| Destinatarios: | Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas las personas físicas y personas
jurídicas sin ánimo de lucro, que deberán estar legalmente constituidas a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y habrán de ser instituciones o
centros públicos o privados que cuenten con un equipo de investigadores de probada
solvencia en la materia objeto de esta convocatoria. Respecto a las personas físicas, el
potencial beneficiario será el firmante de la solicitud que actuará como responsable
principal del equipo de investigadores que dirigirá y tendrá a su cargo.
2. Los directores científicos de los proyectos arqueológicos para los que se solicite
la ayuda deberán poseer el título de doctor y tener formalizada su vinculación estatutaria
o contractual con un centro académico, docente o de investigación relacionado con la
Arqueología. El director científico solo puede figurar como tal en un único proyecto
presentado a esta convocatoria.
3. Los solicitantes deberán acreditar su trayectoria dentro de la actividad para la que
se solicita la ayuda, así como su capacidad y adecuación para la realización de la misma.
4. Las entidades solicitantes deberán aportar como financiación propia al proyecto
al menos el 10 % del coste total del proyecto declarado en la memoria o, en su caso, el
10 % del coste del proyecto reformulado. cve: BOE-A-2013-5153BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117 Jueves 16 de mayo de 2013 Sec. III. Pág. 36586
5. No podrán presentarse a esta convocatoria los beneficiarios en quienes concurra
alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003
General de Subvenciones, de 17 de noviembre, ni los que sean deudores por reintegro de
subvenciones en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley
General de Subvenciones |
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