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Resolución del Rectorado (R-3/2005) de 10 de enero, por la que se resuelve parcialmente las solicitudes presentadas desde el número 734 hasta el 843 y último, sobre concesión de becas de prácticas a alumnos universitarios en empresas de la Región de Murcia 2004.

Conforme a la Resolución del Rectorado R–130/2004 de fecha 21 de abril de 2004, de la Universidad de Murcia por la que se convoca becas de prácticas para alumnos universitarios en empresas de la Región de Murcia durante el año 2004, y teniendo en cuenta lo acordado por la Comisión Mixta de Evaluación y Seguimiento de fecha 29 de noviembre de 2004, en base a lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través del Servicio Regional de Empleo y Formación, Universidad de Murcia y la Confederación Regional de Organizaciones Empresariales de Murcia de fecha 19 de abril de 2004.

Una vez revisadas las solicitudes comprendidas entre el número 734 y el 843 y último, y resueltas las reclamaciones presentadas en el período establecido para ello en la Resolución Provisional R-399/2004 de 10 de diciembre.

Este RECTORADO, en uso de las atribuciones que le están conferidas

RESUELVE:

1º.- CONCEDER las becas a favor de los aspirantes que reúnen los requisitos de la convocatoria y cuya relación e importe de las ayudas figuran el Anexo I.

2º.- DENEGAR las solicitudes que figuran en el Anexo II por los motivos que se detallan.

Motivos de denegación:

1: No haber realizado el nº mínimo de horas establecido en la convocatoria (150 horas).
2: La práctica supera la fecha máxima de finalización establecida en la convocatoria.
3: La cantidad de la beca concedida por la empresa es superior al límite establecido en la convocatoria.
4: Prácticas realizadas en Instituciones Públicas.
5: El alumno supera la edad establecida en la convocatoria al comienzo de las prácticas.
6: Por no cumplir el número de horas diarias establecidas (entre 4 y 8).
7: Duración de las prácticas inferior al periodo de 2 meses establecido en la convocatoria.
8: El alumno tiene concedido el importe máximo establecido en la convocatoria.
9: Agotado el importe de la subvención.
10: La empresa donde se realizan las prácticas no es de la Región de Murcia.
11: El alumno no ha realizado prácticas en el año 2004.
12: El alumno no aporta la documentación exigida en la convocatoria.
13: No presenta los informes finales de las prácticas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente ante el órgano que la ha dictado, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 116 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992.
Si no hiciese uso del recurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la publicación de esta resolución, en la forma establecida en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Murcia, 10 de enero de 2005
EL RECTOR
José Ballesta Germán

 

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