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  • Edificio Convalecencia
  • ¿QUÉ ES?
    El Consejo de Gobierno es el órgano de gobierno ordinario de la Universidad.

DESTACADO

Funciones del Consejo de Gobierno:

Composición del Consejo de Gobierno

(Art. 15 de la Ley Orgánica de Universidades)

El Consejo de Gobierno estará constituido por el Rector, que lo presidirá, el Secretario general y el Gerente, y un máximo de cincuenta miembros de la propia comunidad universitaria. De éstos, el 30 por ciento será designado por el Rector; el 40 por ciento elegido por el Claustro, de entre sus miembros, reflejando la composición de los distintos sectores del mismo, y el 30 por ciento restante elegido o designado de entre Decanos de Facultad, Directores de Escuela y Directores de Departamento e Institutos Universitarios de Investigación, según establezcan los Estatutos. Además, serán miembros del Consejo de Gobierno, tres miembros del Consejo Social, no pertenecientes a la propia comunidad universitaria.