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Estudios Oficiales de Posgrado: comprobación del nivel de formación de títulos extranjeros no homologados en España equivalente con una titulación oficial de grado española.

Quienes deseen acceder a los estudios oficiales de Máster o de Doctorado de un Programa Oficial de Posgrado y acrediten poseer un título universitario extranjero no homologados, de sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), deberán solicitar la comprobación del nivel de formación equivalente de sus estudios con una de las titulaciones universitarias oficiales españolas, o en su caso a titulaciones oficiales de Máster Universitario españolas.

Plazo de presentación

La solicitud la podrán presentar hasta el 15 de septiembre para el presente curso académico, pudiendo presentarse para el próximo curso académico en cualquier momento a partir de esa fecha.

Lugar de entrega de la solicitud

La solicitud acompañada de la documentación (debidamente legalizada por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de La Haya) debe ser remitida por correo postal a la Sección de Postgrado (Campus de Espinardo) con suficiente antelación (al menos un mes) a los plazos de admisión establecidos en cada año académico para los estudios oficiales de Máster y/o de Doctorado.

Solicitud de comprobación del nivel de formación de estudios Extranjeros no homologados ajenos al espacio europeo de Educación superior, equivalente con una titulación máster Universitario de una universidad española

Solicitud de comprobación del nivel de formación de Estudios extranjeros no homologados ajenos al espacio Europeo de educación superior, equivalente con una Titulación oficial universitaria española

Documentación:

Deberán acompañar, necesariamente, la siguiente documentación:

  1. Copia compulsada (o cotejada por la Sección de Posgrado de la Universidad de Murcia donde se presenta) del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En el caso de los ciudadanos españoles, fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
  2. Copia compulsada (ó cotejada por la Sección de Posgrado de la Universidad de Murcia donde se presenta) del título cuya comprobación se solicita. Traducción oficial (en su caso).
  3. Copia compulsada (o cotejada por la Sección de Posgrado de la Universidad de Murcia donde se presenta) de la certificación académica de los estudios realizados por el solicitante para la obtención del título cuya comprobación se solicita, en la que consten, entre otros extremos, duración oficial, en años académicos del programa de estudios seguido, las asignaturas cursadas, la carga horaria de cada una de ellas y sus calificaciones. Traducción oficial (en su caso).
  4. Original o copia compulsada (o cotejada por la Sección de Posgrado de la Universidad de Murcia donde se presenta) de la certificación expedida por la Universidad de origen en la que se indique que la titulación obtenida faculta, en el país expedidor del título, para el acceso a enseñanzas de posgrado. Traducción oficial (en su caso).
  5. Original o copia compulsada (o cotejada por la Sección de Posgrado de la Universidad de Murcia donde se presenta) de la certificación expedida por la Universidad de origen en la que se indique que la titulación obtenida faculta, en el país expedidor del título, para el acceso a enseñanzas de Doctorado. Traducción oficial (en su caso).

Procedimiento

Recibida la solicitud y la documentación, se elevará a la Comisión de Ramas correspondiente, que hará el informe técnico.

La resolución corresponderá a la Comisión General de Doctorado. La notificación de la misma la realizará el/la Presidente/a de dicha comisión a los interesados de acuerdo con la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La resolución favorable de esta solicitud es requisito necesario para la admisión.

Esta comprobación de nivel equivalente no implica en ningún caso la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas oficiales de Máster universitario, o en su caso las enseñanzas oficiales de doctorado, en la Universidad de Murcia.