Fiestas Patronales
Normativa para la celebración de Fiestas Patronales en los Campus de la Universidad de Murcia
1.- Introducción.
Hace más de treinta años que se conmemoran festividades patronales en algunas facultades de nuestra Universidad, hecho que se extendió progresivamente a la totalidad de las titulaciones impartidas en nuestros Campus. Así mismo, en su origen, estas conmemoraciones estaban circunscritas a la fecha señalada en el almanaque como propia del patrón de cada centro, e incluían actividades culturales y lúdicas diversas en la mayoría de los casos, que se desarrollaban fuera del horario académico y, con frecuencia, en locales externos a los recintos universitarios.
Con el paso de los años, la gran proliferación de nuevas titulaciones y centros observada en la Universidad de Murcia, ha originado que la celebración en nuestra Universidad de actividades festivas al aire libre ocasione una serie de inconvenientes que dificultan el desarrollo normal de la actividad académica, dando lugar a situaciones que debemos evitar en beneficio de la calidad de la enseñanza y de la mejora de los servicios que oferta la Universidad de Murcia.
Otra particularidad que aconseja la toma de decisiones con relación a la organización de fiestas al aire libre en los Campus de la Universidad de Murcia es con frecuencia el anonimato de las personas que las organizan, que suelen quedar ajenos e inhibidos ante cualquier responsabilidad ocasionada a la Institución y que puede repercutir indirectamente sobre las personas responsables del gobierno de la Universidad de Murcia (Directores de Centros, Decanos, Vicerrectores, etc.), y también negativamente en el buen prestigio de Esta, ya que, por ejemplo, algunas de estas fiestas se celebran sin que sus organizadores soliciten, interna y externamente, los permisos administrativos obligatorios, como tampoco contratan los seguros de accidentes y responsabilidad civil correspondientes y, también, obligatorios.
Igualmente, es frecuente observar en las celebraciones mencionadas anteriormente el incumplimiento de las normativas legales referentes a la venta y consumo de bebidas y alimentos, como también la afluencia numerosa a nuestros Campus de personas ajenas a la Universidad de Murcia, algunas de ellas organizadoras de los propios actos festivos con fines lucrativos particulares.
2.- Festividades patronales de los Centros de la Universidad de Murcia.
Octubre:
- Día 19 (San Lucas): Facultad de Medicina; se celebra el primer viernes de noviembre.
Noviembre:
- Día 15 (San Alberto Magno): Facultades de Biología, Informática, Matemáticas y Química.
- Día 27 (San José de Calasanz): Facultad de Educación.
Diciembre:
- Día 3 (San Francisco Javier): E. U. de Turismo.
- Día 10 (Día de los Derechos Humanos): E. U. De Trabajo Social.
- Día 13 (Santa Lucía): Dip. en Optica y Optometría.
Enero:
- Día 7 (San Raimundo de Peñafort): Facultad de Derecho.
- Día 17 (San Antón): Facultad de Veterinaria.
Febrero:
- Día 28 (Juan Huarte de San Juan): Facultad de Psicología.
Marzo:
- Día 8 (San Juan de Dios): E. U. de Enfermería de Murcia y E. U. de Enfermería de Cartagena.
- Día 17 (Santa Catalina de Bolonia): Facultad de Bellas Artes.
Abril:
- Día 4 (San Isidoro de Sevilla): Facultades de Letras y de Filosofía (lo celebra el Viernes de Dolores).
- Día 5 (San Vicente Ferrer): Facultad de Economía y Empresa.
- Día 23 (Día del Libro): Facultad de Documentación.
Mayo:
Día 1 (San José Obrero): Facultad de CC. del Trabajo.
3.- Propuesta de normativa.
Para paliar la problemática derivada de los hechos expuestos con anterioridad, presento a este Consejo de Gobierno la propuesta de normativa siguiente, que persigue contribuir a garantizar el normal desarrollo de las actividades académicas en todos los días lectivos del calendario académico y en los Campus Universitarios de CC. de la Salud, La Merced y Espinardo y, así mismo, a la prevención de situaciones desagradables que, igualmente, podrían suceder en nuestros Campus.
- Las Facultades y Escuelas Universitarias de la Universidad de Murcia
disfrutarán de un día no lectivo con motivo de su fiesta patronal;
en cada caso, el correspondiente a su patrón/a y que será trasladado
al viernes o lunes más próximo a cada una de las fechas especificadas
en el punto 2º de esta normativa. Igualmente, los Centros podrán solicitar
la modificación del día de celebración de su festividad patronal a
través de su Decano/a o Director/a.
- El día lectivo anterior o posterior a la celebración de su festividad
patronal, cada centro podrá organizar al aire libre actividades de
ocio y recreo para sus alumnos, tales como concursos, comidas, cine,
teatro, bailes, celebraciones musicales, etc., siempre en la franja
horaria de 13 a 17 horas y ubicadas en los espacios citados en el apartado "e" de
esta normativa; los organizadores de actos festivos en el Campus de
La Merced que requieran emisiones musicales, acreditarán tener el permiso
municipal correspondiente al respecto.
- Con relación al apartado anterior, el Decanato o Dirección del Centro
deberán solicitar por escrito al Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo,
con al menos diez días de antelación, la celebración de las actividades
a desarrollar el día anterior a la festividad de su Centro, especificando:
los datos personales (nombre y apellidos, dirección, teléfono y cargo)
de la persona o personas responsables de la organización y desarrollo
de las actividades festivas; el día y horario de la celebración; las
necesidades de infraestructuras para el desarrollo de la fiesta; el
nº de la aplicación presupuestaria del Centro o los datos y código
de cuenta cliente de la Organización a la que asignar los gastos de
infraestructuras, vigilancia y limpieza ocasionados por la celebración
de la fiesta.
- Los organizadores de la fiesta, y durante el desarrollo de la misma,
facilitarán al público asistente información referente a la necesidad
de cumplir las normativas municipales y autonómicas concernientes a
la venta y consumo de bebidas y alimentos; el servicio de vigilancia
de la Universidad de Murcia velará en todo momento por el cumplimiento
de dicha normativa.
- Solamente se habilitaran dos grandes espacios para la celebración de las fiestas patronales, en donde se distribuirán los centros de la Universidad de Murcia.
- A petición de sus organizadores, se procurará concentrar las fiestas
de los Centros que así lo soliciten.
- A excepción de los actos festivos incluidos en la jornada del jueves de la "Semana de Bienvenida", también desde las 13 hasta las 17 horas, y de los mencionados en la normativa presente, no estará permitida la celebración de fiestas al aire libre en los Campus de la Universidad de Murcia.
Patio interior del Campus de La Merced: Facultad de Derecho y Facultad de Letras.
Espacio anexo a la Piscina: Todas las Facultades y Escuelas Universitarias del Campus de Espinardo.
Murcia, a 24 de julio de 2003.




