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Normativa para el Reconocimiento de Estudios cursados por estudiantes de la Universidad de Murcia en otras Instituciones de Enseñanza Superior a través de Programas de Movilidad y Convenios Interuniversitarios

  1. Procedimiento para estudiantes de Primer y Segundo Ciclo.
  2. Procedimiento para estudiantes de Tercer Ciclo.

a.- Europa
b.- España
c.- Norteamérica
d.- Convenios

ANEXOS:

Exposición de motivos

La movilidad de los estudiantes universitarios, como sucede en el caso de los profesores e investigadores, aporta un valor añadido a su formación que va más allá de la calidad o cualidad de los contenidos específicos cursados respecto de los que podrían haber realizado en la universidad de origen. Este hecho ha quedado constatado en las experiencias ya realizadas, habiéndose realizado una apuesta importante por parte de distintas instituciones nacionales y supranacionales de la Comisión Europea de cara a la promoción y apoyo de iniciativas que fomentan dicha movilidad.

En el artículo 88 de la LOU se menciona que el Estado, Las Comunidades Autónomas y las Universidades deberán fomentar la movilidad de los estudiantes en el espacio europeo de enseñanza superior a través de programas de becas y ayudas y créditos al estudio o, en su caso, complementando los programas de becas y ayudas de la Unión Europea.

Por otra parte, el Título XIII de la LOU recoge lo expresado en la Declaración de Bolonia, cuyos objetivos principales son:

La Universidad de Murcia, consciente de esta realidad, ha desarrollado numerosos programas de movilidad de alumnos que abarcan no sólo la Unión Europea y el espacio europeo sino también intercambios con Universidades estadounidenses. Por ello, desarrolló una normativa que diera fluidez a las relaciones que se producen como consecuencia de dichos programas de movilidad. Sin embargo, ante el incremento de estudiantes que se desplazan cada año para realizar parte de sus estudios en Universidades extranjeras y la experiencia adquirida en los programas de movilidad llevados a cabo por esta Universidad, se hace aconsejable la actualización de las normas existentes respecto a esta materia (aprobadas en junio de 1996, unidas a la Normativa sobre Actas de estudiantes Erasmus, aprobada en mayo de 1999), especialmente en lo relativo al reconocimiento de los estudios realizados por el alumno en la Universidad de destino. Por tanto, conviene hacerla extensiva a todo estudiante matriculado en la Universidad de Murcia y que al amparo de un programa, proyecto, convenio o acuerdo, curse parte de sus estudios en el extranjero, con un objetivo doble: por un lado poder respaldar al estudiante en su implicación internacional; y, por otro, clarificar y simplificar el procedimiento que se debe seguir por parte de los distintos departamentos administrativos de los centros de la Universidad de Murcia.

Procedimiento de reconocimiento de estudios de estudiantes de la UMU

El Centro deberá reconocer, antes del desplazamiento del alumnado, los estudios que el estudiante va a cursar en la Universidad de destino, haciendo constar claramente qué asignaturas, cursos y créditos componen los mismos, de manera que a su regreso no haya ninguna duda en el reconocimiento de los estudios que hayan sido superados en la universidad de destino. En todo momento, se podrá considerar un curso académico equivalente a 60 créditos.

I. PROCEDIMIENTO PARA ESTUDIANTES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO:

1. Antes de su desplazamiento (figura 1):

2. Durante la realización de la estancia:

3. Al finalizar la estancia (figura 2):

ASPECTOS REFERENTES A LA COMISIÓN DE ESTUDIOS.

La Comisión de Estudios del Centro tendrá completa libertad de actuación tanto para la aprobación o no del Compromiso de reconocimiento académico previo al desplazamiento del alumnado, como en cuanto a la confirmación de la evaluación de su alumnado, llevando a cabo todas las iniciativas necesarias para velar por la veracidad de las calificaciones aportadas por el estudiante. Además, la Comisión estará advertida de las siguientes situaciones:

II. PROCEDIMIENTO PARA ESTUDIANTES DE TERCER CICLO:

1. Antes de su desplazamiento (figura 3):

2. Durante la realización de la estancia:

3. Al finalizar la estancia (figura 4):

Figura 1

Figura 1. Los estudiantes de primer y segundo ciclo deben seguir este procedimiento antes del desplazamiento a la Universidad de destino.

Figura 2

Figura 2. Pasos a seguir a la vuelta del estudiante de la Universidad de destino.

Figura 3

Figura 3. Los estudiantes de tercer ciclo deben seguir este procedimiento antes del desplazamiento a la Universidad de destino.

Figura 4

Figura 4. Pasos a seguir a la vuelta de los estudiantes de tercer ciclo de su desplazamiento a la Universidad de destino.

FIGURA 5

Calendario para la tramitación de los anexos de reconocimiento de estudios

COMPROMISO DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO (anexo I)

Introducción de modificaciones

1 mes desde la llegada al Centro de Destino

Envío de Compromisos de Reconocimiento Académico a las Secretarías o Negociado de Tercer Ciclo

Hasta OCTUBRE en el caso de estudiantes de curso completo o primer cuatrimestre o hasta FEBRERO en el caso de estudiantes de segundo cuatrimestre o periodos de verano.

NOTIFICACIÓN DE CALIFICACIONES (anexo III)

Envío de Notificación de Calificaciones a las Secretarías o Negociado de Tercer Ciclo

1ª Quincena de julio/ 1ª Quincena de Septiembre

Las Actas Especiales de programas de intercambio serán emitidas una vez recibidas en las secretarías de los centros los compromisos de reconocimiento académico y remitidos a la Comisión de Reconocimiento de Estudios del Centro.

Aquellos estudiantes que no aporten sus calificaciones antes de la emisión de las Actas, y con objeto de no generar retrasos en la tramitación de las mismas, que pudieran provocar perjuicios al resto de estudiantes incluidos en dicha acta, deberán ser incorporados a las citadas actas, mediante la correspondiente diligencia que será realizada por parte de la Comisión.

Particularidades según programa de intercambio

1. UNIVERSIDADES EUROPEAS: Programa Sócrates/Erasmus
2. UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS: Programa Séneca/Sicue
3. UNIVERSIDES NORTEAMERICANAS: Programa ISEP
4. OTRAS UNIVERSIDADES CON CONVENIO/ACUERDOS BILATERALES

1. UNIVERSIDADES EUROPEAS: Programa Sócrates/Erasmus.

La acción sobre educación superior de SÓCRATES, denominada ERASMUS, pretende mejorar la calidad de la educación superior y reforzar su dimensión europea, fomentando la cooperación transnacional entre universidades, potenciando la movilidad europea y mejorando la transparencia y el reconocimiento de estudios y cualificaciones en el seno de la Unión Europea. Erasmus está abierta a centros de educación superior de todo tipo y abarca todas las disciplinas y niveles de estudio, incluido el doctorado.

Este programa financia una amplia variedad de actividades destinadas a mejorar la cooperación europea en el sector de la enseñanza superior, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de los recursos humanos en todos los países participantes. ERASMUS concede becas (ayudas) de movilidad a miles de estudiantes de la enseñanza superior. Con Erasmus, los estudiantes pueden cursar estudios, durante un periodo de 3 a 10 meses, en una universidad o centro superior de otro país participante. El periodo de estudio en el extranjero debe constituir una parte integrante del programa de estudios en el centro de origen. Cursar un periodo de estudios en el extranjero puede resultar altamente beneficioso en los planos personal, académico y social. Las ventajas en cuanto a integración profesional son igualmente notables. Asimismo, trata de dar una mayor dimensión europea a los estudios de aquéllos que no participan directamente en los intercambios que financia. Por tanto, hace especial hincapié en la movilidad de los profesores así como en un determinado número de actividades destinadas a mejorar los planes de estudios y a desarrollar estudios nuevos e innovadores a través de la cooperación transnacional. ERASMUS concede también gran importancia a la promoción del pleno reconocimiento académico de los estudios realizados en los países participantes favoreciendo con ello el desarrollo de un espacio abierto de cooperación europea en el sector de la enseñanza superior.

Erasmus está compuesta por tres subacciones interrelacionadas:

La Universidad de Murcia lleva involucrada en este programa desde sus comienzos, en 1987, cuando los intercambios existían a través de Pics o redes de universidades. Desde el año 1997 pasa a ser un programa gestionado institucionalmente, llegando en la actualidad a contar con un intercambio de unos 400 estudiantes en más de 180 universidades europeas distintas.

Por Resolución Rectoral, se considera a un estudiante de la Universidad de Murcia como "Estudiante Erasmus" a aquel al que le ha sido concedida una Beca del Programa de Educación Superior de la Unión Europea, denominado Sócrates/Erasmus.

Requisitos para poder disfrutar de un programa de intercambio Sócrates/Erasmus.

Los requisitos para poder disfrutar de un intercambio Erasmus son:

- Ser ciudadano de uno de los países que establece el Programa.

- Haber superado el primer año de estudios universitarios.

- Estar matriculado en la Universidad de Murcia para seguir un programa de estudios oficial, conducente a la obtención de un título de enseñanza superior, incluidos los estudios de Doctorado. Una vez formalizado este proceso quedarán exentos de la matrícula en la universidad de destino.

- El periodo de estudio en el extranjero debe constituir una parte integrante del programa de estudios del centro de origen.

- No haber disfrutado con anterioridad de una beca Erasmus.

- El periodo de estudios a elegir no debe ser inferior a 3 meses ni superior a 1 curso académico (10 meses), y deberá llevarse a cabo en los plazos que establece la Agencia Nacional, normalmente entre septiembre de un año y julio del siguiente, es decir, un curso académico.

2. UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS: Programa Séneca/Sicue.

La Red Universitaria de Asuntos Estudiantiles (RUNAE) de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) encargó a una comisión la realización de un anteproyecto para hacer realidad la movilidad de estudiantes entre centros universitarios españoles. Esta comisión confeccionó el documento SICUE, que una vez analizado por todos los vicerrectores que constituyen la RUNAE, fue aprobado por el PLENO el día 8 de julio de 1999 en Castellón de la Plana. El 13 de julio de 1999 el documento fue aprobado por la CRUE. Los Rectores de las universidades españolas, el día 18 de febrero del 2000, firmaron un convenio MARCO para el establecimiento de este sistema de movilidad de estudiantes entre las universidades españolas. El documento SICUE y sus formularios fueron adaptándose en diversas reuniones a la realidad que hoy se presenta.

SISTEMA DE INTERCAMBIO ENTRE CENTROS DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS SICUE

Por medio de este sistema el estudiantado de las universidades españolas puede realizar una parte de sus estudios en otra universidad distinta a la suya, con garantías de reconocimiento académico y de aprovechamiento, así como de adecuación a su perfil curricular. Este Sistema de intercambio tiene en cuenta el valor formativo del intercambio, al hacer posible que el estudiante experimente sistemas docentes distintos, incluidos el régimen de prácticas, así como los distintos aspectos sociales y culturales de otras Autonomías.

El intercambio de estudiantes se basará en la confianza entre las instituciones, la transparencia informativa, la reciprocidad y la flexibilidad. La adhesión por una Universidad a este sistema significará el compromiso de aceptación de unas obligaciones que afectan a distintos aspectos de su funcionamiento (en relación con el intercambio), haciendo accesible a las demás Universidades información sobre curso, calendarios, etc. Así mismo, se comprometerá a utilizar unos métodos de calificación normalizados y a hacerlos llegar a la Universidad de origen en tiempo y forma adecuados.

Para asegurar que el estudiante conoce bien su sistema docente este intercambio deberá realizarse una vez se hayan superado en la Universidad de origen un mínimo de 30 créditos y estar matriculado en 30 créditos más en Diplomaturas, Ingenierías Técnicas y Arquitectura Técnica; 90 créditos y estar matriculado en 30 créditos más Licenciaturas, Ingenierías y Arquitectura.

Bases de Funcionamiento

Se establecerán acuerdos bilaterales entre las distintas Universidades para determinar los centros y el número de estudiantes participantes. Estos acuerdos tendrán carácter indefinido siempre que no haya ninguna cancelación por una de las partes, esto no impedirá formalizar acuerdos bilaterales nuevos o ampliar los ya existentes que tendrán que realizarse durante los meses de enero y febrero, para hacer la convocatoria en el mes de marzo. Cada Universidad designará una persona responsable de la ejecución y coordinación del programa en su Institución.

Todas las Universidades participantes en el Programa de Intercambio se comprometerán a elaborar un Documento informativo que especifique plan de estudios, contenidos, créditos, calendario, etc. en sus Centros objeto de intercambio para determinar los centros y el número de estudiantes participantes y se comprometerán a enviar anualmente el nombre de los Coordinadores de cada Centro a las Universidades con las que se establezcan acuerdos.

El procedimiento a seguir será el establecido para los estudiantes Erasmus (ver páginas 5-14 de este documento).

3. UNIVERSIDADES NORTEAMERICANAS: Programa Isep (Programa de intercambio de estudiantes internacionales)

ISEP es una organización no gubernamental sin ánimo de lucro que nació como una red que agrupaba a las universidades de Georgetown y aquellas con las que ésta tenía convenios internacionales de movilidad suscritos, otras instituciones se fueron uniendo hasta conformar una red de instituciones norteamericanas, europeas, australianas, asiáticas y africanas.

El propósito de esta organización es ayudar a promover la movilidad internacional de estudiantes de las instituciones que la integran funcionando como núcleo logístico del grupo así como de nexo de unión entre las universidades socias.

En el año 1996 la Universidad de Murcia firmó el convenio con ISEP y desde entonces se vienen realizando intercambio de estudiantes entre Estados Unidos de América y España de un modo bidireccional.

El programa consiste en el concepto de intercambio, esto es, cada estudiante se matricula y paga los gastos de alojamiento y manutención en su universidad obteniendo los mismos derechos en la institución que lo acoge, para lograr un buen funcionamiento del programa y asegurar la igualdad entre instituciones es fundamental guardar un equilibrio entre número de estudiantes enviados y recibidos. Con este fin, cada miembro negocia la cantidad de estudiantes que moviliza cada año académico en ambos sentidos.

El sistema norteamericano de educación en el ámbito universitario divide el año académico en dos semestres que corresponden a nuestros cuatrimestres (el de otoño con nuestro primer cuatrimestre y el de primavera con nuestro segundo).

Con respecto a la duración de los periodos de estancia podemos decir que los estudiantes de la Universidad de Murcia pueden elegir cursar ambos semestres o sólo uno de ellos siendo también posible de forma excepcional la prolongación a dos años académicos.

La Universidad de Murcia por resolución Rectoral anual abre una convocatoria para que los estudiantes interesados soliciten una plaza de intercambio con Estados Unidos a través del programa ISEP, dicha convocatoria resuelve que serán elegibles todos aquellos estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:

4. OTRAS UNIVERSIDADES CON CONVENIO/ACUERDOS

Los estudiantes que disfruten de un intercambio con otra institución al amparo de convenios que regulen dicho intercambio, podrán disfrutar de reconocimiento académico, siempre que se respete el procedimiento que se establece en esta Normativa.

Los estudios que el estudiante puede realizar serán tanto de pregrado como de posgrado, existiendo la posibilidad de que se produzcan asimismo estancias investigadoras o de prácticas que tendrán la opción a ser convalidadas o reconocidas dependiendo de la aprobación por parte de la Comisión de Estudios del Centro.

El abanico de instituciones a las que el alumnado podrá acudir incluye universidades, institutos superiores y centros superiores de investigación de diferentes países de todo el mundo con los que la Universidad de Murcia ha suscrito convenios de colaboración e intercambio.

Siempre que exista reciprocidad, se eximirá del pago de tasas de matrícula a los estudiantes que se movilicen a través de dichos convenios.

Los estudiantes que tengan la intención de solicitar la realización de un intercambio a través de un convenio internacional lo harán a través del Servicio de Relaciones Internacionales en coordinación con el Departamento que respalde tal solicitud.

La duración de los intercambios estará en función de los programas de estudios de la institución de destino así como de los intereses del estudiante y del departamento que apoya dicha movilidad.

En el caso de que se promueva la movilidad de estudiantes a universidades extranjeras sobre la base de acuerdos mutuos, siempre que las condiciones sean aceptadas por ambas partes, se aplicarán las normas de reconocimiento de ésta, una vez que los requisitos exigidos en la misma se hayan cumplido.

En el caso de este tipo de acuerdos, será el Vicerrectorado correspondiente al Servicio de Relaciones Internacionales/Institucionales el que autorice la firma de los mismos. En anexo VI se adjunta modelo de acuerdo.

ANEXO I

Normativa de reconocimiento para estudiantes extranjeros que cursan estudios en la Universidad de Murcia mediante programas de movilidad.

Matrícula y tramitación de expedientes académicos de Estudiantes internacionales.

Los estudiantes procedentes de otras universidades y que se desplazan a la UMU a cursar parte de sus estudios son considerados, desde el momento de su llegada y acreditación como estudiantes extranjeros por programas de movilidad, como cualquier otro estudiante de la UMU. El procedimiento que deberán seguir es el siguiente:

ANEXO V

Tabla de equivalencia de calificaciones de diferentes sistemas de evaluación:

(Este cuadro tiene la finalidad de servir de orientación a las Comisiones de Reconocimiento para la evaluación del alumnado).

CALIFICACIÓN
ECTS

0-100%

ESPAÑA
0-10

ALEMANIA 1,0/5,0

BÉLGICA 17.0-8.0

FINLANDIA
0-3

IRLANDA
0-100

REINO UNIDO

A.Excellent

90-100%

Sobresaliente*

1,3/1,0

17

2,75--3,00

70-100%

70-100

B. Very Good

80-89%

Sobresaliente

2,3/2,0/1,7

14.5-16.5

2,50

62-69%

60-69

C. Good

70-79%

Notable

3,0/2,7

12.5-14.0

1,75-2,25

55-61%

50-59

D. Satisfactory E.Sufficient

60-69% 50-59%

Aprobado

3,7/3,3 4,0

11.0-12.0
10.0-10.5

1,25-1,50
0,75-1,00

50-54%
40-49%

40-49
37-39

Fx. Fail

0-49%

Suspenso

5,0

0-9.5

0-0,50

0-39%

0-36

*, La Comisión de Reconocimiento podrá otorgar la calificación de Matrícula de Honor tras la revisión de los méritos aportados por el estudiante. 

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