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| Centro de Orientación e Información de Empleo | ||
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Resolución del Rectorado r-262/2005 de la Universidad de Murcia de convocatoria de becas para la gestión de programas de orientación y empleo, en el Centro de Orientación e Información de Empleo (COIE) para el año 2005.Plazo: 15/07/2005 Los Estatutos de la Universidad de Murcia contemplan de manera expresa la necesidad de gestionar cualquier tipo de ayudas complementarias a las del régimen general, que atendiendo a criterios de justicia social tiendan a la formación complementaria y a la facilitación de información a los alumnos de la Universidad de Murcia. A este fin responde la dotación prevista para "Becas para la gestión de programas de Orientación y empleo" en el presupuesto para el 2005, cuya adecuada distribución comporta la necesidad de establecer normas que garanticen la publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión de ayudas que se convocan. La presente convocatoria se somete a:
En su virtud y en uso de las atribuciones que tengo delegadas, según resolución del rectorado de 15 de julio de 2003. HE RESUELTO Realizar la presente convocatoria, que se regirá por las siguientes bases: 1º OBJETO DE LA CONVOCATORIALa presente convocatoria tiene por objeto establecer las normas por las que han de regirse la solicitud y concesión de las "Becas para la gestión de programas de Orientación y empleo" en el Centro de Orientación e Información de Empleo para el año 2005. 2º FINALIDADEstablecer una ayuda complementaria y compatible con las del régimen general para la formación a través de la colaboración en el programa de Orientación Profesional y formación para el empleo, llevado a cabo por el COIE de la Universidad de Murcia. 3º REQUISITOSa) Estar en posesión del titulo de Licenciado Universitario o equivalente. 4º NÚMERO Y CUANTÍA DE LAS AYUDASSe convocan 3 becas de colaboración, con una cuantía a percibir por el beneficiario de 600 euros mensuales con cargo a la partida 2005 2005 02 0013 321B 48006 del presupuesto de la Universidad de Murcia para el presente ejercicio. 5º SOLICITUDESEl impreso de solicitudes se facilitará gratuitamente en las oficinas del COIE, así como en la web de dicho servicio y se presentarán en el Registro General de la Universidad de Murcia o en cualquiera de las oficinas del COIE, hasta 15 de julio de 2005, sin perjuicio de lo dispuesto en el artº 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los solicitantes deberán presentar, junto con el impreso, la siguiente documentación:
6º SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓNLa selección, elaboración del orden de prelación de los solicitantes y la adjudicación definitiva, serán realizadas por una Comisión formada al efecto por los siguientes miembros:
Finalizada la fase de valoración, esta Comisión formulará propuesta de adjudicación en favor del solicitante que resulte incluido en el primer lugar. La propuesta de adjudicación se publicará en el Registro General, durante un plazo de 10 días, para que los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen convenientes, de las cuales emitirá informe la Comisión General de Becas, que en unión de la adjudicación y el resto del expediente se publicará en el Registro General. 7º VALORACIÓN DE LOS REQUISITOSEl orden de prelación para la adjudicación de estas becas vendrá determinado por la suma de la aplicación de los siguientes criterios:
La Puntuación máxima que un solicitante puede obtener es de 11 puntos. Los casos de empate en la puntuación final serán dirimidos recurriendo a la valoración parcial obtenida del Bloque Segundo del Baremo (Elementos del Currículo). 8º INCOMPATIBILIDADEl disfrute de las becas será incompatible con la realización de trabajo remunerado y con cualquier otra beca convocada por este Rectorado o por cualquier otra entidad pública o privada, a excepción de las propias de la Convocatoria General del MEC y de la Convocatoria de Becas Sociales UMU. 9º OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOSLos beneficiarios de estas becas deberán colaborar en el desempeño de las siguientes funciones:
El período de duración de las becas será del 01 de septiembre al 01 de diciembre de dos mil cinco. La duración de la colaboración no podrá superar las 25 horas semanales. 10º PAGOEl pago de las Becas se realizará durante el mes de diciembre de 2005, previa conformidad del responsable del Centro de Orientación e Información de Empleo de la realización de las actividades encomendadas durante el período de disfrute. 11º PLAZO DE RESOLUCIÓNEl plazo para la resolución de las peticiones formuladas al amparo de esta convocatoria será, como máximo, de dos meses después de la finalización del plazo de solicitud. 12º RECURSOSContra el acuerdo de adjudicación, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente ante el mismo órgano que la ha dictado, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 116 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992. Si no se hiciera uso del recurso de reposición, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses desde la notificación de la resolución de concesión, en la forma establecida en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. 13º REVISIÓN DE LAS AYUDASLa adjudicación y disfrute de estas becas, podrá ser revisada por el Rectorado de la Universidad de Murcia mediante expediente contradictorio a propuesta del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo, previo informe de la Comisión de Selección, cuya resolución podrá dar lugar a la pérdida del derecho de la misma, con reintegro de las cantidades percibidas en los supuestos en que se haya incurrido en ocultación, falseamiento de datos o incumplimiento de las actividades u obligaciones del becario previstas en la convocatoria. Murcia, a 1 de julio de 2005
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