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Admisión en centros con limitación de plazas de alumnos con prueba de acceso a la universidad superada según normativas anteriores
La nota de admisión de los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad según normativas anteriores a la establecida en el Real Decreto 1892/2008 para los estudiantes que se encuentren en posesión del título de Bachiller al que se refieren los artículos 37 y 50.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, será la calificación definitiva de la prueba de acceso que obtuvieran en su momento.
- Si se presentan únicamente a la fase específica, la nota de admisión, si mejora la calificación anterior, vendrá dada por la fórmula:
Nota de admisión = CDA + C1xM1 + C2xM2
CDA = Calificación definitiva de la prueba de acceso anterior a la establecida en este real decreto.
M1, M2 = Las calificaciones de un máximo de dos materias superadas de la fase específica que proporcionen mejor nota de admisión.
C1, C2= parámetros de ponderación de las materias de la fase específica. - Si se presentan únicamente a la fase general la nota de admisión, si mejora, vendrá dada por la fórmula:
Nota de Admisión = 0,6xNMB + 0,4xCFG
NMB = nota media de Bachillerato
CFG = calificación de la fase general - Si se presentan a ambas fases la nota de admisión, si mejora, vendrá dada por la fórmula:
Nota de Admisión = 0,6xNMB + 0,4xCFG + C1xM1 + C2xM2
NMB = nota media de Bachillerato
CFG = calificación de la fase general
M1, M2 = calificaciones de un máximo de dos materias superadas de la fase específica que proporcionen mejor nota de admisión
C1, C2 = parámetros de ponderación de dichas materias
La nota de admisión incorporará las calificaciones de las materias de la fase específica en el caso de que dichas materias estén adscritas a la rama de conocimiento del título al que se quiera ser admitido (ver tabla de adscripciones).
La calificación de las materias de esta fase específica tendrá validez para el acceso a la universidad durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de las mismas. Por ejemplo, las calificaciones obtenidas en la fase especifica por los alumnos que la realizaron su primer año de implantación (PAU 2010) no tendrán validez en la admisión para el curso 2012/13.
Los parámetros de ponderación de cada una de las materias de la fase específica pueden variar de unas universidades a otras. La Universidad de Murcia acordó que el parámetro de ponderación sea 0,2 para todas las materias de la fase específica adscritas a la rama de conocimiento a la que pertenezca el correspondiente título.
En ningún caso se podrán combinar, a efectos del cálculo de las notas de admisión, los resultados que se obtengan en la fase general de la nueva prueba con los previamente obtenidos en pruebas realizadas conforme a anteriores regulaciones, ni las calificaciones de materias superadas en la fase específica con otras materias superadas en pruebas realizadas conforme a anteriores normativas.
Para más información sobre admisión, parámetros de ponderación y preinscripción en la Universidad de Murcia aquí.
Información sobre tablas de ponderaciones y simuladores de acceso aquí. La información es susceptible de modificación por parte de la universidad de referencia.









