemas educativos extranjeros no exentos de prueba. También pueden optar por presentarse a la fase específica de la prueba de acceso en una universidad distinta de la UNED.

 

Cuando se presenten a la fase específica de la prueba, la nota de admisión correspondiente se calculará, a partir de la calificación de su credencial, de la forma establecida para los alumnos de Bachillerato:

 

Nota de admisión = Calificación de credencial + C1xM1 + C2xM2

 

En el caso de no constar calificación de credencial, la nota de admisión se calculará con calificación de credencial de 5 puntos.

 

La calificación de las materias de esta fase específica tendrá validez para el acceso a la universidad durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de las mismas. Por ejemplo, las calificaciones obtenidas en la fase especifica por los alumnos que la realizaron su primer año de implantación (PAU 2010) no tendrán validez en la admisión para el curso 2012/13.

 

Estudiantes de sistemas educativos extranjeros no exentos de prueba

Los estudiantes que procedan de los sistemas educativos anteriores que no cumplan los requisitos académicos exigidos en el sistema educativo respectivo para acceder a sus universidades, pero que acrediten estudios homologables al título de Bachiller españoles, y los estudiantes que deseen acceder en España a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y que procedan de sistemas educativos extranjeros no incluidos en los anteriores supuestos de exención deberán superar una prueba de acceso.