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Sección de Títulos

Procesos

Gestión de Títulos Oficiales

El acto por el que solicita la expedición de Título Oficial se denomina Depósito de Título, se realiza en la Secretaria del Centro donde se han terminado de cursar los estudios que dan lugar al mismo, en el caso de los estudios de Doctor realizados al amparo del R.D. 778/1998, se efectúa en la Sección de Postgrado.

El interesado debe presentar la siguiente documentación:

Primer y Segundo Ciclo.

Tercer Ciclo.

Al interesado se le facilitará un Reguardo de Expedición de Título Oficial. Tras la realización del Depósito de Título, el interesado podrá recoger en ese mismo lugar, la "Certificación Supletoria de Título Oficial", este documento sustituye al Título en tanto no se obtenga el mismo. Una vez se encuentre el Título en el Centro ó Sección de Postgrado, se notifica al interesado, que puede ir a retirarlo.

Gestión y tramitación de duplicados

La expedición de duplicados de un título original, puede ser debida a diversos motivos: deterioro, cambios en nombre y/o apellidos, errores diversos, extravío, etc.

La forma de solicitarlos es igual a la del original, el depósito de duplicado es el acto por el que solicita se expida de nuevo el título, en la impresión del mismo figura una diligencia que explica el motivo y indica la fecha de expedición del original.

Los lugares donde se realizan son para primer y segundo la Secretaría del Centro donde figure el expediente del título original, y en los casos de Doctor en unos casos será la Secretaría del Centro y en otros la Sección de Postgrado.

Tenemos que matizar que salvo en el caso de extravío, en el resto de motivos, hay que entregar el original al efectuar el depósito, esté en las condiciones en las que se encuentre, para el caso de extravío se tiene que entregar una fotocopia del anuncio que hay que publicar en el Boletín Oficial del Estado. Este anuncio corre a cargo del interesado, por ser a él a quien se le imputa la pérdida del título. Los anuncios de esta Universidad se gestionan en la Sección de Títulos, quien se responsabiliza del anuncio y facilita la hoja de autoliquidación de pago.

El interesado debe presentar la siguiente documentación

Primer y Segundo Ciclo, Máster y Grado.

Doctor.

Gestión de Títulos Oficiales de 1º, 2º y 3º ciclo cuya expedición corresponde al MEC

Los Títulos Oficiales de primer y segundo ciclo anteriores a la entrada en vigor del R.D. 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios, eran expedidos en nombre del Rey por el correspondiente Ministro, a partir de enero de 1988 son los Rectores de las distintas Universidades los que expiden el título en nombre del Rey, para los títulos de Doctor la fecha del cambio fue al año siguiente, en agosto de 1989.

Este hecho modifica la tramitación del expediente en diversas circunstancias: las tasas se abonan al Ministerio no a la Universidad de Murcia, la forma material de ingresarlas debido a la obligatoriedad de utilizar un documento determinado “modelo 790” que el Ministerio proporciona, los interesados lo pueden encontrar en las Secretarias de los Centros donde debe realizar el Depósito o en la Sección de Títulos, los importes se determinan a nivel nacional.